+19. Las políticas y procedimientos de las entidades de crédito y financieras contendrán …

19. Las políticas y procedimientos de las entidades de crédito y financieras contendrán …

Las políticas y procedimientos de las entidades de crédito y financieras contendrán orientacio-nes sobre la tramitación de las solicitudes de personas que puedan tener razones creíbles y legítimas para no poder facilitar las formas tradicionales de documentación de identidad. Espe-cificarán, como mínimo:

  • a. Las medidas que deben adoptarse cuando el cliente sea una persona que solicita asilo en virtud de la Convención de Ginebra de 28 de julio de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, el Protocolo de 31 de enero de 1967 y otros tratados internacionales per-tinentes, y no pueda proporcionar a la entidad de crédito o financiera una forma tra-dicional de identificación, como un pasaporte o un documento de identidad. Las polí-ticas y procedimientos de las entidades especificarán qué otra documentación alter-nativa independiente puede servir para cumplir sus obligaciones en materia de DDC, cuando el Derecho nacional lo permita. Estos documentos deben ser suficientemente fiables, es decir, estar actualizados, haber sido expedidos por una autoridad nacional
  • o local oficial y contener, como mínimo, el nombre completo y la fecha de nacimiento del solicitante.
  • b. Las medidas que deben adoptarse cuando el cliente sea vulnerable y no pueda pro-porcionar formas tradicionales de identificación o una dirección, por ejemplo porque el cliente es una persona refugiada con arreglo a la Convención de Ginebra de 1951 u otros tratados internacionales pertinentes, o no tenga una dirección fija. Las políticas y procedimientos de las entidades especificarán qué documentación alternativa e in-dependiente puede servir. Esta documentación podrá incluir, cuando lo permita el De-recho nacional, documentos de identidad caducados y documentación facilitada por una autoridad oficial, como los servicios sociales o una organización sin ánimo de lucro bien establecida que trabaje en nombre de autoridades oficiales (Cruz Roja o simila-res), que también preste asistencia a este cliente.
  • c. También pueden aplicarse procedimientos similares a personas que no dispongan de un permiso de residencia, pero cuya expulsión sea imposible por razones jurídicas o fácticas. En tales situaciones, las políticas y procedimientos de las entidades de crédito y financieras deben tener en cuenta los certificados o documentos expedidos por una autoridad oficial o por una organización que preste apoyo o asistencia jurídica a dichas personas en nombre de una autoridad oficial, cuando el Derecho nacional lo permita. Estas autoridades pueden incluir departamentos de trabajo social, ministerios del In-terior y servicios de migración. Estos documentos pueden utilizarse como prueba de que la persona no puede ser expulsada de conformidad con el Derecho de la Unión.
  • d. En los casos en que la ayuda a las personas mencionadas en las letras a, b y c se des-embolse en forma de tarjetas de prepago y cuando se cumplan las condiciones rela-cionadas con la diligencia debida simplificada establecidas en las directrices 4.41, 9.15 y 10.18 de las Directrices de la ABE sobre factores de riesgo de BC/FT, las políticas y procedimientos indicarán que las entidades de crédito y financieras pueden aplazar la aplicación de las medidas iniciales de diligencia debida con respecto al cliente hasta una fecha posterior.
  • e. En los casos en que las personas a que se refieren las letras a, b y c soliciten acceso a una cuenta de pago y se considere que presentan un bajo riesgo de BC/FT, las políticas y procedimientos indicarán qué formas alternativas de identificación puede aceptar la entidad y las opciones para aplazar la aplicación de todas las medidas de diligencia debida con respecto al cliente hasta después del establecimiento de la relación de ne-gocios.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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