+1. Funciones y responsabilidades del órgano de dirección
---+17. De conformidad con el artículo 34 del Reglamento (UE) 2023/1114, el órgano de dirección de un …
---+18. Las funciones del órgano de dirección deberían estar claramente definidas, distinguiendo …
---+19. Cuando proceda, el órgano de dirección en su función supervisora y en su función de dirección …
---+20. Las responsabilidades del órgano de dirección deberían incluir al menos el establecimiento, la …
---+21. Al establecer, aprobar y supervisar la aplicación de los aspectos enumerados en el apartado 20 …
---+22. El órgano de dirección debería supervisar el proceso de divulgación de información, en …
---+23. Todos los miembros del órgano de dirección deberían estar informados sobre la operativa global …
---+24. Un miembro del órgano de dirección puede ser responsable de una función de control interno …
---+25. El órgano de dirección debería realizar un seguimiento, revisar periódicamente y abordar …
---+26. Cuando los emisores de fichas referenciadas a activos sean personas jurídicas gestionadas por …
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1. Funciones y responsabilidades del órgano de dirección
1. Funciones y responsabilidades del órgano de dirección
1. Resumen
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Regulación |
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17. De conformidad con el artículo 34 del Reglamento (UE) 2023/1114, el órgano de dirección de un …
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De conformidad con el artículo 34 del Reglamento (UE) 2023/1114, el órgano de dirección de un emisor de fichas referenciadas a activos debe definir, supervisar y ser responsable de la aplicación de sistemas de gobernanza adecuados que garanticen una gestión eficaz y prudente del emisor y de los intereses de los titulares de fichas referenciadas a activos, incluida la segregación de funciones y la detección, prevención y gestión de conflictos de intereses dentro del emisor de fichas referenciadas a activos, de conformidad con el artículo 32 del Reglamento (UE) 2023/1114.
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18. Las funciones del órgano de dirección deberían estar claramente definidas, distinguiendo …
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Las funciones del órgano de dirección deberían estar claramente definidas, distinguiendo, cuando proceda, entre los cometidos de la función de dirección (ejecutiva) y los de la función supervisora (no ejecutiva). Las responsabilidades y funciones del órgano de dirección deberían describirse en un documento escrito y debidamente aprobado por dicho órgano. Todos los miembros del órgano de dirección deberían conocer bien la estructura y las responsabilidades de dicho órgano y, cuando proceda, la distribución de tareas entre las distintas funciones del órgano de dirección.
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19. Cuando proceda, el órgano de dirección en su función supervisora y en su función de dirección …
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Cuando proceda, el órgano de dirección en su función supervisora y en su función de dirección deberían interactuar de manera eficaz. Ambas funciones deberían intercambiar información suficiente para permitirles desempeñar sus respectivas funciones. A fin de contar con controles y contrapesos adecuados, los procesos de toma de decisiones del órgano de dirección no deberían estar dominados por un solo miembro o un pequeño grupo de miembros.
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20. Las responsabilidades del órgano de dirección deberían incluir al menos el establecimiento, la …
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Las responsabilidades del órgano de dirección deberían incluir al menos el establecimiento, la aprobación y la supervisión de la aplicación de: - a. la estrategia general de negocio y las políticas clave del emisor, dentro del marco legal y reglamentario aplicable, teniendo en cuenta la solvencia y los intereses financieros a largo plazo de los titulares de fichas referenciadas a activos;
- b. las políticas exigidas en virtud del artículo 34, apartado 5, del Reglamento (UE) 2023/1114; dichas políticas deberían ser coherentes con el apetito de riesgo y la tolerancia al riesgo del emisor, y con las características y las necesidades de los clientes del emisor de fichas referenciadas a activos a los que se ofrecerán y sus futuros titulares;
- c. la organización del emisor para la emisión de fichas referenciadas a activos, especificando las competencias, los conocimientos y la experiencia que debe tener el personal, así como los recursos necesarios;
- d. la estrategia general de riesgo, el apetito de riesgo del emisor y su marco de gestión de riesgos, incluidas las políticas y procedimientos adecuados, teniendo en cuenta el entorno macroeconómico y el ciclo económico, y especificando la participación del órgano de dirección en las cuestiones de gestión de riesgos;
- e. un marco de control interno adecuado y eficaz que incluya un marco de gestión de riesgos y mecanismos de control interno que funcionen correctamente para garantizar el cumplimiento de los requisitos regulatorios aplicables, en particular en lo que respecta a la gestión de la reserva de activos;
- f. una política de remuneración de los emisores de fichas significativas referenciadas a activos que se ajuste a lo dispuesto en el artículo 45, apartado 1, del Reglamento (UE) 2023/11146 ;
- g. las políticas y procedimientos para detectar, prevenir, gestionar y comunicar conflictos de intereses, de conformidad con el artículo 32 del Reglamento (UE) 2023/11147 ;
- h. medidas encaminadas a garantizar que las evaluaciones de idoneidad, individuales y en su conjunto, del órgano de dirección se lleven a cabo eficazmente, que la composición del órgano de dirección sea adecuada, y que el órgano de dirección desempeñe sus funciones con eficacia;
- i. una cultura de riesgos en línea con el título IV, sección 7, que aborde la concienciación sobre el riesgo y la asunción de riesgos del emisor de fichas referenciadas a activos;
- j. una cultura y unos valores corporativos en línea con el título IV, sección 8, que fomenten un comportamiento responsable y ético, incluido un código de conducta o un instrumento similar;
- k. disposiciones encaminadas a garantizar la integridad de los sistemas de información contable y financiera, incluidos controles financieros y operativos, y el cumplimiento de la legislación y de las normas pertinentes.
