+10. Evaluación supervisora de la gestión de NPE y exposiciones reestructuradas o refinanciadas
---+235. Como parte de su interacción continua con las entidades de crédito de conformidad con el PRES …
---+236. Si la autoridad competente concluye que la estrategia de NPE de una entidad de crédito carece …
---+237. Si el resultado de la evaluación de la autoridad competente es que la estrategia de NPE cumple …
---+238. Las autoridades competentes aplicarán la evaluación supervisora de manera proporcionada …
---+239. La proporcionalidad en términos de la evaluación supervisora de la estrategia de NPE de una …
---+240. Las autoridades competentes cuestionarán los siguientes elementos de las entidades de crédito …
---+241. Teniendo en cuenta la importancia de la detección precoz y la prevención del deterioro de la …
---+242. Las autoridades competentes evaluarán si las entidades de crédito: a) cuentan con una política …
---+243. Las autoridades competentes garantizarán que las entidades de crédito cuenten con …
---+244. Si las entidades de crédito informan de desviaciones importantes respecto al plan operativo de …
---+245. Los requisitos establecidos anteriormente con respecto a la evaluación supervisora de la …

10. Evaluación supervisora de la gestión de NPE y exposiciones reestructuradas o refinanciadas

10. Evaluación supervisora de la gestión de NPE y exposiciones reestructuradas o refinanciadas

1. Resumen

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Título Regulación
235. Como parte de su interacción continua con las entidades de crédito de conformidad con el PRES …

Como parte de su interacción continua con las entidades de crédito de conformidad con el PRES, las autoridades competentes supervisarán la aplicación de estas Directrices por parte de las entidades de crédito, en particular el desarrollo y la aplicación de estrategias de NPE y los marcos operativos y de gobernanza relacionados, tal como se describe en las secciones 4 y 5. Las evaluaciones de las autoridades competentes incluirán, entre otros aspectos, si la estrategia de NPE de la entidad de crédito:

  • a) está integrada en la estrategia global de la entidad de crédito y está sujeta a una gobernanza de NPE adecuada, incluido un marco de control y gestión de riesgos;
  • b) se basa en una autoevaluación creíble de las capacidades internas de la entidad de crédito;
  • c) tiene debidamente en cuenta el entorno operativo de la entidad de crédito, las condiciones externas y la situación del capital;
  • d) abarca plazos no solo a corto plazo, sino también a medio o largo plazo;
  • e) incluye objetivos de NPE cuantitativos con plazos determinados, realistas pero ambiciosos, y objetivos de activos adjudicados cuando corresponda, y está respaldada por un plan operativo.
236. Si la autoridad competente concluye que la estrategia de NPE de una entidad de crédito carece …

Si la autoridad competente concluye que la estrategia de NPE de una entidad de crédito carece claramente de uno o más de los elementos enumerados en las letras a) a e) del párrafo 235, se considerará una deficiencia grave de la estrategia de NPE. En este caso, las autoridades competentes exigirán la revisión inmediata de la estrategia de NPE.

237. Si el resultado de la evaluación de la autoridad competente es que la estrategia de NPE cumple …

Si el resultado de la evaluación de la autoridad competente es que la estrategia de NPE cumple ampliamente los requisitos de las letras a) a e) del párrafo 235, pero se identifican algunas deficiencias, la autoridad competente se asegurará de que las entidades de crédito presenten un plan de acción sobre cómo abordarlas y establezcan un marco de gestión de NPE efectivo y oportuno.

238. Las autoridades competentes aplicarán la evaluación supervisora de manera proporcionada …

Las autoridades competentes aplicarán la evaluación supervisora de manera proporcionada, teniendo en cuenta las especificidades de las entidades (por ejemplo, en términos de tamaño, naturaleza y complejidad). En sus evaluaciones del PRES de las estrategias de NPE y de la gobernanza y los marcos operativos correspondientes, las autoridades competentes también considerarán los modelos de negocio de las entidades, en particular cuando la única actividad de la entidad sea la compra y venta de NPE.

239. La proporcionalidad en términos de la evaluación supervisora de la estrategia de NPE de una …

La proporcionalidad en términos de la evaluación supervisora de la estrategia de NPE de una entidad más pequeña y menos compleja (por ejemplo, clasificada en las clases 3 o 4 del PRES34 ) se puede lograr ajustando la evaluación al marco de dedicación mínima del PRES, que garantiza un enfoque de supervisión basado en el riesgo y tiene en cuenta la importancia sistémica de las entidades internacionales y nacionales.


