+20. Las responsabilidades del órgano de dirección deberían incluir al menos el establecimiento, la …

20. Las responsabilidades del órgano de dirección deberían incluir al menos el establecimiento, la …

Las responsabilidades del órgano de dirección deberían incluir al menos el establecimiento, la aprobación y la supervisión de la aplicación de:

  • a. la estrategia general de negocio y las políticas clave del emisor, dentro del marco legal y reglamentario aplicable, teniendo en cuenta la solvencia y los intereses financieros a largo plazo de los titulares de fichas referenciadas a activos;
  • b. las políticas exigidas en virtud del artículo 34, apartado 5, del Reglamento (UE) 2023/1114; dichas políticas deberían ser coherentes con el apetito de riesgo y la tolerancia al riesgo del emisor, y con las características y las necesidades de los clientes del emisor de fichas referenciadas a activos a los que se ofrecerán y sus futuros titulares;
  • c. la organización del emisor para la emisión de fichas referenciadas a activos, especificando las competencias, los conocimientos y la experiencia que debe tener el personal, así como los recursos necesarios;
  • d. la estrategia general de riesgo, el apetito de riesgo del emisor y su marco de gestión de riesgos, incluidas las políticas y procedimientos adecuados, teniendo en cuenta el entorno macroeconómico y el ciclo económico, y especificando la participación del órgano de dirección en las cuestiones de gestión de riesgos;
  • e. un marco de control interno adecuado y eficaz que incluya un marco de gestión de riesgos y mecanismos de control interno que funcionen correctamente para garantizar el cumplimiento de los requisitos regulatorios aplicables, en particular en lo que respecta a la gestión de la reserva de activos;
  • f. una política de remuneración de los emisores de fichas significativas referenciadas a activos que se ajuste a lo dispuesto en el artículo 45, apartado 1, del Reglamento (UE) 2023/11146 ;
  • g. las políticas y procedimientos para detectar, prevenir, gestionar y comunicar conflictos de intereses, de conformidad con el artículo 32 del Reglamento (UE) 2023/11147 ;
  • h. medidas encaminadas a garantizar que las evaluaciones de idoneidad, individuales y en su conjunto, del órgano de dirección se lleven a cabo eficazmente, que la composición del órgano de dirección sea adecuada, y que el órgano de dirección desempeñe sus funciones con eficacia;
  • i. una cultura de riesgos en línea con el título IV, sección 7, que aborde la concienciación sobre el riesgo y la asunción de riesgos del emisor de fichas referenciadas a activos;
  • j. una cultura y unos valores corporativos en línea con el título IV, sección 8, que fomenten un comportamiento responsable y ético, incluido un código de conducta o un instrumento similar;
  • k. disposiciones encaminadas a garantizar la integridad de los sistemas de información contable y financiera, incluidos controles financieros y operativos, y el cumplimiento de la legislación y de las normas pertinentes.

6 Véanse las NTR sobre el contenido mínimo del sistema de gobernanza en relación con la política de remuneración de los emisores de fichas significativas referenciadas a activos, de conformidad con el artículo 45, apartado 7, letra a), del Reglamento (UE) 2023/1114.

7 Véanse las NTR sobre conflictos de intereses con arreglo al artículo 32, apartado 5, del Reglamento (UE) 2023/1114.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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