+6.4 Revocación de la autorización de entidades
---+60. En caso de que el supervisor prudencial decida iniciar el procedimiento de revocación de la …
---+61. Cuando los supervisores de PBC/FT detecten infracciones graves de las leyes en materia de …
---+62. Al informar al supervisor prudencial de una infracción grave, el supervisor de PBC/FT …
---+63. El supervisor de PBC/FT incluirá, como mínimo, información detallada que explique por qué la …
---+64. Tras la notificación de una infracción grave, tal y como se establece en el párrafo 61, el …
---+65. En caso de que el supervisor prudencial decida revocar la autorización concedida a una entidad …
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6.4 Revocación de la autorización de entidades
6.4 Revocación de la autorización de entidades
1. Resumen
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Regulación |
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60. En caso de que el supervisor prudencial decida iniciar el procedimiento de revocación de la …
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En caso de que el supervisor prudencial decida iniciar el procedimiento de revocación de la autorización concedida a una entidad, basándose exclusivamente o entre otros motivos en su responsabilidad por infracciones graves de la legislación aplicable en materia de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, en consonancia con la facultad que le confiere el artículo 18 de la Directiva 2013/36/UE, informará de ello al supervisor de PBC/FT pertinente.
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61. Cuando los supervisores de PBC/FT detecten infracciones graves de las leyes en materia de …
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Cuando los supervisores de PBC/FT detecten infracciones graves de las leyes en materia de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo aplicables en relación con la entidad, informarán al supervisor prudencial sin demora indebida de estas infracciones graves, de su decisión y de cualquier otra consideración adicional pertinente, incluyendo sus consideraciones acerca de la reticencia o incapacidad de la entidad para subsanar tales infracciones y en qué medida las deficiencias o la infracción pueden subsanarse con las medidas a disposición del supervisor de PBC/FT.
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62. Al informar al supervisor prudencial de una infracción grave, el supervisor de PBC/FT …
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Al informar al supervisor prudencial de una infracción grave, el supervisor de PBC/FT facilitará al supervisor prudencial toda la información y los detalles pertinentes sobre la infracción o las infracciones graves detectadas para que el supervisor prudencial pueda evaluar adecuadamente la información recibida y realizar su propia evaluación sobre la conveniencia de revocar la autorización.
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63. El supervisor de PBC/FT incluirá, como mínimo, información detallada que explique por qué la …
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El supervisor de PBC/FT incluirá, como mínimo, información detallada que explique por qué la infracción es grave, indicando el tipo de infracción, su duración, si la infracción constituye un fallo sistémico dentro de la entidad, las consecuencias de la infracción para la entidad y para la integridad del mercado en el que opera, si la entidad ha previsto o tomado una medida correctora, en su caso, para remediar la infracción, y las medidas de supervisión y sanciones, si las hubiera, previstas o impuestas por el supervisor de PBC/FT.
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64. Tras la notificación de una infracción grave, tal y como se establece en el párrafo 61, el …
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Tras la notificación de una infracción grave, tal y como se establece en el párrafo 61, el supervisor de PBC/FT cooperará en la mayor medida posible con el supervisor prudencial según sea necesario, y proporcionará explicaciones o información adicional cuando sea necesario.
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65. En caso de que el supervisor prudencial decida revocar la autorización concedida a una entidad …
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En caso de que el supervisor prudencial decida revocar la autorización concedida a una entidad por infracciones graves de la legislación aplicable en materia de PBC/FT, en consonancia con las facultades que le confiere el artículo 18 de la Directiva 2013/36/UE, el supervisor prudencial informará de ello al supervisor de PBC/FT pertinente y a la unidad de inteligencia financiera.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
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