+anexo I
---+36. Para asignar a personal a funciones o áreas de negocio en el anexo II, las empresas tendrán en …

anexo I

anexo I

1. Resumen

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Título Regulación
36. Para asignar a personal a funciones o áreas de negocio en el anexo II, las empresas tendrán en …

Para asignar a personal a funciones o áreas de negocio en el anexo II, las empresas tendrán en cuenta las especificaciones de los párrafos 18 y 19, su organización interna y lo siguiente:

  • a. Los miembros del órgano de administración, incluidos los miembros del órgano de administración de las filiales, cuando la empresa de servicios de inversión matriz de la UE, la sociedad de cartera de inversión matriz de la UE o la sociedad financiera mixta de cartera matriz de la UE presenten información relativa a un grupo de empresas de inversión, se consignarán, según proceda, en la columna «función de supervisión del órgano de administración» o «función de dirección del órgano de administración», independientemente del modelo de negocio de la empresa.
  • b. La «negociación por cuenta propia, aseguramiento y colocación de instrumentos» incluirá los servicios y actividades contemplados en el anexo I, sección A, puntos 3), 6) y 7) de la Directiva (UE) 2014/654 .
  • c. El «asesoramiento en materia de inversión y ejecución de órdenes» incluirá los servicios y actividades contemplados en el anexo I, sección A, puntos 1), 2) y 5) de la Directiva (UE) 2014/65.
  • d. La «gestión de carteras» incluirá los servicios y actividades contemplados en el anexo I, sección A, punto 4), de la Directiva (UE) 2014/65 y la gestión de carteras en filiales de la empresa de inversión que sean organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios y gestoras de fondos de inversión alternativos.
  • e. La «gestión de SMN/SOC» (sistemas multilaterales de negociación/sistemas organizados de contratación) incluirá los servicios y actividades contemplados en el anexo I, sección A, puntos 8) y 9) de la Directiva (UE) 2014/65.
  • f. «Funciones independientes de control» incluirá únicamente al personal activo en las funciones independientes de gestión de riesgos, cumplimiento y auditoría interna descritas en la sección 17 de las Directrices de la ABE sobre gobierno interno con arreglo a la Directiva (UE) 2019/2034.
  • g. «Todas las demás personas con alta remuneración» incluirá a las personas con alta remuneración que no puedan asignarse a una de las funciones o áreas de negocio contempladas en las letras a) a f).

4 Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a los mercados de instrumentos financieros y por la que se modifican la Directiva 2002/92/CE y la Directiva 2011/61/UE.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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