+4.2 Identificación, cálculo y asignación del capital
---+22. De conformidad con el artículo 73 de la Directiva 2013/36/UE, las entidades, al evaluar los …
---+23. Las entidades deberán demostrar que su capital interno es proporcional al nivel de IRRBB …
---+24. Al efectuar el análisis del importe de capital interno exigido por IRRBB dentro del ICAAP, las …
---+25. Las entidades no deberán basarse solo en las evaluaciones supervisoras de la adecuación del …
---+26. Las evaluaciones de la adecuación del capital por IRRBB deberán tener en cuenta lo siguiente …
---+27. Los resultados de la evaluación de la adecuación del capital por IRRBB deberán tenerse en …
---+28. Para calibrar el importe de capital interno por IRRBB, las entidades deberán usar sistemas de …
---+29. Las entidades que utilizan modelos de capital económico deberán asegurar que la asignación del …
---+30. Al considerar si se debe asignar a resultados capital interno por IRRBB, las entidades deberán …
---+31. Las entidades considerarán ajustar los colchones de capital interno cuando los resultados de …

4.2 Identificación, cálculo y asignación del capital

4.2 Identificación, cálculo y asignación del capital

1. Resumen

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Título Regulación
22. De conformidad con el artículo 73 de la Directiva 2013/36/UE, las entidades, al evaluar los …

De conformidad con el artículo 73 de la Directiva 2013/36/UE, las entidades, al evaluar los importes, tipos y distribución del capital interno, deberán basar la contribución del IRRBB a la evaluación global del capital interno en los resultados de los sistemas de medición internos de la entidad, teniendo en cuenta las principales hipótesis y los límites de riesgo. El nivel total de capital deberá ser proporcional tanto al nivel de riesgo real medido de la entidad (incluido el IRRBB) como a su apetito de riesgo, y se documentará debidamente en el informe sobre el proceso de evaluación de la adecuación del capital interno (informe del ICAAP).

23. Las entidades deberán demostrar que su capital interno es proporcional al nivel de IRRBB …

Las entidades deberán demostrar que su capital interno es proporcional al nivel de IRRBB, teniendo en cuenta el impacto sobre el capital interno de posibles variaciones del valor económico y de los resultados futuros de la entidad derivadas de las variaciones de los tipos de interés. Las entidades evitarán el doble cómputo al estimar su capital interno en base a sus métricas de valor económico y resultados.

24. Al efectuar el análisis del importe de capital interno exigido por IRRBB dentro del ICAAP, las …

Al efectuar el análisis del importe de capital interno exigido por IRRBB dentro del ICAAP, las entidades considerarán:

  • (a) el capital interno para riesgos para el valor económico que pudieran derivarse de movimientos adversos en los tipos de interés; y
  • (b) las necesidades de capital interno derivadas del impacto de las variaciones de los tipos de interés sobre la capacidad para generar resultados futuros, y las implicaciones resultantes para los niveles de los colchones de capital interno.
25. Las entidades no deberán basarse solo en las evaluaciones supervisoras de la adecuación del …

Las entidades no deberán basarse solo en las evaluaciones supervisoras de la adecuación del capital por IRRBB o en el resultado de las pruebas de valores atípicos supervisores (ver sección 4.5), sino que deberán desarrollar y usar sus propias metodologías para la asignación del capital, en función de su apetito de riesgo, su nivel de riesgo y sus políticas de gestión de riesgos. Al determinar el nivel apropiado de capital, las entidades deberán considerar tanto el importe como la calidad del capital necesario.

26. Las evaluaciones de la adecuación del capital por IRRBB deberán tener en cuenta lo siguiente …

Las evaluaciones de la adecuación del capital por IRRBB deberán tener en cuenta lo siguiente:

