+6.3 Evaluación del riesgo para el cliente
---+168. Las autoridades competentes evaluarán el riesgo para el cliente derivado de todos los tipos de …
---+169. Al evaluar el riesgo para el cliente, las autoridades competentes tendrán en cuenta los …
---+170. Mediante la evaluación del riesgo inherente para el cliente, las autoridades competentes …
---+171. Las autoridades competentes evaluarán el riesgo para el cliente tanto actual como futuro.
---+172. Cuando proceda, también realizarán una evaluación más granular, potencialmente a nivel de cada …
---+173. Para determinar el alcance de la evaluación del riesgo para el cliente, las autoridades …
---+174. Las autoridades competentes tendrán en cuenta, como mínimo: a. el apetito de riesgo con …
---+175. Las autoridades competentes realizarán el análisis preliminar teniendo en cuenta la variación …
---+176. Las autoridades competentes evaluarán el riesgo de incurrir en una pérdida para los clientes …
---+177. Las autoridades competentes se centrarán en estas fuentes de riesgo inherente, en su caso: a. …
---+178. Las autoridades competentes evaluarán el riesgo de perder efectivo de los clientes y tener que …
---+179. Las autoridades competentes evaluarán si el efectivo de los clientes se custodia de acuerdo …
---+180. Las autoridades competentes se centrarán en estas fuentes de riesgo inherente cuando sea …
---+181. Las autoridades competentes evaluarán el riesgo de incurrir en una pérdida para los clientes y …
---+182. Las autoridades competentes se centrarán en estas fuentes de riesgo inherente cuando sea …
---+183. Las autoridades competentes evaluarán el riesgo de pérdida operativa al tramitar las órdenes …
---+184. Las autoridades competentes se centrarán en las siguientes fuentes de riesgo inherente cuando …
---+185. Para tener un conocimiento más amplio del perfil de riesgo para el cliente de la empresa de …
---+186. Basándose en la evaluación anterior, las autoridades competentes se formarán una opinión sobre …
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6.3 Evaluación del riesgo para el cliente
6.3.1 Consideraciones generales
1. Resumen
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Regulación |
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168. Las autoridades competentes evaluarán el riesgo para el cliente derivado de todos los tipos de …
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Las autoridades competentes evaluarán el riesgo para el cliente derivado de todos los tipos de exposiciones, incluidas las exposiciones fuera de balance: los activos gestionados, los saldos transitorios de clientes, los activos custodiados y administrados y las órdenes de clientes tramitadas. También tendrán en cuenta las normativas nacionales en materia de segregación aplicables al efectivo de clientes, y la disponibilidad para la empresa de servicios de inversión de un seguro de responsabilidad profesional como instrumento eficaz para la gestión de riesgos, de conformidad con el artículo 29, apartado 1, de la Directiva (UE) 2019/2034.
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169. Al evaluar el riesgo para el cliente, las autoridades competentes tendrán en cuenta los …
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Al evaluar el riesgo para el cliente, las autoridades competentes tendrán en cuenta los diferentes tipos de clientes y la naturaleza y la complejidad de las actividades de la empresa de servicios de inversión en relación con estos clientes. 57 6.3.2 Evaluación del riesgo inherente para el cliente
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170. Mediante la evaluación del riesgo inherente para el cliente, las autoridades competentes …
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Mediante la evaluación del riesgo inherente para el cliente, las autoridades competentes determinarán los principales factores que determinan los importes del factor K del riesgo para el cliente de la empresa de servicios de inversión y evaluarán la importancia del impacto prudencial de este riesgo para la empresa de servicios de inversión. La evaluación del riesgo inherente para el cliente debe estructurarse con arreglo a las siguientes etapas principales: - a. evaluación preliminar;
- b. evaluación de la naturaleza y la magnitud de los servicios y actividades de gestión de los activos de clientes, los saldos transitorios de clientes, la custodia de los activos de clientes y las órdenes de clientes tramitadas; y
- c. evaluación de los sistemas y procesos relativos a estas actividades.
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171. Las autoridades competentes evaluarán el riesgo para el cliente tanto actual como futuro.
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Las autoridades competentes evaluarán el riesgo para el cliente tanto actual como futuro.
