+Sección 1 Competencias y obligaciones de los Estados miembros de origen y de acogida
---+Artículo 12 Competencias de las autoridades competentes del Estado miembro de origen y de acogida
---+Artículo 13 Cooperación entre las autoridades competentes de distintos Estados miembros
------+Artículo 13 1.
------+Artículo 13 2.
------+Artículo 13 3.
------+Artículo 13 4.
------+Artículo 13 5.
------+Artículo 13 6.
------+Artículo 13 7.
------+Artículo 13 8.
------+Artículo 13 9.
---+Artículo 14 Comprobación e inspección in situ de las sucursales establecidas en otro Estado miembro
------+Artículo 14 1.
------+Artículo 14 2.

Sección 1 Competencias y obligaciones de los Estados miembros de origen y de acogida

Sección 1 Competencias y obligaciones de los Estados miembros de origen y de acogida

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 12 Competencias de las autoridades competentes del Estado miembro de origen y de acogida

Artículo 12

Competencias de las autoridades competentes del Estado miembro de origen y de acogida

La supervisión prudencial de una empresa de servicios de inversión estará a cargo de las autoridades competentes del Estado miembro de origen, sin perjuicio de las disposiciones de la presente Directiva que atribuyan competencia a las autoridades competentes del Estado miembro de acogida.

Artículo 13 Cooperación entre las autoridades competentes de distintos Estados miembros
Artículo 14 Comprobación e inspección in situ de las sucursales establecidas en otro Estado miembro

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito