+44. Las entidades especificarán asimismo en sus políticas cómo identifican, evalúan y gestionan los …

44. Las entidades especificarán asimismo en sus políticas cómo identifican, evalúan y gestionan los …

Las entidades especificarán asimismo en sus políticas cómo identifican, evalúan y gestionan los riesgos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo (BC/FT) a los que están expuestas como resultado de sus actividades de concesión de créditos15 . En particular, deberán:

  • a. a nivel de la actividad, identificar, evaluar y gestionar el riesgo de BC/FT asociado al tipo de clientes a los que prestan sus servicios, a los productos de préstamo que ofrecen, a las regiones geográficas a las que están expuestas y a los canales de distribución que utilizan;
  • b. a nivel de las relaciones individuales, identificar, evaluar y gestionar el riesgo de BC/FT asociado a cada una de ellas. En ese contexto, las entidades deberán:
  • i. estudiar la finalidad del crédito;
  • ii. considerar en qué medida la asociación de una persona física o jurídica que no es ni el prestatario ni la entidad con la operación de crédito genera un riesgo de BC/FT;
  • iii. en particular, en situaciones en las que se establezca que hay un riesgo de BC/FT asociado a la relación individual, las entidades adoptarán medidas sensibles al riesgo para entender si los fondos utilizados para el reembolso del crédito, incluido el efectivo o los equivalentes al efectivo aportados como garantía, proceden de fuentes legítimas. Al estudiar la legitimidad del origen de los fondos, las entidades analizarán la actividad a través de la que se generaron y si dicha información es creíble y coherente con el conocimiento que tiene la entidad acerca del cliente y su actividad profesional.

15 La Directiva (UE) 2015/849 exige a las entidades instaurar y mantener políticas y procedimientos eficaces para prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, así como para detectar y combatir estas prácticas en el caso de que se produzcan. Las entidades deberán consultar además las directrices conjuntas de las Autoridades Europeas de Supervisión (AES) sobre factores de riesgo (JC 2017 37) para obtener más información sobre estos aspectos.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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