+4.1 Disposiciones generales
---+11. Las entidades considerarán el IRRBB como un riesgo importante y lo evaluarán siempre de manera …
---+12. Las entidades identificarán sus exposiciones al IRRBB y se asegurarán de que el IRRBB se mida …
---+13. Las entidades deberán gestionar y mitigar los riesgos derivados de sus exposiciones al IRRBB …
---+14. Al calcular el impacto de las variaciones de los tipos de interés sobre los resultados, las …
---+15. La variación en los resultados deberá calcularse como la diferencia entre los resultados …
---+16. Las entidades deberán tratar las exposiciones dudosas (netas de provisiones) como instrumentos …
---+17. Las entidades deberán incluir entre los productos sensibles a los tipos de interés tanto los …
---+18. Las entidades deberán monitorizar y analizar sus exposiciones afectadas por el CSRBB, cuando el …
---+19. Al aplicar las directrices, las entidades deberán identificar su exposición actual y futura al …
---+20. En función de la evaluación de su exposición actual y futura al IRRBB, las entidades deberán …
---+21. Además de la exposición actual y futura al IRRBB, al aplicar las directrices, las entidades …
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4.1 Disposiciones generales
4.1 Disposiciones generales
1. Resumen
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Regulación |
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11. Las entidades considerarán el IRRBB como un riesgo importante y lo evaluarán siempre de manera …
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Las entidades considerarán el IRRBB como un riesgo importante y lo evaluarán siempre de manera explícita y exhaustiva en sus procesos de gestión del riesgo y de evaluación de capital interno. Cualquier enfoque diferente se documentará y justificará debidamente en el transcurso del diálogo supervisor.
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12. Las entidades identificarán sus exposiciones al IRRBB y se asegurarán de que el IRRBB se mida …
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Las entidades identificarán sus exposiciones al IRRBB y se asegurarán de que el IRRBB se mida, se monitorice y se controle adecuadamente.
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13. Las entidades deberán gestionar y mitigar los riesgos derivados de sus exposiciones al IRRBB …
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Las entidades deberán gestionar y mitigar los riesgos derivados de sus exposiciones al IRRBB que afecten tanto a sus resultados como a su valor económico.
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14. Al calcular el impacto de las variaciones de los tipos de interés sobre los resultados, las …
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Al calcular el impacto de las variaciones de los tipos de interés sobre los resultados, las entidades deberán tener en cuenta no solo los efectos sobre los ingresos y gastos por intereses, sino también los efectos de los cambios en el valor de mercado de los instrumentos, en función del tratamiento contable, que se registren en la cuenta de resultados o directamente en el patrimonio neto (por ejemplo, a través de otro resultado global). Las entidades deberán tener en cuenta el incremento o la disminución de los resultados y del capital en horizontes a corto y medio plazo resultantes de los movimientos de los tipos de interés.
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15. La variación en los resultados deberá calcularse como la diferencia entre los resultados …
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La variación en los resultados deberá calcularse como la diferencia entre los resultados esperados en un escenario base y los resultados previstos en un escenario alternativo, más desfavorable, de perturbación o de tensión, adoptando una perspectiva de empresa en funcionamiento.
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16. Las entidades deberán tratar las exposiciones dudosas (netas de provisiones) como instrumentos …
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Las entidades deberán tratar las exposiciones dudosas6 (netas de provisiones) como instrumentos sensibles a los tipos de interés, debiendo considerar los flujos de efectivo esperados y su distribución temporal.
6 Exposiciones dudosas conforme a su definición en el anexo V del Reglamento (UE) 680/2014.
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17. Las entidades deberán incluir entre los productos sensibles a los tipos de interés tanto los …
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Las entidades deberán incluir entre los productos sensibles a los tipos de interés tanto los derivados de tipos de interés como las partidas fuera de balance, como, por ejemplo, los compromisos contingentes de préstamo sensibles a los tipos de interés.
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18. Las entidades deberán monitorizar y analizar sus exposiciones afectadas por el CSRBB, cuando el …
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Las entidades deberán monitorizar y analizar sus exposiciones afectadas por el CSRBB, cuando el CSRBB sea relevante para el perfil de riesgo de la entidad, tomando como referencia para la medición del CSRBB solo el activo del banking book .
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19. Al aplicar las directrices, las entidades deberán identificar su exposición actual y futura al …
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Al aplicar las directrices, las entidades deberán identificar su exposición actual y futura al IRRBB de manera proporcionada, en función del nivel, la complejidad y el grado de riesgo de las posiciones ajenas a la cartera de negociación o, en su caso, en función de un perfil esperado de riesgo creciente cuando se toman en cuenta su modelo de negocio, sus estrategias y el entorno de negocio en el que operan o en el que tienen la intención de operar.
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20. En función de la evaluación de su exposición actual y futura al IRRBB, las entidades deberán …
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En función de la evaluación de su exposición actual y futura al IRRBB, las entidades deberán tener en cuenta los elementos y expectativas establecidos en esta sección y en las secciones sobre identificación, cálculo y asignación del capital (sección 4.2), gobernanza (sección 4.3) y medición (sección 4.4.) y aplicarlos de una manera proporcional a la exposición actual y futura al IRRBB.
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21. Además de la exposición actual y futura al IRRBB, al aplicar las directrices, las entidades …
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Además de la exposición actual y futura al IRRBB, al aplicar las directrices, las entidades también deberán tener en cuenta su nivel general de sofisticación y sus estrategias internas de gestión de riesgos para asegurarse de que los enfoques, procesos y sistemas que utilizan para la gestión del IRRBB sean coherentes con su estrategia global de gestión del riesgo y con los enfoques, procesos y sistemas específicos aplicados para la gestión de otros riesgos.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
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