+10.2 Elusión

10.2 Elusión

183.Las entidades garantizarán que la remuneración variable no se abone mediante instrumentos

  • o métodos que tengan por objetivo o efectivamente lleven al incumplimiento de los requisitos de remuneración y de las disposiciones de estas directrices aplicables al personal identificado o, cuando tales registros se apliquen a todo el personal, de los requisitos de remuneración de todo el personal. Esto incluirá acuerdos entre la entidad y terceros en los que el miembro del personal tenga un interés financiero o personal. 184.Se entiende por «elusión» el incumplimiento de los requisitos de remuneración y se produce cuando una entidad no cumple realmente con los objetivos y la intención de los requisitos considerados en su conjunto, aunque formalmente se atiene a la letra de cada uno de ellos.

185.La elusión se produce, entre otras, en las siguientes circunstancias:

  • a. cuando la remuneración variable se considere remuneración fija, de acuerdo con la letra de estas directrices, pero no con sus objetivos;
  • b. cuando la remuneración variable distinta de la remuneración variable garantizada se conceda o se consolide, aunque, efectivamente:
  • i. no haya habido resultados positivos en línea con el Título IV de estas directrices por parte del miembro del personal, la unidad de negocio o la entidad;
  • ii. no haya una alineación con el riesgo efectiva (es decir, ajuste ex ante o ex post al riesgo), o
  • iii. la remuneración variable no sea sostenible de acuerdo con la situación financiera de la entidad;
  • c. cuando el personal reciba pagos de la entidad o de una entidad incluida en el perímetro de consolidación que no entren dentro de la definición de remuneración, pero que sean instrumentos o métodos de pago que contienen incentivos para la asunción de riesgos o que ofrecen rentabilidades desproporcionadas sobre las inversiones en instrumentos de la empresa que son significativamente diferentes de las condiciones ofrecidas a otros inversores que inviertan en dichos instrumentos;
  • d. cuando el personal reciba pagos de la entidad o de una entidad incluida en el perímetro de consolidación que no entren dentro de la definición de remuneración, pero que sean instrumentos o métodos para eludir los requisitos de remuneración (por ejemplo, préstamos no reembolsables);
  • e. cuando los componentes de la remuneración fija sean concedidos como un número fijo de instrumentos y no como un importe fijo;
  • f. cuando se conceda al personal una remuneración en instrumentos o el personal pueda comprar instrumentos cuyo precio no se corresponde con el valor de mercado, o con el valor razonable en el caso de instrumentos que no cotizan, y el valor adicional recibido no se tiene en cuenta en la remuneración variable;
  • g. cuando se negocien frecuentemente ajustes de los componentes de remuneración fija y, en realidad, dichos ajustes tengan como finalidad alinear la remuneración con los resultados del personal;
  • h. cuando se concedan complementos salariales por un importe excesivo que no se justifique en las circunstancias existentes;
  • i. cuando la remuneración se denomine pago por jubilación anticipada y no se tenga en cuenta como remuneración variable, cuando en realidad el pago tenga carácter de indemnización por despido, al efectuarse en el contexto de una rescisión anticipada del contrato, o cuando realmente el miembro del personal no se jubile tras la concesión de dicho pago, o cuando los pagos no se concedan con una periodicidad mensual;
  • j. cualquier medida que conduciría a una situación en la que, de hecho, la política de remuneración deje de ser imparcial en cuanto al género.

186.Las entidades asegurarán que el método para medir los resultados disponga de los controles adecuados para garantizar que los criterios de concesión no puedan ser manipulados. Cuando dichos controles no existan, la remuneración variable no estará correctamente ligada a los resultados y la política de remuneración no se aplicará de manera adecuada, y cualquier pago de remuneración variable podrá conducir al incumplimiento de los requisitos regulatorios. Entre las posibles manipulaciones se incluyen, por ejemplo, decisiones «de cortesía» en el proceso de medición de resultados bilateral, es decir, aquellas que se toman cuando no existan normas objetivas para la toma de decisiones en relación con la consecución de objetivos por parte de los miembros del personal.

187.Las entidades no compensarán la reducción o reestructuración de remuneración variable, por ejemplo, en el marco de las medidas de recuperación y resolución u otras intervenciones públicas excepcionales, en años posteriores o mediante otros pagos, instrumentos o métodos.

188.Las entidades no crearán estructuras de grupo o entidades extraterritoriales ni contratos con personas que actúen en nombre de la entidad con el fin de manipular el resultado del proceso de identificación (p. ej., debido a que un Estado miembro aplica la excepción del artículo 109, apartado 6, de la Directiva 2013/36/UE) y eludir la aplicación de los requisitos de remuneración y las disposiciones de las presentes directrices a empleados a los que, de otro modo, les serían de aplicación estos requisitos y disposiciones.

189.Cuando las entidades utilicen contratos a corto plazo (por ejemplo, un año) y los renueven de forma regular, las autoridades competentes examinarán si dichos contratos son un instrumento

  • o método de elusión de los requisitos de remuneración de la Directiva 2013/36/UE, por ejemplo porque realmente crearían remuneración variable, y tomarán medidas apropiadas para asegurar que las entidades cumplen con los requisitos de los artículos 92 y 94 de la Directiva 2013/36/UE.

190.Cuando la remuneración sea remuneración fija de acuerdo con las directrices de la sección 7, pero se pague en instrumentos, las entidades y las autoridades competentes considerarán si los instrumentos utilizados convierten el componente fijo de la remuneración en componente variable al establecerse un vínculo con los resultados de la entidad. Las entidades no utilizarán instrumentos financieros como parte de la remuneración fija para eludir los requisitos relativos a la remuneración variable y los instrumentos utilizados no ofrecerán incentivos para la asunción de riesgos excesivos.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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