+Categorías de indicadores de los planes de recuperación
---+21. Las entidades incluirán en el plan de recuperación al menos las siguientes categorías …
---+22. Las entidades incluirán en el plan de recuperación las dos categorías siguientes de …
---+23. Las entidades incluirán en el plan de recuperación los indicadores específicos recogidos en la …
---+24. Cuando una entidad refute la presunción señalada en el apartado 23 respecto de cualquiera de …
---+25. Las entidades no limitarán su conjunto de indicadores a la lista mínima establecida en el anexo …
---+26. El marco de indicadores de los planes de recuperación deberá: a. adaptarse al modelo de negocio …

Categorías de indicadores de los planes de recuperación

Categorías de indicadores de los planes de recuperación

1. Resumen

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Título Regulación
21. Las entidades incluirán en el plan de recuperación al menos las siguientes categorías …

Las entidades incluirán en el plan de recuperación al menos las siguientes categorías obligatorias de indicadores, que se describen en estas directrices:

  • a. indicadores de capital,
  • b. indicadores de liquidez,
  • c. indicadores de rentabilidad,
  • d. indicadores de calidad de los activos.
22. Las entidades incluirán en el plan de recuperación las dos categorías siguientes de …

Las entidades incluirán en el plan de recuperación las dos categorías siguientes de indicadores, que se describen en estas directrices, salvo que justifiquen de manera satisfactoria para las autoridades competentes por qué dichas categorías no son relevantes para la estructura jurídica, el perfil de riesgo, el tamaño y/o la complejidad de la entidad (es decir, una presunción refutable):

  • a. indicadores de mercado,
  • b. indicadores macroeconómicos.
23. Las entidades incluirán en el plan de recuperación los indicadores específicos recogidos en la …

Las entidades incluirán en el plan de recuperación los indicadores específicos recogidos en la lista por categorías del anexo II de estas directrices, salvo que justifiquen de manera satisfactoria para las autoridades competentes por qué dichos indicadores específicos no son relevantes para su estructura jurídica, perfil de riesgo, tamaño o complejidad o no pueden aplicarse debido a las características del mercado en el que opera la entidad (es decir, una presunción refutable).

24. Cuando una entidad refute la presunción señalada en el apartado 23 respecto de cualquiera de …

Cuando una entidad refute la presunción señalada en el apartado 23 respecto de cualquiera de los indicadores especificados en el anexo II, sustituirá dicho indicador, siempre que sea posible, por otro indicador de la misma categoría que sea más relevante para esta entidad. Cuando no sea posible sustituir todos los indicadores del anexo II, las entidades incluirán en sus planes de recuperación al menos un indicador de cada una de las categorías que se relacionan en el apartado 21.

25. Las entidades no limitarán su conjunto de indicadores a la lista mínima establecida en el anexo …

Las entidades no limitarán su conjunto de indicadores a la lista mínima establecida en el anexo II, y considerarán la inclusión de otros indicadores siguiendo los principios y en línea con la descripción de las categorías señaladas en estas directrices. Con esta finalidad, el anexo III incluye una lista no exhaustiva con ejemplos de indicadores adicionales de los planes de recuperación desglosados por categorías.

26. El marco de indicadores de los planes de recuperación deberá: a. adaptarse al modelo de negocio …

El marco de indicadores de los planes de recuperación deberá:

  • a. adaptarse al modelo de negocio y a la estrategia de la entidad y ser adecuado a su perfil de riesgo. Asimismo, identificará las principales vulnerabilidades con mayor probabilidad de afectar a la situación financiera de la entidad;
  • b. ser adecuado a la estructura jurídica, el tamaño y la complejidad de cada entidad. En particular, el número de indicadores debe ser suficiente para alertar a la entidad del deterioro de la situación en una serie de áreas. Al mismo tiempo, este número de indicadores debe estar adecuadamente focalizado y ser gestionable por parte de las entidades;
  • c. estar alineado con el marco general de gestión de riesgos y con los indicadores actuales del plan de contingencia de liquidez o de capital, así como con los indicadores del plan de continuidad del negocio;
  • d. permitir la monitorización regular y estar integrado en la estructura de gobernanza de la entidad y dentro de los procedimientos de elevación de asuntos a niveles de responsabilidad superiores y de toma de decisiones; e
  • e. incluir indicadores prospectivos.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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