+8. Honorabilidad, honestidad e integridad
---+72. Se considerará que un miembro del órgano de administración posee reconocida honorabilidad …
---+73. Sin perjuicio de cualquier derecho fundamental, para la evaluación de la honorabilidad, la …
---+74. Sin perjuicio de la presunción de inocencia aplicable a los procedimientos penales y de otros …
---+75. Se tendrán en cuenta las investigaciones en curso cuando se deriven de procedimientos …
---+76. Se tendrán en cuenta las siguientes situaciones relacionadas con el desempeño profesional …
---+77. Los miembros del órgano de administración deberán mantener unos niveles elevados de integridad …

8. Honorabilidad, honestidad e integridad

8. Honorabilidad, honestidad e integridad

1. Resumen

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Título Regulación
72. Se considerará que un miembro del órgano de administración posee reconocida honorabilidad …

Se considerará que un miembro del órgano de administración posee reconocida honorabilidad, además de honestidad e integridad, si no existen motivos objetivos y demostrables que indiquen lo contrario, teniendo en cuenta, en particular, la información pertinente disponible sobre los factores o situaciones enumerados en los apartados 73 a 77. La evaluación de la honorabilidad, la honestidad y la integridad también deberá tener en cuenta el impacto acumulado de incidentes menores sobre la honorabilidad de un miembro.

73. Sin perjuicio de cualquier derecho fundamental, para la evaluación de la honorabilidad, la …

Sin perjuicio de cualquier derecho fundamental, para la evaluación de la honorabilidad, la honestidad y la integridad se deberán tener en cuenta los antecedentes penales o expedientes administrativos pertinentes, considerando el tipo de condena o acusación, el papel de la persona implicada, la sanción impuesta, la fase que haya alcanzado el proceso judicial y cualquier medida rehabilitadora aplicada. Se tendrán en cuenta las circunstancias, incluidos los factores atenuantes, la gravedad de cualquier delito o procedimiento sancionador administrativo o supervisor relevante, el tiempo transcurrido desde la comisión del delito, la conducta del miembro desde la comisión del delito o el procedimiento y la relevancia de los mismos para su función. Todos los antecedentes penales o expedientes administrativos pertinentes deberán tenerse en cuenta considerando los plazos de prescripción vigentes en la legislación nacional.

74. Sin perjuicio de la presunción de inocencia aplicable a los procedimientos penales y de otros …

Sin perjuicio de la presunción de inocencia aplicable a los procedimientos penales y de otros derechos fundamentales, al evaluar la honorabilidad, la honestidad y la integridad se deberán considerar, como mínimo, los siguientes factores:

  • a. condenas o enjuiciamientos en curso por un delito penal, en particular:
  • i. delitos tipificados en la legislación que regula las actividades bancarias, financieras, de valores o de seguros, o relativa a los mercados de valores o instrumentos financieros o de pago, incluidas las leyes en materia de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo o cualquiera de los delitos subyacentes al blanqueo de capitales establecidos en la Directiva (UE) 2015/849, corrupción, manipulación del mercado, uso de información privilegiada y usura;
  • ii. delitos de falsedad, fraude u otro delito económico;
  • iii. delitos fiscales, ya se hayan cometido directa o indirectamente, incluso mediante sistemas de arbitraje de dividendos ilegales o prohibidos;
  • iv. otros delitos tipificados en la legislación en materia de sociedades, quiebra, insolvencia o protección del consumidor;
  • b. otras medidas adoptadas y las deficiencias relevantes presentes o pasadas detectadas por cualquier organismo regulador o profesional, por incumplimiento de cualquier disposición relevante que regule las actividades bancarias, financieras, de valores o de seguros o cualquiera de las actividades referidas en la letra a) anterior.
75. Se tendrán en cuenta las investigaciones en curso cuando se deriven de procedimientos …

Se tendrán en cuenta las investigaciones en curso cuando se deriven de procedimientos judiciales o administrativos, o de otras investigaciones supervisoras análogas sin perjuicio de los derechos individuales fundamentales13 . Las entidades y las autoridades competentes también tendrán en cuenta otros informes desfavorables con información pertinente, creíble y fiable (por ejemplo, como parte de los procedimientos de denuncias internas).


13 De conformidad con el Convenio Europeo de Derechos Humanos y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea: https://ec.europa.eu/info/aid-development-cooperation-fundamental-rights/your-rights-eu/eu-charter-fundamental-rights_es

76. Se tendrán en cuenta las siguientes situaciones relacionadas con el desempeño profesional …

Se tendrán en cuenta las siguientes situaciones relacionadas con el desempeño profesional pasado y presente y la solvencia financiera de un miembro del órgano de administración, para evaluar su posible impacto en la honorabilidad, la integridad y la honestidad del miembro:

  • a. ser un deudor moroso (por ejemplo, tener registros negativos en una sociedad de información crediticia reconocida, en su caso);
  • b. el desempeño empresarial y financiero de las entidades bajo titularidad o dirección del miembro, o en las que el miembro haya tenido o tenga una participación o influencia significativas, teniendo especialmente en cuenta cualquier procedimiento concursal y de liquidación, y si el miembro ha contribuido a la situación que dio lugar al procedimiento y de qué forma;
  • c. la declaración de concurso personal; y
  • d. sin perjuicio de la presunción de inocencia, demandas civiles, procedimientos administrativos o penales, grandes inversiones o exposiciones y préstamos contraídos, en la medida en que puedan tener un impacto significativo en la solvencia financiera del miembro o de las entidades de su propiedad o dirigidas por él/ella, o en las que el miembro tenga una participación significativa.
77. Los miembros del órgano de administración deberán mantener unos niveles elevados de integridad …

Los miembros del órgano de administración deberán mantener unos niveles elevados de integridad y honestidad. En la evaluación de la honorabilidad, la honestidad y la integridad también deberán tenerse en cuenta, al menos, los siguientes factores:

  • a. cualquier prueba de que la persona no haya mantenido una actitud transparente, abierta y de colaboración en sus relaciones con las autoridades competentes;
  • b. la denegación, revocación, retirada o expulsión de cualquier registro, autorización, afiliación o licencia para desarrollar una actividad comercial, un negocio o una profesión;
  • c. las razones de cualquier despido o de la destitución de un puesto de confianza, relación fiduciaria o situación similar, o por las que se le pidió su cese;
  • d. la inhabilitación por parte de cualquier autoridad competente relevante para actuar como miembro del órgano de administración, en particular las personas que dirigen efectivamente el negocio de una entidad; y
  • e. cualquier otra prueba o acusación grave basada en información pertinente, creíble y fiable que indique que la persona no actúa de una manera acorde con unos estándares de conducta elevados.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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