+Directrices por las que se modifican las Directrices EBA/GL/2021/02 sobre la aplicación de medidas de diligencia debida con respecto al cliente y los factores que las entidades financieras y de crédito considerarán al evaluar el riesgo de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo asociado a relaciones de negocios o a transacciones ocasionales («Directrices sobre factores de riesgo de BC/FT») en virtud del artículo 17 y el artículo 18, apartado 4, de la Directiva (UE) 2015/849 (EBA/GL/2024/01)
---+1. Obligaciones de cumplimiento y de notificación
------+Rango jurídico de las presentes directrices
---------+1. El presente documento contiene directrices emitidas en virtud del artículo 16 del Reglamento …
---------+2. En las directrices se expone el punto de vista de la ABE sobre las prácticas de supervisión más …
------+Requisitos de notificación
---------+3. De conformidad con el artículo 16, apartado 3, del Reglamento (UE) n.º 1093/2010, las …
---------+4. Las notificaciones se publicarán en el sitio web de la ABE, tal y como contempla el artículo 16 …
---+2. Objeto, ámbito de aplicación y definiciones
------+Destinatarios
---------+5. Las presentes directrices se dirigen a las entidades de crédito y a las entidades financieras …
---+3. Aplicación
------+Fecha de aplicación
---------+6. Estas directrices se aplicarán a partir del 30 de diciembre de 2024.
---+4. Modificaciones
------+(i) Modificación del título de las Directrices
---------+7. El título de las Directrices se sustituye por el siguiente: «Directrices EBA/2021/02 sobre la …
------+(ii) Modificaciones del objeto, ámbito de aplicación y definiciones
---------+8. En el apartado 12, la frase introductoria se sustituye por el texto siguiente: «A menos que se …
---------+9. En el apartado 12, se suprimen las letras f) y m).
------+(iii) Modificaciones de la directriz 1: Evaluación de riesgos: principios básicos para todas las entidades
---------+10. En la directriz 1.7 se añade el siguiente punto: «d) Cuando la entidad lance nuevos productos …
------+(iv) Modificaciones de la directriz 2: Identificación de factores de riesgo de BC/FT
---------+11. En la directriz 2.4, la letra b) se sustituye por el texto siguiente: «b) Si el cliente o el …
------+(v) Modificaciones de la directriz 4: Medidas de DDC que deben aplicar todas las entidades
---------+12. En la directriz 4.29, la frase introductoria se sustituye por la siguiente: «4.29 Para cumplir …
---------+13. La directriz 4.35 se sustituye por el texto siguiente: «4.35 Cuando el proveedor externo sea …
---------+14. En la directriz 4.60, la letra a) se sustituye por el texto siguiente: «a) difieren de las …
---------+15. En la directriz 4.61, la letra a) se sustituye por el texto siguiente: «a) la adopción de …
---------+16. En la directriz 4.74, la letra b) se sustituye por el texto siguiente: «b) Si realizarán un …
---------+17. En la directriz 4.74 se añade el siguiente punto: «d) Si el uso de herramientas de análisis …
------+(vi) Modificaciones de la directriz 6: Formación
---------+18. En la directriz 6.2, la letra c) se sustituye por el texto siguiente: «c) cómo reconocer …
---------+19. En la directriz 6.2 se añade el siguiente punto: «d) cómo utilizar sistemas automatizados …
------+(vii) Modificaciones de la directriz 8: Directrices sectoriales para relaciones de corresponsalía
---------+20. En la directriz 8.6, la letra d) se sustituye por el texto siguiente: «d) La entidad cliente …
---------+21. En la directriz 8.6 se añade el siguiente punto: h) La cuenta IBAN facilitada por un PSCA …
---------+22. En la directriz 8.8 se añade el siguiente punto: «d) La entidad cliente no puede verificar con …
---------+23. En la directriz 8.17, las letras a) y c) se sustituyen por el texto siguiente: «a) Reunir …
------+(viii) Modificaciones de la directriz 9: Directriz sectorial para la banca minorista
---------+24. La directriz 9.3 se sustituye por el texto siguiente: «9.3 Las entidades de crédito …
---------+25. La directriz 9.16 se sustituye por el texto siguiente: «9.16 Cuando el cliente de una entidad …
---------+26. La directriz 9.17 se sustituye por el texto siguiente: «9.17 Cuando una entidad de crédito haya …
---------+27. En la directriz 9.18, la frase introductoria se sustituye por la siguiente: «9.18. Sin embargo …
---------+28. El encabezamiento de las directrices 9.20 a 9.24 se sustituye por el siguiente: «Clientes que …
---------+29. Se eliminan las directrices 9.20 a 9.23.
---------+30. Se añaden las siguientes directrices 9.20 y 9.21: «9.20 Al establecer una relación de negocios …
------+(ix) Modificaciones de la directriz 10: Directriz sectorial para emisores de dinero electrónico
---------+31. La directriz 10.2 se sustituye por el texto siguiente: «10.2. Las entidades que emiten dinero …
------+(x) Modificaciones de la directriz 15: Directriz sectorial para empresas de servicios de inversión
---------+32. La directriz 15.1 se sustituye por el texto siguiente: «15.1. Las empresas de servicios de …
------+(xi) Modificaciones de la directriz 17: Directriz sectorial para plataformas de financiación participativa reguladas
---------+33. En la directriz 17.4, el inciso i) se sustituye por el texto siguiente: «i) El PSFP permite el …
---------+34. En la directriz 17.6, la letra b) se sustituye por el texto siguiente: «b) El inversor o el …
---------+35. Se inserta la siguiente directriz 21:
------+(xii) «Directriz 21: Directriz sectorial para los proveedores de servicios de criptoactivos (PSCA)
------+Factores de riesgo
------+Medidas
English - European Union - Financial Industry -

Directrices por las que se modifican las Directrices EBA/GL/2021/02 sobre la aplicación de medidas de diligencia debida con respecto al cliente y los factores que las entidades financieras y de crédito considerarán al evaluar el riesgo de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo asociado a relaciones de negocios o a transacciones ocasionales («Directrices sobre factores de riesgo de BC/FT») en virtud del artículo 17 y el artículo 18, apartado 4, de la Directiva (UE) 2015/849 (EBA/GL/2024/01)

Directrices por las que se modifican las Directrices EBA/GL/2021/02 sobre la aplicación de medidas de diligencia debida con respecto al cliente y los factores que las entidades financieras y de crédito considerarán al evaluar el riesgo de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo asociado a relaciones de negocios o a transacciones ocasionales («Directrices sobre factores de riesgo de BC/FT») en virtud del artículo 17 y el artículo 18, apartado 4, de la Directiva (UE) 2015/849 (EBA/GL/2024/01)

https://www.eba.europa.eu/legacy/regulation-and-policy/regulatory-activities/anti-money-laundering-and-countering-financing-1 – PDF

1. Resumen

,
Título Regulación
1. Obligaciones de cumplimiento y de notificación

1. Obligaciones de cumplimiento y de notificación

2. Objeto, ámbito de aplicación y definiciones

2. Objeto, ámbito de aplicación y definiciones

3. Aplicación

3. Aplicación

4. Modificaciones

4. Modificaciones

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/