+4.4 Toma de decisiones crediticias
---+63. Las entidades establecerán un marco de toma de decisiones crediticias claro y adecuadamente …
---+64. La estructura de los responsables de las decisiones de crédito será acorde y estará integrada …
---+65. El marco de toma de decisiones crediticias articulará con claridad las facultades decisorias y …
---+66. Cuando deleguen facultades para la toma de decisiones crediticias (límites incluidos) en …
---+67. El marco de toma de decisiones crediticias tendrá en cuenta la perspectiva de riesgo en la …
---+68. El marco especificará asimismo las modalidades de trabajo de los comités de crédito y las …
---+69. Si las entidades otorgan derechos de veto específicos en relación con decisiones de crédito …
---+70. Las entidades garantizarán que las decisiones que adopten los responsables de las decisiones de …
---+71. Sin perjuicio de las estructuras de gobierno que se instauren en las entidades para poner en …
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4.4 Toma de decisiones crediticias
4.4 Toma de decisiones crediticias
1. Resumen
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Regulación |
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63. Las entidades establecerán un marco de toma de decisiones crediticias claro y adecuadamente …
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Las entidades establecerán un marco de toma de decisiones crediticias claro y adecuadamente documentado. En él se definirá una estructura clara y sólida de responsabilidades para la toma de decisiones crediticias en el seno de la entidad, incluyendo una descripción de la jerarquía de los responsables de las decisiones de crédito, su posición dentro de la estructura organizativa y de negocio de la entidad y sus canales de comunicación.
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64. La estructura de los responsables de las decisiones de crédito será acorde y estará integrada …
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La estructura de los responsables de las decisiones de crédito será acorde y estará integrada con el apetito, las políticas y los límites de riesgo de crédito, y reflejará el modelo de negocio de la entidad. La posición de los responsables de las decisiones de crédito en la estructura organizativa y de negocio de la entidad reflejará el efecto en cascada del apetito y los límites del riesgo de crédito en el seno de la organización y se basará en criterios objetivos, que incluyan indicadores de riesgo.
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65. El marco de toma de decisiones crediticias articulará con claridad las facultades decisorias y …
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El marco de toma de decisiones crediticias articulará con claridad las facultades decisorias y las limitaciones de cada responsable de la toma de decisiones, así como de cualquier modelo automatizado que se utilice para la toma de decisiones de crédito, en consonancia con los criterios establecidos para dichos modelos en la sección 4.3.4. Estas facultades y limitaciones tendrán en cuenta las características de la cartera de créditos, incluidos sus objetivos de concentración y diversificación, en relación con las líneas de negocio, regiones geográficas, sectores económicos y productos, así como con los límites de crédito y las exposiciones máximas. Cuando proceda, las entidades establecerán límites temporales para los poderes delegados o el alcance de las aprobaciones delegadas.
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66. Cuando deleguen facultades para la toma de decisiones crediticias (límites incluidos) en …
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Cuando deleguen facultades para la toma de decisiones crediticias (límites incluidos) en empleados, las entidades tendrán en consideración las particularidades de las operaciones de crédito sujetas a dichas decisiones, incluyendo su tamaño y complejidad, y los tipos y perfiles de riesgo de los prestatarios. Las entidades garantizarán asimismo que los empleados en cuestión cuenten con una formación adecuada y posean conocimientos especializados y experiencia específica en relación con la autoridad concreta que les haya sido delegada.
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67. El marco de toma de decisiones crediticias tendrá en cuenta la perspectiva de riesgo en la …
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El marco de toma de decisiones crediticias tendrá en cuenta la perspectiva de riesgo en la adopción de decisiones; también tendrá en consideración las particularidades de los productos de crédito y de los prestatarios, incluido el tipo de producto, el tamaño de la operación o límite de crédito y el perfil de riesgo del prestatario.
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68. El marco especificará asimismo las modalidades de trabajo de los comités de crédito y las …
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El marco especificará asimismo las modalidades de trabajo de los comités de crédito y las funciones de sus miembros, incluyendo, cuando proceda, aspectos como los procedimientos de votación (unanimidad o mayoría simple de votos).
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69. Si las entidades otorgan derechos de veto específicos en relación con decisiones de crédito …
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Si las entidades otorgan derechos de veto específicos en relación con decisiones de crédito positivas al responsable de la función de gestión de riesgos, deberán considerar la posibilidad de conceder dichos derechos de veto a otros miembros del personal también pertenecientes a la función de gestión de riesgos para decisiones crediticias específicas, con el fin de garantizar que el veto se pueda ejercer, si procede, a todos los niveles del marco de toma de decisiones crediticias que están por debajo del órgano de administración. Las entidades especificarán el alcance de los derechos de veto, los procedimientos de elevación de asuntos a niveles superiores o de recurso y el modo en que se implicará el órgano de administración. 4.4.1 Objetividad e imparcialidad en la toma de decisiones crediticias
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70. Las entidades garantizarán que las decisiones que adopten los responsables de las decisiones de …
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Las entidades garantizarán que las decisiones que adopten los responsables de las decisiones de crédito sean imparciales y objetivas, y que no se vean afectadas negativamente por cualquier conflicto de intereses, en consonancia con las Directrices de la ABE sobre gobierno interno. Más concretamente, a efectos de estas directrices, las entidades garantizarán que las personas involucradas en la toma de decisiones crediticias, como miembros del personal y del órgano de administración, no participen en dichas decisiones si concurren en ellas cualquiera de las circunstancias siguientes: - a. que mantengan una relación personal o profesional con el prestatario (aparte de la relación profesional como representante de la entidad);
- b. que tengan un interés económico o de otro tipo en relación con el prestatario, ya sea directo o indirecto, real o potencial, financiero o no financiero;
- c. que ejerzan una influencia política indebida sobre el prestatario o mantengan una relación política con él.
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71. Sin perjuicio de las estructuras de gobierno que se instauren en las entidades para poner en …
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Sin perjuicio de las estructuras de gobierno que se instauren en las entidades para poner en práctica el marco de toma de decisiones crediticias, las entidades contarán con políticas, procedimientos y controles organizativos que garanticen y aseguren la objetividad y la imparcialidad en el proceso de toma de decisiones crediticias. Estas políticas, procedimientos y controles organizativos, incluida cualquier medida de mitigación adoptada, deberán conocerse y definirse con claridad, y deberán abordar cualquier posible conflicto de intereses. Las entidades garantizarán una eficaz supervisión de las decisiones que tomen los responsables de las decisiones de crédito, incluida la concesión de créditos, para asegurar su objetividad e imparcialidad.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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