+4.2 Obtención de información
---+23. Además de los puntos establecidos en el apartado 9, las entidades de crédito y financieras …
---+24. Las entidades de crédito y financieras se asegurarán de que: a) la información obtenida a …
---+25. Las entidades de crédito o financieras considerarán que se cumplen los criterios del apartado …
---+26. Los documentos y la información recabados en el proceso de identificación a distancia, que …
---+27. Las entidades de crédito y financieras determinarán en sus políticas, tal como se establece en …
---+28. Las entidades de crédito y financieras establecerán y mantendrán mecanismos adecuados para …
---+29. Cuando las entidades de crédito y financieras den el alta a distancia de clientes que sean …
---+30. Las entidades de crédito y financieras se asegurarán de que la solución de alta de clientes a …
---+31. En cuanto a la persona física que actúe en nombre de una persona jurídica, las entidades de …
---+32. Cuando las entidades de crédito y financieras evalúen y, en su caso, obtengan información sobre …
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4.2 Obtención de información
4.2.1 Identificación del cliente
1. Resumen
| Título |
Regulación |
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23. Además de los puntos establecidos en el apartado 9, las entidades de crédito y financieras …
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Además de los puntos establecidos en el apartado 9, las entidades de crédito y financieras incluirán en sus políticas y procedimientos la información necesaria para identificar al cliente, los tipos de documentos, datos o información que utilizarán para verificar su identidad y la forma en que se verificará dicha información.
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24. Las entidades de crédito y financieras se asegurarán de que: a) la información obtenida a …
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Las entidades de crédito y financieras se asegurarán de que: - a) la información obtenida a través de la solución de alta de clientes a distancia está actualizada y es adecuada para cumplir con los requerimientos legales y reglamentarios aplicables a la diligencia debida inicial con respecto al cliente;
- b) cualquier imagen, vídeo, sonido y datos se capturan en un formato legible y con la calidad suficiente para que el cliente sea reconocible de forma inequívoca;
- c) el proceso de identificación no continúa si se detectan deficiencias técnicas o interrupciones de conexión inesperadas.
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25. Las entidades de crédito o financieras considerarán que se cumplen los criterios del apartado …
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Las entidades de crédito o financieras considerarán que se cumplen los criterios del apartado 24 cuando la solución utilice uno de los siguientes elementos: - a) sistemas de identificación electrónica notificados de conformidad con el artículo 9 del Reglamento (UE) n.º 910/2014 y que cumplen los requisitos de los niveles de seguridad «sustancial» o «alto» de conformidad con el artículo 8 de dicho Reglamento;
- b) servicios de confianza cualificados pertinentes que cumplan los requisitos del Reglamento (UE) n.º 910/2014, en particular la sección 3 del capítulo III y el artículo 24, apartado 1, párrafo 2, letra b), de dicho Reglamento.
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26. Los documentos y la información recabados en el proceso de identificación a distancia, que …
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Los documentos y la información recabados en el proceso de identificación a distancia, que deben conservarse de conformidad con el artículo 40, apartado 1, letra a), de la Directiva (UE) 2015/849, llevarán una marca de tiempo y serán almacenados de manera segura por la entidad de crédito y financiera. El contenido de los registros almacenados, incluidas las imágenes, vídeos, sonido y datos, deberá estar disponible en un formato legible y permitir verificaciones posteriores. 4.2.2 Identificación de personas físicas
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27. Las entidades de crédito y financieras determinarán en sus políticas, tal como se establece en …
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Las entidades de crédito y financieras determinarán en sus políticas, tal como se establece en la sección 4.1.1, apartado 9, la información que deben obtener para identificar a los clientes a distancia de conformidad con el artículo 13, apartado 1, letras a) y c), de la Directiva (UE) 2015/849. Además, las entidades de crédito y financieras definirán qué información: - a) es introducida manualmente por el cliente;
- b) se obtiene automáticamente de la documentación facilitada por el cliente;
- c) se recoge utilizando otras fuentes internas o externas.
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28. Las entidades de crédito y financieras establecerán y mantendrán mecanismos adecuados para …
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Las entidades de crédito y financieras establecerán y mantendrán mecanismos adecuados para garantizar la fiabilidad de la información que obtengan automáticamente con arreglo al apartado 27. Aplicarán controles para abordar los riesgos asociados, incluidos los riesgos asociados a la captura automática de datos, como la ocultación de la ubicación del dispositivo del cliente mediante direcciones de protocolo de internet (IP) falsificadas o servicios como redes privadas virtuales (VPN). 4.2.3 Identificación de personas jurídicas
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29. Cuando las entidades de crédito y financieras den el alta a distancia de clientes que sean …
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Cuando las entidades de crédito y financieras den el alta a distancia de clientes que sean personas jurídicas, tendrán definidas en sus políticas y procedimientos, tal como se establece en el apartado 9 de la sección 4.1.1, los tipos de personas jurídicas cuya alta se admitirá, teniendo en cuenta el nivel de riesgo de BC/FT asociado a cada tipo, así como el nivel de intervención humana necesario para validar la información de identificación.
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30. Las entidades de crédito y financieras se asegurarán de que la solución de alta de clientes a …
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Las entidades de crédito y financieras se asegurarán de que la solución de alta de clientes a distancia tenga las características necesarias para recopilar: - a) todos los datos y documentación pertinentes para identificar y verificar a la persona jurídica;
- b) todos los datos y documentación pertinentes para verificar que la persona física que actúa en nombre de la persona jurídica está legalmente facultada a tal efecto;
- c) la información relativa a los titulares reales de conformidad con la disposición 4.12 de las Directrices sobre factores de riesgo de BC/FT de la ABE6 .
6 EBA/GL/2021/02.
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31. En cuanto a la persona física que actúe en nombre de una persona jurídica, las entidades de …
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En cuanto a la persona física que actúe en nombre de una persona jurídica, las entidades de crédito y financieras aplicarán el proceso de identificación descrito en la sección 4.2.2. 4.2.4 Naturaleza y propósito de la relación de negocios
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32. Cuando las entidades de crédito y financieras evalúen y, en su caso, obtengan información sobre …
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Cuando las entidades de crédito y financieras evalúen y, en su caso, obtengan información sobre el propósito y la naturaleza prevista de la relación de negocios de conformidad con el artículo 13, apartado 1, letra c), de la Directiva (UE) 2015/849, tal como se especifica con mayor detalle en el apartado 4.38 de las Directrices sobre factores de riesgo de BC/FT de la ABE, deberán, a efectos de estas directrices, haber completado las acciones pertinentes antes de que finalice el proceso de alta de clientes a distancia.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
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