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172. Cuando proceda, también realizarán una evaluación más granular, potencialmente a nivel de cada …
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Cuando proceda, también realizarán una evaluación más granular, potencialmente a nivel de cada cliente. Evaluación preliminar
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173. Para determinar el alcance de la evaluación del riesgo para el cliente, las autoridades …
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Para determinar el alcance de la evaluación del riesgo para el cliente, las autoridades competentes identificarán en primer lugar las fuentes de riesgo para el cliente a las que la empresa de servicios de inversión está o puede estar expuesta.
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174. Las autoridades competentes tendrán en cuenta, como mínimo: a. el apetito de riesgo con …
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Las autoridades competentes tendrán en cuenta, como mínimo: - a. el apetito de riesgo con respecto al riesgo para el cliente, teniendo en cuenta el modelo de negocio de la empresa de servicios de inversión;
- b. el peso del importe del factor K del riesgo para el cliente en comparación con el importe total del factor K;
- c. previsiones del importe del factor K del riesgo para el cliente, si se dispusiera de las mismas;
- d. la naturaleza, el tamaño y la composición de las partidas relativas a los clientes dentro y fuera de balance de la empresa de servicios de inversión;
- e. si está disponible, el coste de las pérdidas operativas en las cuentas de los clientes frente a las comisiones.
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175. Las autoridades competentes realizarán el análisis preliminar teniendo en cuenta la variación …
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Las autoridades competentes realizarán el análisis preliminar teniendo en cuenta la variación de los indicadores anteriores a lo largo del tiempo para formarse una opinión informada sobre los principales factores del riesgo para el cliente de la empresa de servicios de inversión. 58 Activos gestionados (AUM)
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176. Las autoridades competentes evaluarán el riesgo de incurrir en una pérdida para los clientes …
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Las autoridades competentes evaluarán el riesgo de incurrir en una pérdida para los clientes debido a la mala gestión de los activos gestionados de clientes. Los activos gestionados incluyen tanto los activos de gestión discrecional de carteras como los servicios no discrecionales de asesoramiento continuado. Este riesgo puede surgir, entre otras fuentes, del incumplimiento de las condiciones del mandato, de un apalancamiento excesivo, de una concentración excesiva, de activos sometidos a restricciones de liquidez o de una complejidad inadecuada de los productos en relación con el mandato.
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177. Las autoridades competentes se centrarán en estas fuentes de riesgo inherente, en su caso: a. …
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Las autoridades competentes se centrarán en estas fuentes de riesgo inherente, en su caso: - a. complejidad de los mandatos, de la declaración de política de inversión (IPS) o de las estrategias aplicadas;
- b. los perfiles de los clientes (fondos soberanos, inversores institucionales, corporativos o minoristas) y la tolerancia al riesgo;
- c. clases de activos de la cartera subyacente;
- d. el importe de los activos gestionados.
Saldos transitorios de clientes (CMH)
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178. Las autoridades competentes evaluarán el riesgo de perder efectivo de los clientes y tener que …
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Las autoridades competentes evaluarán el riesgo de perder efectivo de los clientes y tener que indemnizarlos debido a la mala gestión de las cuentas de clientes por parte de la empresa de servicios de inversión.
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179. Las autoridades competentes evaluarán si el efectivo de los clientes se custodia de acuerdo …
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Las autoridades competentes evaluarán si el efectivo de los clientes se custodia de acuerdo con la normativa nacional relativa a la protección del efectivo de los clientes y si puede distinguirse claramente del efectivo propio de la empresa de servicios de inversión.
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180. Las autoridades competentes se centrarán en estas fuentes de riesgo inherente cuando sea …
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Las autoridades competentes se centrarán en estas fuentes de riesgo inherente cuando sea pertinente: - a. tipo de cuenta (depósito bancario);
- b. acuerdo sobre el acceso al efectivo de los clientes por parte de la empresa de servicios de inversión;
- c. política de inversión autorizada para el efectivo de los clientes;
- d. cuentas ómnibus o individuales segregadas;
- e. trazabilidad del efectivo de los clientes;
- f. importe de los saldos transitorios de clientes y número de clientes;
- g. divisas utilizadas para denominar las cuentas de los clientes.
59 Activos custodiados y administrados (ASA)
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181. Las autoridades competentes evaluarán el riesgo de incurrir en una pérdida para los clientes y …
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Las autoridades competentes evaluarán el riesgo de incurrir en una pérdida para los clientes y tener que indemnizarlos debido a la mala gestión de los activos custodiados y administrados por la empresa de servicios de inversión.
