+184. Las autoridades competentes se centrarán en las siguientes fuentes de riesgo inherente cuando …
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184. Las autoridades competentes se centrarán en las siguientes fuentes de riesgo inherente cuando …
Las autoridades competentes se centrarán en las siguientes fuentes de riesgo inherente cuando sea pertinente: - a. cantidad e importe de las órdenes de clientes tramitadas;
- b. naturaleza de los activos subyacentes (OTC, más o menos líquidos...);
- c. tipos de órdenes y características (por bloques, precio fijo, etc.);
- d. características de transmisión o ejecución (comercio electrónico o por voz...);
- e. los procesos y la organización de la tramitación o ejecución (mesas específicas por clase de activos, vendedores-operadores, negociación por cuenta propia, acceso al mercado...).
6.3.3 Evaluación de la gestión y los controles del riesgo para el cliente
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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