6 Véanse las NTR sobre el contenido mínimo del sistema de gobernanza en relación con la política de remuneración de los emisores de fichas significativas referenciadas a activos, de conformidad con el artículo 45, apartado 7, letra a), del Reglamento (UE) 2023/1114. 7 Véanse las NTR sobre conflictos de intereses con arreglo al artículo 32, apartado 5, del Reglamento (UE) 2023/1114.
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21. Al establecer, aprobar y supervisar la aplicación de los aspectos enumerados en el apartado 20 …
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Al establecer, aprobar y supervisar la aplicación de los aspectos enumerados en el apartado 20, el órgano de dirección debería garantizar un modelo de negocio y un sistema de gobernanza que tengan en cuenta todos los riesgos a los que esté o pueda estar expuesto el emisor de fichas referenciadas a activos, así como los riesgos que estos planteen o puedan plantear para terceros y para el medio ambiente. Para ello, los emisores de fichas referenciadas a activos también deberían tener en cuenta todos los factores de riesgo relevantes, incluidos los factores de riesgos ambientales, sociales y de gobernanza (ASG), y considerar el impacto climático y otros impactos medioambientales causados por el consumo de energía de los mecanismos de consenso y validación utilizados. Otros riesgos ASG que deberían tenerse en cuenta incluyen, por ejemplo, riesgos legales en el ámbito del Derecho contractual o laboral, riesgos relacionados con posibles violaciones de los derechos humanos u otros factores de riesgo ambientales, sociales y de gobernanza que puedan afectar al país en el que esté ubicado un tercero prestador de servicios y a su capacidad para prestar los niveles de servicio acordados.
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22. El órgano de dirección debería supervisar el proceso de divulgación de información, en …
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El órgano de dirección debería supervisar el proceso de divulgación de información, en particular según lo dispuesto en el artículo 30 del Reglamento (UE) 2023/1114, y las comunicaciones con terceros con intereses en el emisor y con las autoridades competentes.
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23. Todos los miembros del órgano de dirección deberían estar informados sobre la operativa global …
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Todos los miembros del órgano de dirección deberían estar informados sobre la operativa global de los emisores de fichas referenciadas a activos, su situación financiera y su perfil de riesgo, teniendo en cuenta el entorno económico y el ciclo económico, y también sobre las decisiones tomadas que tengan un impacto significativo en la emisión de fichas referenciadas a activos o en otras actividades de negocio importantes.
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24. Un miembro del órgano de dirección puede ser responsable de una función de control interno …
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Un miembro del órgano de dirección puede ser responsable de una función de control interno, como se menciona en el título V, siempre que no realice otras funciones que comprometan sus actividades de control interno y la independencia de la función de control interno.
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25. El órgano de dirección debería realizar un seguimiento, revisar periódicamente y abordar …
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El órgano de dirección debería realizar un seguimiento, revisar periódicamente y abordar cualquier deficiencia identificada en la ejecución de procesos, estrategias y políticas relacionadas con las responsabilidades enumeradas en esta sección. El marco de gobernanza y su aplicación deberían revisarse y actualizarse periódicamente teniendo en cuenta el principio de proporcionalidad, como se especifica en el título I. En caso de producirse cambios relevantes que afecten al emisor de fichas referenciadas a activos, se debería llevar a cabo una revisión más detallada.
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26. Cuando los emisores de fichas referenciadas a activos sean personas jurídicas gestionadas por …
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Cuando los emisores de fichas referenciadas a activos sean personas jurídicas gestionadas por una sola persona física de conformidad con sus normas constitutivas y con la legislación nacional, las referencias en las presentes directrices a un órgano de dirección se interpretarán en el sentido de que se aplican a la única persona responsable de aplicar mecanismos alternativos para garantizar la gestión sólida y prudente de dicho emisor y la debida consideración de los sistemas de gobernanza.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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