+48. El responsable del cumplimiento de la PBC/FT pondrá en conocimiento del miembro del órgano de …

48. El responsable del cumplimiento de la PBC/FT pondrá en conocimiento del miembro del órgano de …

El responsable del cumplimiento de la PBC/FT pondrá en conocimiento del miembro del órgano de administración o del alto directivo responsable de la PBC/FT:

  • a) los ámbitos en los que se deberá aplicar o mejorar el funcionamiento de los controles de PBC/FT;
  • b) las mejoras apropiadas sugeridas en relación con la letra a) anterior;
  • c) un informe de situación de cualquier plan de medidas correctoras significativo, al menos una vez al año como parte del informe de actividades a que se refiere el apartado 50 y de manera ad hoc o periódica, en función de las mejoras, para facilitar información sobre el nivel de exposición a los riesgos de BC/FT y las medidas adoptadas o recomendadas para reducir y gestionar eficazmente dichos riesgos;
  • d) si los recursos humanos y técnicos asignados a la función de cumplimiento de la PBC/FT son insuficientes y deberían reforzarse.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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