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182. Las autoridades competentes se centrarán en estas fuentes de riesgo inherente cuando sea …
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Las autoridades competentes se centrarán en estas fuentes de riesgo inherente cuando sea pertinente: - a. reutilización de las garantías mantenidas;
- b. derechos de liquidación sobre los activos;
- c. depreciación de la garantía;
- d. delegaciones recibidas de y enviadas a otras entidades financieras;
- e. tipos de activos;
- f. las operaciones o la ausencia de operaciones relativas a hechos vinculados a activos (votación en la junta general, pago de cupones, emisiones de derechos).
Órdenes de clientes tramitadas (COH)
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183. Las autoridades competentes evaluarán el riesgo de pérdida operativa al tramitar las órdenes …
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Las autoridades competentes evaluarán el riesgo de pérdida operativa al tramitar las órdenes de clientes. Este riesgo puede surgir de errores del sistema o de fallos humanos debido a la complejidad de los procesos, los procedimientos y los sistemas de TI (incluido el uso de las nuevas tecnologías), en la medida en que dichos errores puedan provocar retrasos, errores de especificación o fallos de seguridad.
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184. Las autoridades competentes se centrarán en las siguientes fuentes de riesgo inherente cuando …
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Las autoridades competentes se centrarán en las siguientes fuentes de riesgo inherente cuando sea pertinente: - a. cantidad e importe de las órdenes de clientes tramitadas;
- b. naturaleza de los activos subyacentes (OTC, más o menos líquidos...);
- c. tipos de órdenes y características (por bloques, precio fijo, etc.);
- d. características de transmisión o ejecución (comercio electrónico o por voz...);
- e. los procesos y la organización de la tramitación o ejecución (mesas específicas por clase de activos, vendedores-operadores, negociación por cuenta propia, acceso al mercado...).
6.3.3 Evaluación de la gestión y los controles del riesgo para el cliente
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185. Para tener un conocimiento más amplio del perfil de riesgo para el cliente de la empresa de …
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Para tener un conocimiento más amplio del perfil de riesgo para el cliente de la empresa de servicios de inversión, las autoridades competentes también revisarán el marco de gestión de riesgos subyacente a sus actividades. Para ello, las autoridades competentes evaluarán los elementos siguientes (cuando proceda): 60 - a. si la empresa de servicios de inversión dispone de una estrategia de riesgo sólida, claramente formulada y documentada, debidamente validada por el consejo de administración, que incluya la gestión de activos, la gestión del flujo de caja dentro de la empresa y la gestión de los activos custodiados y administrados;
- b. si la empresa de servicios de inversión dispone de un marco organizativo adecuado para asegurar la prestación efectiva de servicios a los clientes, con recursos humanos y técnicos suficientes (tanto cualitativos como cuantitativos) (departamentos de gestión — back office — y de atención al cliente — front office — , sistemas de información);
- c. si la empresa de servicios de inversión dispone de un marco de control sólido y completo (eficacia e independencia de las funciones de control) y de garantías sólidas para mitigar sus riesgos para los clientes, de acuerdo con la estrategia de gestión y el apetito de riesgo;
- d. si la empresa de servicios de inversión dispone de políticas y procedimientos claramente definidos para la identificación, gestión, medición y control de los riesgos operativos para los clientes;
- e. si los derechos de acceso de la empresa a las cuentas de los clientes se ajustan a la normativa aplicable.
6.3.4 Resumen de los resultados y puntuación
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186. Basándose en la evaluación anterior, las autoridades competentes se formarán una opinión sobre …
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Basándose en la evaluación anterior, las autoridades competentes se formarán una opinión sobre el riesgo para el cliente de la empresa de servicios de inversión. Esta opinión se reflejará en un resumen de resultados, acompañado de una puntuación del riesgo según las consideraciones especificadas en el cuadro 5. Si, en función de la materialidad de determinados factores de riesgo, las autoridades competentes deciden evaluarlos y puntuarlos de forma individual, las instrucciones facilitadas en este cuadro deberán aplicarse por analogía, en la medida de lo posible. 61 Cuadro 5. Consideraciones supervisoras para asignar una puntuación al riesgo para el cliente Consideraciones en relación Puntuación Consideraciones en relación con con una gestión y unos
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
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