34 Se describe en la sección 2.1.1 «Clasificación de entidades» de las Directrices de la EBA sobre el PRES (EBA/GL/2014/13).

240. Las autoridades competentes cuestionarán los siguientes elementos de las entidades de crédito …

Las autoridades competentes cuestionarán los siguientes elementos de las entidades de crédito:

  • a) El plan operativo y las disposiciones organizativas, si se cumple alguno de los siguientes criterios:
  • i. Las autoridades competentes consideran que el marco para identificar, medir, gestionar, supervisar y atenuar las NPE y las FBE, incluido el reconocimiento temprano y las actividades de gestión, es inadecuado teniendo en cuenta el tamaño y la complejidad del problema de NPE en la entidad de crédito.
  • ii. No asigna o no prevé la asignación en el futuro de los recursos humanos y técnicos necesarios, y una cobertura adecuada por parte de las funciones de control interno.
  • iii. No describe adecuadamente la puesta en práctica del proceso de control de las NPE.
  • b) La estrategia de NPE, si la combinación de opciones estratégicas para las diferentes carteras y segmentos, incluidos los activos adjudicados, cuando corresponda, no conduce, en opinión de la autoridad, a la estrategia más efectiva y eficiente para la reducción de NPE.
  • c) La planificación de capital, si no establece adecuadamente la reducción de las NPE del balance según la estrategia de NPE y no incluye medidas adecuadas para garantizar que haya disponible una cantidad suficiente de capital y colchones de capital y una previsión oportuna y adecuada de deterioros y fallidos.
  • d) Un sistema de evaluación del desempeño, si los incentivos para el órgano de dirección y los directivos y el personal pertinentes carecen de elementos cuantitativos específicos vinculados a los objetivos de reducción de NPE definidos en la estrategia de NPE de la entidad de crédito.
241. Teniendo en cuenta la importancia de la detección precoz y la prevención del deterioro de la …

Teniendo en cuenta la importancia de la detección precoz y la prevención del deterioro de la calidad crediticia, las autoridades competentes evaluarán si los mecanismos de alerta temprana se aplican en los procedimientos internos de las entidades de crédito.

242. Las autoridades competentes evaluarán si las entidades de crédito: a) cuentan con una política …

Las autoridades competentes evaluarán si las entidades de crédito:

  • a) cuentan con una política de reestructuración y refinanciación y los procesos correspondientes para evaluar la viabilidad de las medidas de reestructuración y refinanciación y controlar su eficiencia y eficacia;
  • b) reconocen y clasifican las NPE y las FBE, incluidos los criterios de entrada y salida, de forma coherente en todo el grupo y sobre la base de las definiciones del anexo V del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 680/2014 de la Comisión;
  • c) cuentan con políticas y metodologías para garantizar la medición de los deterioros y los fallidos a fin de reconocerlos de manera oportuna.
243. Las autoridades competentes garantizarán que las entidades de crédito cuenten con …

Las autoridades competentes garantizarán que las entidades de crédito cuenten con procedimientos y políticas escritas apropiadas en relación con la valoración de los bienes, tal como se describe en la sección 9. En particular, las autoridades competentes verificarán que estas políticas cubran todos los tipos de bienes muebles e inmuebles que se utilizan para asegurar las exposiciones crediticias, los criterios para la aplicación de la valoración individual frente a la indexada y los requisitos con respecto a los tasadores admisibles.

244. Si las entidades de crédito informan de desviaciones importantes respecto al plan operativo de …

Si las entidades de crédito informan de desviaciones importantes respecto al plan operativo de acuerdo con la sección 4.4, las autoridades competentes evaluarán si las medidas de recuperación propuestas son suficientes para corregir dicha desviación. Si la autoridad competente manifiesta su preocupación por la efectividad de las acciones propuestas, exigirá medidas adicionales a la entidad de crédito.

245. Los requisitos establecidos anteriormente con respecto a la evaluación supervisora de la …

Los requisitos establecidos anteriormente con respecto a la evaluación supervisora de la gestión de NPE y FBE complementan y especifican la evaluación de las NPE y las FBE como parte de la gestión del riesgo de crédito establecida en las Directrices de la EBA sobre procedimientos y metodologías comunes para el PRES. Los resultados de esta evaluación supervisora se incluirán en la evaluación del riesgo de crédito según el título 6.2 de las Directrices de la EBA sobre procedimientos y metodologías comunes para el PRES y fundamentarán las puntuaciones de riesgo de crédito.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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