+TÍTULO VI SANCIONES
---+Artículo 82 Sanciones administrativas y otras medidas administrativas
------+Artículo 82 1
------+Artículo 82 2
------+Artículo 82 3
------+Artículo 82 4
------+Artículo 82 5
---+Artículo 83 Disposiciones específicas sobre sanciones administrativas y otras medidas administrativas
------+Artículo 83 1
------+Artículo 83 2
---+Artículo 84 Publicación de las sanciones administrativas y otras medidas administrativas
------+Artículo 84 1
------+Artículo 84 2
---+Artículo 85 Mantenimiento de una base de datos central por la AESPJ
------+Artículo 85 1
------+Artículo 85 2
---+Artículo 86 Aplicación efectiva de sanciones y ejercicio de las competencias sancionadoras por parte de las autoridades de supervisión y las autoridades de resolución
------+Artículo 86 a)
------+Artículo 86 b)
------+Artículo 86 c)
------+Artículo 86 d)
------+Artículo 86 e)
------+Artículo 86 f)
------+Artículo 86 g)
------+Artículo 86 2

TÍTULO VI SANCIONES

TÍTULO VI SANCIONES

1. Resumen

,
Título Regulación
Artículo 82 Sanciones administrativas y otras medidas administrativas
Artículo 83 Disposiciones específicas sobre sanciones administrativas y otras medidas administrativas
Artículo 84 Publicación de las sanciones administrativas y otras medidas administrativas
Artículo 85 Mantenimiento de una base de datos central por la AESPJ
Artículo 86 Aplicación efectiva de sanciones y ejercicio de las competencias sancionadoras por parte de las autoridades de supervisión y las autoridades de resolución

Los Estados miembros velarán por que, a la hora de determinar el tipo de sanciones administrativas u otras medidas administrativas y el nivel de las sanciones pecuniarias administrativas, las autoridades de supervisión y las autoridades de resolución tengan en cuenta todas las circunstancias pertinentes, y en particular, según corresponda:

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito