+5.2 Composición de los comités
---+46. Todos los comités deberían estar presididos por un miembro no ejecutivo del órgano de dirección …
---+47. Los miembros independientes del órgano de dirección en su función de supervisión participarán …
---+48. Cuando deban establecerse comités de conformidad con la Directiva 2013/36/UE o con la …
---+49. Las entidades deberían asegurarse, teniendo en cuenta el tamaño del órgano de dirección y el …
---+50. Las entidades deberían considerar la rotación ocasional de los presidentes y de los miembros de …
---+51. Los comités de riesgos y de nombramientos deberían estar compuestos por miembros no ejecutivos …
---+52. En el caso de EISM y OEIS, el comité de nombramientos debería incluir una mayoría de miembros …
---+53. Los miembros del comité de nombramientos deberían tener, individualmente y en su conjunto, los …
---+54. En el caso de EISM y OEIS, el comité de riesgos debería incluir una mayoría de miembros …
---+55. Los miembros del comité de riesgos deberían tener, individualmente y en su conjunto, los …
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5.2 Composición de los comités
5.2 Composición de los comités
1. Resumen
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Regulación |
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46. Todos los comités deberían estar presididos por un miembro no ejecutivo del órgano de dirección …
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Todos los comités deberían estar presididos por un miembro no ejecutivo del órgano de dirección que pueda actuar con objetividad.
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47. Los miembros independientes del órgano de dirección en su función de supervisión participarán …
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Los miembros independientes15 del órgano de dirección en su función de supervisión participarán activamente en los comités.
15 Como se definen en la sección 9.3 de las directrices conjuntas de la AEMV y la ABE sobre la evaluación de la idoneidad de los miembros del órgano de dirección y de los titulares de funciones clave en virtud de la Directiva 2013/36/UE y la Directiva 2014/65/UE.
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48. Cuando deban establecerse comités de conformidad con la Directiva 2013/36/UE o con la …
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Cuando deban establecerse comités de conformidad con la Directiva 2013/36/UE o con la legislación nacional, deberían estar integrados por al menos tres miembros.
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49. Las entidades deberían asegurarse, teniendo en cuenta el tamaño del órgano de dirección y el …
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Las entidades deberían asegurarse, teniendo en cuenta el tamaño del órgano de dirección y el número de miembros independientes de dicho órgano en su función de supervisión, de que la composición de los comités no sea idéntica.
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50. Las entidades deberían considerar la rotación ocasional de los presidentes y de los miembros de …
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Las entidades deberían considerar la rotación ocasional de los presidentes y de los miembros de los comités, teniendo en cuenta la experiencia, los conocimientos y las competencias concretos que se requieran individual o colectivamente para formar parte de dichos comités.
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51. Los comités de riesgos y de nombramientos deberían estar compuestos por miembros no ejecutivos …
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Los comités de riesgos y de nombramientos deberían estar compuestos por miembros no ejecutivos del órgano de dirección en su función de supervisión de la entidad de que se trate. La composición del comité de auditoría debería establecerse de conformidad con el artículo 41 de la Directiva 2006/43/CE16 , y la del comité de remuneración de acuerdo con la sección 2.4.1 de las Directrices de la ABE sobre políticas de remuneración adecuadas17 .
16 Directiva 2006/43/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, relativa a la auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas consolidadas, por la que se modifican las Directivas 78/660/CEE y 83/349/CEE del Consejo y se deroga la Directiva 84/253/CEE del Consejo (DO L 157 de 9.6.2006, p. 87), en su versión modificada por la Directiva 2014/56/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014. 17 Directrices de la ABE sobre políticas de remuneración adecuadas en virtud del artículo 74, apartado 3, y el artículo 75, apartado 2, de la Directiva 2013/36/UE y la divulgación de información en virtud del artículo 450 del Reglamento (UE) n.º 575/2013 (EBA/GL/2015/22).
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52. En el caso de EISM y OEIS, el comité de nombramientos debería incluir una mayoría de miembros …
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En el caso de EISM y OEIS, el comité de nombramientos debería incluir una mayoría de miembros independientes, uno de los cuales actuará como presidente. En otras entidades significativas determinadas por las autoridades competentes o la legislación nacional, el comité de nombramientos debería incluir un número suficiente de miembros independientes; estas entidades también pueden considerar una buena práctica que el presidente del comité de nombramientos sea independiente.
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53. Los miembros del comité de nombramientos deberían tener, individualmente y en su conjunto, los …
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Los miembros del comité de nombramientos deberían tener, individualmente y en su conjunto, los conocimientos, las competencias y la experiencia adecuados en relación con el proceso de selección y los requisitos de idoneidad establecidos en la Directiva 2013/36/UE.
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54. En el caso de EISM y OEIS, el comité de riesgos debería incluir una mayoría de miembros …
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En el caso de EISM y OEIS, el comité de riesgos debería incluir una mayoría de miembros independientes. En estas entidades, el comité de riesgos estará presidido por un miembro independiente. En otras entidades significativas determinadas por las autoridades competentes o la legislación nacional, el comité de riesgos debería incluir un número suficiente de miembros independientes y, en la medida de lo posible, uno de ellos actuará como presidente. En todas las entidades, el presidente del comité de riesgos no debería presidir el órgano de dirección ni ningún otro comité.
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55. Los miembros del comité de riesgos deberían tener, individualmente y en su conjunto, los …
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Los miembros del comité de riesgos deberían tener, individualmente y en su conjunto, los conocimientos, las competencias y la experiencia adecuados en relación con las prácticas de gestión y control de riesgos.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
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