+9.1 Remuneración variable garantizada

9.1 Remuneración variable garantizada

155.La remuneración variable garantizada puede adoptar diversas formas, como «prima garantizada», «prima de entrada», «prima de contratación», «prima mínima», etc., y puede otorgarse en efectivo o en instrumentos.

156.Cuando las entidades concedan remuneración variable garantizada al contratar personal nuevo de acuerdo con el artículo 94, apartado 1, letras d) y e), de la Directiva 2013/36/UE, no podrán garantizar remuneración variable más allá del primer año de empleo. La remuneración variable garantizada tendrá carácter excepcional y solo se efectuará cuando la entidad posea una base de capital sana y sólida, de acuerdo con el artículo 94, apartado 1, letra e), de la citada Directiva y con la sección 6 de las presentes directrices.

157.Las entidades solo concederán una vez remuneración variable garantizada al mismo empleado. Este requisito también se aplicará a nivel consolidado y subconsolidado e incluirá aquellas situaciones en las que el empleado reciba un nuevo contrato de la misma entidad o de otra entidad que se encuentre dentro del perímetro de consolidación.

158.Las entidades y las autoridades competentes pueden decidir no incluir el importe de la remuneración variable garantizada en el cálculo de la ratio entre los componentes fijos y variables de la remuneración total correspondiente al primer periodo de resultados, cuando la remuneración variable garantizada se conceda al contratar nuevo personal antes de que se inicie el primer periodo de resultados.

159.Como parte de los acuerdos que garanticen esta parte de la remuneración variable, las entidades podrán decidir no aplicar las cláusulas de reducción y de recuperación de remuneraciones ya satisfechas a la remuneración variable garantizada. Las entidades podrán pagar el importe total en efectivo sin diferir.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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