+8.1 Consideraciones generales
---+324. Las autoridades competentes evaluarán y puntuarán los riesgos de liquidez que se hayan …
---+325. El grado de formalidad y granularidad de la evaluación dependerá del tamaño de la empresa de …
---+326. Las empresas de servicios de inversión que operan por cuenta propia llevarán a cabo una …
---+327. Las autoridades competentes verificarán el cumplimiento por parte de la empresa de servicios …
---+328. Al realizar la evaluación del riesgo de liquidez, las autoridades competentes tendrán en …
---+329. La evaluación del riesgo de liquidez se basará en información fiable y actualizada, y se …
---+330. Las autoridades competentes reflejarán el resultado de la evaluación del riesgo de liquidez en …

8.1 Consideraciones generales

8.1 Consideraciones generales

1. Resumen

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Título Regulación
324. Las autoridades competentes evaluarán y puntuarán los riesgos de liquidez que se hayan …

Las autoridades competentes evaluarán y puntuarán los riesgos de liquidez que se hayan identificado como materiales para la empresa de servicios de inversión, así como la gestión y los controles de estos riesgos por parte de la empresa de servicios de inversión.

325. El grado de formalidad y granularidad de la evaluación dependerá del tamaño de la empresa de …

El grado de formalidad y granularidad de la evaluación dependerá del tamaño de la empresa de servicios de inversión, su estructura y organización interna y la naturaleza, el alcance y la complejidad de sus actividades, así como de su riesgo para los clientes, el riesgo para el mercado y el riesgo para la empresa de servicios de inversión. En el caso de las empresas de servicios de inversión que no operan por cuenta propia, la evaluación será menos exhaustiva, mientras que en el caso de las empresas de servicios de inversión que operan por cuenta propia, la evaluación será más detallada y exhaustiva.

326. Las empresas de servicios de inversión que operan por cuenta propia llevarán a cabo una …

Las empresas de servicios de inversión que operan por cuenta propia llevarán a cabo una evaluación de la liquidez, incluida la liquidez intradía, de conformidad con el artículo 29, apartado 1, letra d), de la Directiva (UE) 2019/2034. En consecuencia, las autoridades competentes evaluarán exhaustivamente a las empresas de servicios de inversión que realizan en actividades de creación de mercado, tal como se definen en el artículo 2, apartado 1, letra k), del Reglamento (UE) n.º 236/2012, y evaluarán si dichas empresas de servicios de inversión incluyen elementos relevantes para ellas, como la evaluación del riesgo de liquidez intradía y la adecuación de los recursos líquidos disponibles.

327. Las autoridades competentes verificarán el cumplimiento por parte de la empresa de servicios …

Las autoridades competentes verificarán el cumplimiento por parte de la empresa de servicios de inversión de los requisitos mínimos de liquidez previstos en el Reglamento (UE) 2019/2033 y en la Directiva (UE) 2019/2034. Las autoridades competentes ampliarán el alcance de la evaluación para formarse una opinión completa del riesgo de liquidez.

328. Al realizar la evaluación del riesgo de liquidez, las autoridades competentes tendrán en …

Al realizar la evaluación del riesgo de liquidez, las autoridades competentes tendrán en cuenta todas las fuentes de información que se detallan a continuación, siempre que estén disponibles:

  • a. los resultados del análisis de los servicios y actividades prestados por la empresa de servicios de inversión y la información procedente del seguimiento de los indicadores clave, en particular cuando esto pueda ayudar a comprender las principales fuentes de riesgo de liquidez;

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  • b. la información de supervisión, y especialmente la información facilitada por la empresa de servicios de inversión en sus estados reservados, de conformidad con el artículo 54 del Reglamento (UE) 2019/2033;
  • c. cualquier informe periódico de la empresa de servicios de inversión, informe cuantitativo, informe de los estados financieros, informes internos, como los informes de gestión de la liquidez y cualquier otra información solicitada a la empresa de servicios de inversión por parte de la autoridad competente;
  • d. cualquier información procedente de la matriz de la empresa de servicios de inversión, si esta es una filial y está incluida en la supervisión sobre una base consolidada, y en particular la información sobre el riesgo de liquidez de las empresas de servicios de inversión que forman parte de un grupo bancario;
  • e. los resultados de las diferentes actividades supervisoras;
  • f. cualquier información del ILAAP de la empresa de servicios de inversión;
  • g. los resultados y observaciones de informes de auditoría interna o externa;
  • h. las recomendaciones y directrices emitidas por la ABE o la AEVM, así como avisos y recomendaciones emitidos por autoridades macroprudenciales o la JERS; y
  • i. los riesgos identificados en otras empresas de servicios de inversión que operan con un modelo de negocio similar.
329. La evaluación del riesgo de liquidez se basará en información fiable y actualizada, y se …

La evaluación del riesgo de liquidez se basará en información fiable y actualizada, y se tendrán en cuenta los resultados al realizar la evaluación del proceso de gestión del riesgo de liquidez.

330. Las autoridades competentes reflejarán el resultado de la evaluación del riesgo de liquidez en …

Las autoridades competentes reflejarán el resultado de la evaluación del riesgo de liquidez en un resumen de conclusiones que proporcione una explicación de los principales factores de riesgo, así como una puntuación del riesgo.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/