+6.3 Estructuras complejas y actividades atípicas o no transparentes
---+70. Las empresas de servicios de inversión deberían evitar establecer estructuras complejas y …
---+71. En cualquier caso, las empresas de servicios de inversión no deberían establecer estructuras …
---+72. Al establecer tales estructuras, el órgano de dirección debería entenderlas, conocer su …
---+73. Las empresas de servicios de inversión deberían documentar sus decisiones y poder justificarlas …
---+74. El órgano de dirección debería velar por que se adopten las medidas pertinentes para evitar o …
---+75. Estas estructuras y actividades, incluido su acomodo en la legislación y las normas …
---+76. Las empresas de servicios de inversión deberían tomar medidas efectivas de gestión de riesgos …
|
6.3 Estructuras complejas y actividades atípicas o no transparentes
6.3 Estructuras complejas y actividades atípicas o no transparentes
1. Resumen
| Título |
Regulación |
|
70. Las empresas de servicios de inversión deberían evitar establecer estructuras complejas y …
|
Las empresas de servicios de inversión deberían evitar establecer estructuras complejas y potencialmente no transparentes. Al tomar decisiones, las empresas de servicios de inversión deberían tener en cuenta los resultados de la evaluación de riesgos realizada para identificar si tales estructuras podrían utilizarse con fines relacionados con el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo u otros delitos financieros, así como los mecanismos de control correspondientes y el marco jurídico vigente17 . Con este fin, las empresas de servicios de inversión deberían tener en cuenta, como mínimo: - a. hasta qué punto la jurisdicción en la que se establecerá la estructura cumple efectivamente con las normas internacionales y de la UE sobre transparencia fiscal, lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo18 ;
- b. hasta qué punto la estructura tiene una finalidad económica y lícita aparente;
- c. hasta qué punto la estructura podría utilizarse para ocultar la identidad del titular real;
- d. hasta qué punto sería motivo de preocupación la posible estructura que se establezca para atender la petición del cliente;
- e. si la estructura podría impedir una vigilancia adecuada por parte del órgano de dirección de la empresa de servicios de inversión o mermar la capacidad de esta para gestionar el riesgo asociado, y
- f. si la estructura plantea obstáculos para una supervisión efectiva por parte de las autoridades competentes.
17 Para más detalles sobre la evaluación del riesgo asociado a países y del riesgo vinculado a productos y clientes individuales, las empresas de servicios de inversión deberían consultar también las directrices conjuntas sobre los factores de riesgo de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo (EBA GL JC/2017/37), actualmente en revisión. 18 Véase también el Reglamento Delegado (UE) 2019/758 de la Comisión, de 31 de enero de 2019, por el que se completa la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación sobre las medidas mínimas y el tipo de medidas adicionales que han de adoptar las entidades de crédito y financieras para atenuar el riesgo de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo en determinados terceros países: https://eba.europa.eu/regulation-and-policy/anti-money-laundering-and-e-money/rts-on-the-implementation-of-group-wide-aml/cft-policies-in-third-countries
|
|
71. En cualquier caso, las empresas de servicios de inversión no deberían establecer estructuras …
|
En cualquier caso, las empresas de servicios de inversión no deberían establecer estructuras opacas o innecesariamente complejas sin un fundamento económico o una finalidad legal claros, y tampoco las establecerán si tienen dudas de que puedan utilizarse para un propósito relacionado con la delincuencia financiera.
|
|
72. Al establecer tales estructuras, el órgano de dirección debería entenderlas, conocer su …
|
Al establecer tales estructuras, el órgano de dirección debería entenderlas, conocer su finalidad y los riesgos concretos asociados a ellas, y asegurarse de que las funciones de control interno participen adecuadamente. Dichas estructuras únicamente deberían aprobarse y mantenerse cuando su finalidad haya sido claramente definida y entendida, y cuando el órgano de dirección esté convencido de que se han identificado todos los riesgos materiales, incluidos los reputacionales, de que todos los riesgos pueden gestionarse con eficacia y se ha informado adecuadamente sobre ellos, y de que se ha asegurado una supervisión eficaz. Cuanto más compleja y opaca sea la estructura organizativa y operativa y mayores sean los riesgos, más intensiva debería ser la supervisión de la estructura.
|
|
73. Las empresas de servicios de inversión deberían documentar sus decisiones y poder justificarlas …
|
Las empresas de servicios de inversión deberían documentar sus decisiones y poder justificarlas ante las autoridades competentes.
|
|
74. El órgano de dirección debería velar por que se adopten las medidas pertinentes para evitar o …
|
El órgano de dirección debería velar por que se adopten las medidas pertinentes para evitar o mitigar los riesgos derivados de las actividades de tales estructuras. Esto incluye asegurarse de que: - a. la empresa de servicios de inversión cuenta con políticas y procedimientos adecuados, así como con procesos documentados (p. ej., límites aplicables y flujos de información), para la consideración, el cumplimiento, la aprobación y la gestión de los riesgos derivados de dichas actividades, teniendo en cuenta las consecuencias para la estructura organizativa y operativa del grupo, su perfil de riesgo y su riesgo reputacional;
- b. la empresa matriz de la Unión y los auditores internos y externos pueden acceder a la información sobre estas actividades y sus riesgos, y que esta se comunique al órgano de dirección en su función supervisora y a la autoridad competente que otorgó la autorización, y
- c. la empresa de servicios de inversión evalúa periódicamente si persiste la necesidad de mantener tales estructuras.
|
|
75. Estas estructuras y actividades, incluido su acomodo en la legislación y las normas …
|
Estas estructuras y actividades, incluido su acomodo en la legislación y las normas profesionales, deberían estar sujetas a revisión periódica. Cuando se establezca una función de auditoría interna, esta debería llevar a cabo la revisión con arreglo a un enfoque basado en el riesgo.
|
|
76. Las empresas de servicios de inversión deberían tomar medidas efectivas de gestión de riesgos …
|
Las empresas de servicios de inversión deberían tomar medidas efectivas de gestión de riesgos cuando realicen actividades atípicas o no transparentes para los clientes (p. ej., ayudarles a establecer sociedades instrumentales en centros financieros extraterritoriales, desarrollar estructuras complejas, financiarles transacciones o proporcionar servicios de fideicomiso) que planteen dificultades similares de gobernanza interna y generen riesgos operativos y reputacionales significativos. En particular, las empresas de servicios de inversión deberían analizar la razón por la cual un cliente desea establecer una estructura concreta.
|
,
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
|