+6. Criterios relativos a la transparencia
---+75. A efectos del artículo 22, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/2402, cuando el vendedor no …
---+76. A efectos del artículo 22, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/2402, por «exposiciones …
---+77. Las exposiciones sustancialmente similares no deberán limitarse a las exposiciones que figuran …
---+78. A efectos del artículo 22, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2402, las exposiciones …
---+79. A efectos del artículo 22, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2402, por tercero independiente …
---+80. A efectos del artículo 22, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2402, la verificación que se …
---+81. A efectos del artículo 22, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2402, deberá divulgarse la …
---+82. A efectos del artículo 22, apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/2402, se considerará que las …
---+83. A efectos del artículo 22, apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/2402, cuando el modelo de …
---+84. Este requisito solo se aplicará si la información relativa a los certificados de comportamiento …

6. Criterios relativos a la transparencia

6.1 Datos sobre el comportamiento histórico en materia de default y pérdidas (artículo 22, apartado 1)

Datos

1. Resumen

,
Título Regulación
75. A efectos del artículo 22, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/2402, cuando el vendedor no …

A efectos del artículo 22, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/2402, cuando el vendedor no pueda facilitar datos en consonancia con los requisitos de información previstos en dicho artículo, podrán utilizarse datos externos que se encuentren a disposición pública o que sean proporcionados por un tercero, como una agencia de calificación crediticia u otro participante en el mercado, siempre que se cumplan los demás requisitos establecidos en dicho artículo.

Exposiciones sustancialmente similares

76. A efectos del artículo 22, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/2402, por «exposiciones …

A efectos del artículo 22, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/2402, por «exposiciones sustancialmente similares» se entenderán aquellas exposiciones para las que se cumplen las dos condiciones siguientes:

  • (a) los factores más relevantes que determinan el comportamiento esperado de las exposiciones subyacentes son similares;
  • (b) como consecuencia de la similitud a que se refiere la letra a), habría sido razonable esperar, sobre la base de indicadores tales como comportamientos anteriores o modelos aplicables, que, durante el período de vigencia de la operación o durante un período máximo de cuatro años cuando el período de vigencia de la operación sea superior a cuatro años, su comportamiento no fuera significativamente distinto.
77. Las exposiciones sustancialmente similares no deberán limitarse a las exposiciones que figuran …

Las exposiciones sustancialmente similares no deberán limitarse a las exposiciones que figuran en el balance de la originadora.

6.2 Verificación de una muestra de las exposiciones subyacentes (artículo 22, apartado 2)

Muestra de las exposiciones subyacentes sometidas a verificación externa

78. A efectos del artículo 22, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2402, las exposiciones …

A efectos del artículo 22, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2402, las exposiciones subyacentes que deben someterse a verificación antes de la emisión deberán constituir una muestra representativa de la cartera provisional de la que se ha extraído el conjunto titulizado y que se encuentra en una versión razonablemente final antes de la emisión. Parte que ejecuta la verificación

79. A efectos del artículo 22, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2402, por tercero independiente …

A efectos del artículo 22, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2402, por tercero independiente adecuado se entenderá un tercero que cumpla los dos requisitos siguientes:

  • (a) tiene la experiencia y capacidad para llevar a cabo la verificación;
  • (b) no es:
  • (i) una agencia de calificación crediticia;
  • (ii) un tercero que verifique el cumplimiento STS de conformidad con el artículo 28 del Reglamento (UE) 2017/2402;
  • (iii) una entidad afiliada a la originadora.

Alcance de la verificación

80. A efectos del artículo 22, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2402, la verificación que se …

A efectos del artículo 22, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2402, la verificación que se llevará a cabo sobre la muestra representativa, aplicando un nivel de confianza de al menos el 95 %, incluirá lo siguiente:

  • (a) verificación de que las exposiciones subyacentes de la cartera provisional cumplen con los criterios de admisibilidad que pueden ser probados antes de la emisión;
  • (b) verificación de la exactitud de la información divulgada a los inversores en cualquier documento formal de oferta en relación con las exposiciones subyacentes.

Confirmación de la verificación

81. A efectos del artículo 22, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2402, deberá divulgarse la …

A efectos del artículo 22, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2402, deberá divulgarse la confirmación de que dicha verificación ha tenido lugar y de que no se han alcanzado conclusiones desfavorables significativas.

6.3 Modelo de flujos de efectivo de los pasivos (artículo 22, apartado 3)

Reflejo preciso de la relación contractual

82. A efectos del artículo 22, apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/2402, se considerará que las …

A efectos del artículo 22, apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/2402, se considerará que las relaciones contractuales entre las exposiciones subyacentes y los pagos que se efectúan entre la originadora, la patrocinadora, los inversores, otras partes y el SSPE se reflejan «con precisión» cuando se plasmen de forma exacta y con el suficiente detalle como para permitir que los inversores elaboren modelos de las obligaciones de pago del SSPE y fijen el precio de la titulización en consecuencia. Esto podrá incluir algoritmos que permitan a los inversores modelizar diferentes escenarios que afectarán a los flujos de efectivo, como distintas tasas de default y de pago anticipado. Terceros

83. A efectos del artículo 22, apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/2402, cuando el modelo de …

A efectos del artículo 22, apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/2402, cuando el modelo de flujos de efectivo de los pasivos sea desarrollado por terceros, la originadora o la patrocinadora mantendrá la responsabilidad de que la información esté a disposición de los inversores potenciales.

6.4 Comportamiento ambiental de los activos (artículo 22, apartado 4)

Información disponible relativa al comportamiento ambiental

84. Este requisito solo se aplicará si la información relativa a los certificados de comportamiento …

Este requisito solo se aplicará si la información relativa a los certificados de comportamiento energético de los activos financiados por las exposiciones subyacentes se encuentra a disposición de la originadora, la patrocinadora o el SSPE y está recogida en su base de datos interna o sus sistemas informáticos. Cuando la información solo esté disponible para una parte de las exposiciones subyacentes, el requisito solo se aplicará con respecto a la parte de las exposiciones subyacentes para las que se disponga de la información.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/