+13.2 Ratio entre remuneración fija y variable

13.2 Ratio entre remuneración fija y variable

206.Las entidades fijarán previamente en su política de remuneración el nivel adecuado de la ratio máxima entre los componentes fijos y variables de la remuneración total del personal identificado, de acuerdo con los límites y procedimientos previstos en el artículo 94, apartado 1, letra g), de la Directiva 2013/36/UE y la legislación nacional, teniendo en cuenta las actividades, los riesgos y el impacto de las diferentes categorías de personal en el perfil de riesgo. Las entidades podrán establecer diferentes ratios para las distintas jurisdicciones, unidades de negocio, funciones de control internas y corporativas y las distintas categorías de personal identificado. La ratio establecida será la ratio entre el componente de remuneración variable máximo que podrá concederse para el siguiente periodo de resultados y el componente de remuneración fijo del siguiente periodo de resultados.

207.La ratio máxima se calculará como la suma de todos los componentes de remuneración variables que podrían concederse como máximo en un ejercicio determinado, incluido el importe a tener en cuenta en concepto de prima de retención, dividida por la suma de todos los componentes de remuneración fijos concedidos en relación con el mismo ejercicio. En cualquier caso, todos los componentes de la remuneración serán debidamente asignados a la remuneración fija o a la variable de acuerdo con estas directrices. Las entidades podrán omitir algunos de los componentes de remuneración fija cuando no sean materiales, por ejemplo, cuando concedan retribuciones no pecuniarias proporcionadas.

208.En casos excepcionales y debidamente justificados, la política de remuneración podrá establecer una ratio diferente para algunos miembros del personal identificado que pertenezcan a una categoría de personal determinada en relación con otros empleados incluidos en la misma categoría.

209.Las ratios entre los componentes de remuneración fija y variable para las categorías de personal o para miembros específicos del personal serán aprobadas por el órgano de dirección en su función supervisora o, en su caso, por la junta de accionistas. La ratio entre los componentes de remuneración fija y variable se establecerá independientemente de cualquier posible ajuste ex post futuro o de fluctuaciones en el precio de los instrumentos. 210.La ratio efectiva se calculará como la suma de todos los componentes de remuneración variable que hayan sido concedidos para el último ejercicio según se indica en estas directrices, incluyendo los importes concedidos para periodos de devengo plurianuales, dividida por la suma de todos los componentes de remuneración fija concedidos para el mismo ejercicio. Para periodos de devengo plurianuales que no se renueven anualmente, las entidades podrán, de manera alternativa, tener en cuenta en cada año del periodo de resultados el importe máximo de remuneración variable que pueda concederse al final de dicho periodo dividido por el número de años que conforman este periodo.

211.La ratio efectiva entre la remuneración variable concedida y la remuneración fija aumentará con los resultados alcanzados e incluirá niveles de concesiones que solamente se podrán alcanzar con resultados que estén «por encima de los objetivos» o sean «excepcionales». La ratio efectiva no excederá de la ratio máxima establecida de conformidad con el artículo 94, apartado 1, letra g), de la Directiva 2013/36/UE, la legislación nacional y la política de remuneración de la entidad.

212.Al calcular la ratio máxima o efectiva, las entidades aplicarán las directrices de la ABE sobre el tipo de descuento teórico aplicable a la remuneración variable con arreglo al artículo 94, apartado 1, letra g), inciso iii), de la Directiva 2013/36/UE solo cuando los Estados miembros hayan aplicado el artículo 94, apartado 1, letra g), inciso iii), de la Directiva 2013/36/UE, o cuando se calcule la ratio para el personal identificado de una entidad situada en un tercer país que sea filial de una entidad matriz de la UE.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/