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+Participantes invitados ---+Date of application ---+Transitional provisions |
Participantes invitados5.11 El supervisor principal podrá, a iniciativa propia o a petición de un miembro permanente, valorar la posibilidad de invitar a otros participantes a asistir a sesiones concretas de una reunión del colegio de PBC/FT cuando:
5.12 El supervisor principal deberá valorar todas las propuestas presentadas por escrito por miembros permanentes relativas a posibles participantes y su justificación para invitarlos. El supervisor principal deberá consultar a todos los miembros permanentes y recibir su aprobación antes de invitar a estos participantes a que asistan a una sesión concreta de la reunión del colegio de PBC/FT, e informar a los observadores de la decisión adoptada. 5.13 Los miembros permanentes plantearán cualquier duda u objeción sobre los participantes propuestos y aportarán una motivación escrita de tales dudas u objeciones en el plazo establecido por el supervisor principal. Directriz 6: Listas de contactos 6.1 El supervisor principal deberá mantener una lista de contactos con todos los miembros permanentes y con los observadores, para lo que utilizará el modelo adjunto al acuerdo de cooperación e intercambio de información del anexo II y lo revisará periódicamente. 6.2 El supervisor principal deberá facilitar la lista elaborada en virtud de la Directriz 6.1 a todos los miembros permanentes y a los observadores. 6.3 Los miembros permanentes y los observadores facilitarán sus datos de contacto al supervisor principal e informarán de cualquier cambio sin demora injustificada. Directriz 7: Reuniones del colegio de PBC/FT 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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