+5.1 Constitución de los comités
---+44. De conformidad con el artículo 28 de la Directiva (UE) 2019/2034 y salvo disposición en …
---+45. Cuando no se constituya un comité de riesgos, las referencias en estas directrices a dicho …
---+46. Las empresas de servicios de inversión pueden constituir otros comités (p. ej., de prevención …
---+47. Las empresas de servicios de inversión deberían asegurarse de asignar y distribuir claramente …
---+48. Los comités deberían prestar apoyo a la función supervisora en áreas específicas y facilitar el …
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5.1 Constitución de los comités
5.1 Constitución de los comités
1. Resumen
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Regulación |
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44. De conformidad con el artículo 28 de la Directiva (UE) 2019/2034 y salvo disposición en …
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De conformidad con el artículo 28 de la Directiva (UE) 2019/2034 y salvo disposición en contrario en la legislación nacional12 , las empresas de servicios de inversión cuyo valor de sus activos dentro y fuera de balance sea, por término medio, superior a 100 millones EUR durante el período de cuatro años inmediatamente anterior al ejercicio de que se trate, crearán comités de riesgo y de remuneraciones que asesoren al órgano de dirección en su función supervisora y preparen las decisiones que adoptará dicho órgano.
12 El artículo 28 de la Directiva (UE) 2019/2034 exige que las empresas de servicios de inversión que no cumplen los criterios establecidos en el artículo 32, apartado 4, letra a), establezcan un comité de riesgos compuesto por miembros del órgano de dirección que no desempeñen función ejecutiva alguna en la empresa de servicios de inversión de que se trate.
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45. Cuando no se constituya un comité de riesgos, las referencias en estas directrices a dicho …
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Cuando no se constituya un comité de riesgos, las referencias en estas directrices a dicho comité deberían interpretarse como aplicables al órgano de dirección en su función supervisora.
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46. Las empresas de servicios de inversión pueden constituir otros comités (p. ej., de prevención …
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Las empresas de servicios de inversión pueden constituir otros comités (p. ej., de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, de ética, de conducta y de cumplimiento) teniendo en cuenta los criterios establecidos en el título I de las presentes directrices.
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47. Las empresas de servicios de inversión deberían asegurarse de asignar y distribuir claramente …
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Las empresas de servicios de inversión deberían asegurarse de asignar y distribuir claramente las funciones y los cometidos entre los comités especializados del órgano de dirección. Cada comité debería tener un mandato documentado, incluido su ámbito de responsabilidad, otorgado por el órgano de dirección en su función supervisora, y establecer procedimientos de trabajo adecuados.
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48. Los comités deberían prestar apoyo a la función supervisora en áreas específicas y facilitar el …
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Los comités deberían prestar apoyo a la función supervisora en áreas específicas y facilitar el desarrollo y la aplicación de un marco de gobernanza interna sólida. La delegación de funciones en los comités no debería eximir al órgano de dirección en su función supervisora del cumplimiento colectivo de sus cometidos y responsabilidades.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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