  • (a) el tamaño y el plazo de los límites internos aplicables a las exposiciones al IRRBB, y si dichos límites se alcanzan o no en el momento del cálculo del capital;
  • (b) el coste esperado de cubrir las posiciones abiertas cuyo fin es aprovechar las expectativas internas en relación con el nivel de los tipos de interés en el futuro;
  • (c) la sensibilidad de las medidas internas de IRRBB a las principales hipótesis o a hipótesis imperfectas utilizadas en el modelo;
  • (d) el impacto de los escenarios de perturbación y de tensión sobre las posiciones cuyo reprecio se determina utilizando índices de tipos de interés diferentes (riesgo de base);
  • (e) el impacto sobre el valor económico y los resultados [incluidos los efectos sobre la cartera a valor razonable con cambios en otro resultado global (FVOCI)] de las posiciones desajustadas en diferentes divisas;
  • (f) el impacto de las pérdidas y las ganancias implícitas;
  • (g) la distribución del capital en relación con los riesgos repartidos entre las distintas entidades jurídicas incluidas en el perímetro de consolidación prudencial del grupo, además de la adecuación del capital total a nivel consolidado;
  • (h) los factores determinantes del riesgo subyacente; y
  • (i) las circunstancias en las que el riesgo puede materializarse.
27. Los resultados de la evaluación de la adecuación del capital por IRRBB deberán tenerse en …

Los resultados de la evaluación de la adecuación del capital por IRRBB deberán tenerse en cuenta en el ICAAP de la entidad y utilizarse en las evaluaciones del capital asociado a las líneas de negocio.

28. Para calibrar el importe de capital interno por IRRBB, las entidades deberán usar sistemas de …

Para calibrar el importe de capital interno por IRRBB, las entidades deberán usar sistemas de medición y una variedad de escenarios de perturbación y de tensión de los tipos de interés adaptados al perfil de riesgo de la entidad para cuantificar la posible magnitud de cualquier efecto del IRRBB en condiciones adversas.

29. Las entidades que utilizan modelos de capital económico deberán asegurar que la asignación del …

Las entidades que utilizan modelos de capital económico deberán asegurar que la asignación del capital interno por IRRBB sea tenida debidamente en cuenta en la asignación del capital económico global y que cualquier hipótesis sobre diversificación esté documentada y se verifique su fiabilidad y estabilidad usando datos históricos relevantes para la propia entidad y para los mercados en los que opera. Los costes del capital económico pueden reasignarse a las unidades de negocio y a los productos para asegurar que los responsables de la gestión de los mismos conozcan adecuadamente todos sus costes.

30. Al considerar si se debe asignar a resultados capital interno por IRRBB, las entidades deberán …

Al considerar si se debe asignar a resultados capital interno por IRRBB, las entidades deberán tener en cuenta :

  • (a) la importancia relativa del margen de intermediación (MI) con respecto al beneficio neto total, y por lo tanto el impacto de las variaciones significativas sobre el margen de intermediación de un año a otro;
  • (b) los niveles reales que puede alcanzar el margen de intermediación en distintos escenarios (es decir, hasta qué punto los márgenes son lo suficientemente amplios como para absorber la volatilidad derivada de las posiciones en tipos de interés y los cambios en el coste de los pasivos);
  • (c) la posibilidad de incurrir en pérdidas reales bajo condiciones de tensión, o como resultado de cambios seculares en el entorno de mercado, p.ej. cuando pudiera ser necesario liquidar posiciones tomadas como inversión a largo plazo para estabilizar los resultados;
  • (d) la importancia relativa de los instrumentos sensibles a los tipos de interés (incluidos los derivados de tipos de interés) del banking book , donde los efectos potenciales se registran en la cuenta de resultados o directamente en el patrimonio neto (por ejemplo, a través de otro resultado global); y
  • (e) la fluctuación del margen de intermediación, la solidez y la estabilidad del flujo de resultados y el nivel de ingresos necesarios para generar y mantener las operaciones normales. Las entidades con un alto nivel de IRRBB que, dentro de un rango verosímil de escenarios de mercado, podría traducirse en pérdidas, en la limitación de la distribución normal de dividendos o en una disminución de las operaciones, garantizarán que disponen de suficiente capital para resistir el impacto adverso de estos escenarios.
31. Las entidades considerarán ajustar los colchones de capital interno cuando los resultados de …

Las entidades considerarán ajustar los colchones de capital interno cuando los resultados de sus pruebas de resistencia indiquen una posible reducción de los beneficios (y por consiguiente una menor capacidad de generación de capital) en escenarios de tensión.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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