+Ámbito de aplicación
---+6. Estas directrices se aplican a las entidades definidas en el artículo 4, apartado 1, punto 3 del …
---+7. Estas directrices se aplican a los mecanismos y procedimientos de gobierno interno de las …
---+8. Las secciones 4 y 8 se aplican a todo riesgo de crédito que asumen las entidades, excluidos los …
---+9. Las secciones 5 y 6 se aplican a los préstamos a consumidores, microempresas y pequeñas …
---+10. Las autoridades competentes podrán considerar la posibilidad de aplicar las secciones 6 y 7 a …
---+11. En el contexto de los préstamos para bienes inmuebles, cuando un inmueble sea de uso mixto, por …
---+12. Las autoridades competentes se asegurarán de que las entidades apliquen estas directrices a …

Ámbito de aplicación

Ámbito de aplicación

1. Resumen

,
Título Regulación
6. Estas directrices se aplican a las entidades definidas en el artículo 4, apartado 1, punto 3 del …

Estas directrices se aplican a las entidades definidas en el artículo 4, apartado 1, punto 3 del Reglamento (UE) n.º 575/2013. Cuando el préstamo entra dentro del ámbito de aplicación de la Directiva 2014/17/UE (Directiva sobre créditos hipotecarios, DCH), la sección 5 se aplica a los acreedores, según se definen en el artículo 4, apartado 2, de esta Directiva, salvo en lo que concierne al punto 93. Cuando el préstamo entra dentro del ámbito de aplicación de la Directiva 2008/48/CE (Directiva relativa a los contratos de crédito al consumo, DCC), la sección 5 se aplica a los acreedores, según se definen en el artículo 3, letra b), de la citada Directiva, salvo en lo que concierne al punto 93.

7. Estas directrices se aplican a los mecanismos y procedimientos de gobierno interno de las …

Estas directrices se aplican a los mecanismos y procedimientos de gobierno interno de las entidades en relación con sus procesos de concesión de créditos, a lo largo de todo el ciclo de vida de las operaciones de crédito. Además, estas directrices se aplican a las prácticas, políticas, procesos y procedimientos de gestión de riesgos utilizados para la concesión de préstamos y el seguimiento de exposiciones no dudosas, así como a su integración en los marcos globales de gestión y gestión de riesgos.

8. Las secciones 4 y 8 se aplican a todo riesgo de crédito que asumen las entidades, excluidos los …

Las secciones 4 y 8 se aplican a todo riesgo de crédito que asumen las entidades, excluidos los asociados a títulos de deuda, derivados y operaciones de financiación de valores.

9. Las secciones 5 y 6 se aplican a los préstamos a consumidores, microempresas y pequeñas …

Las secciones 5 y 6 se aplican a los préstamos a consumidores, microempresas y pequeñas empresas, así como a empresas medianas y grandes. Las secciones 5 y 6 no se aplican a los préstamos y anticipos concedidos a entidades de crédito, empresas de servicios de inversión, entidades financieras, empresas de seguros y reaseguros y bancos centrales, ni a los préstamos y anticipos soberanos, incluidos los concedidos a gobiernos centrales, autoridades regionales y locales y entidades del sector público. Las secciones 5 y 6 no se aplican a préstamos reestructurados o refinanciados y dudosos.

10. Las autoridades competentes podrán considerar la posibilidad de aplicar las secciones 6 y 7 a …

Las autoridades competentes podrán considerar la posibilidad de aplicar las secciones 6 y 7 a los acreedores que entren dentro del ámbito de aplicación de la Directiva 2014/17/UE y la Directiva 2008/48/CE y no sean entidades de crédito.

11. En el contexto de los préstamos para bienes inmuebles, cuando un inmueble sea de uso mixto, por …

En el contexto de los préstamos para bienes inmuebles, cuando un inmueble sea de uso mixto, por ejemplo, de uso residencial y comercial, se clasificará de acuerdo con su uso dominante o se considerarán inmuebles separados, en función de la superficie dedicada a cada uso. Si no es posible llevar a cabo una evaluación objetiva (p. ej., si determinadas partes del inmueble son de uso común de todos los ocupantes), el inmueble podrá clasificarse con arreglo a su uso dominante.

12. Las autoridades competentes se asegurarán de que las entidades apliquen estas directrices a …

Las autoridades competentes se asegurarán de que las entidades apliquen estas directrices a nivel individual, subconsolidado y consolidado, de acuerdo con el artículo 109 de la Directiva 2013/36/UE, a menos que utilicen las exenciones definidas en los artículos 21 y 109 de la Directiva 2013/36/UE. Asimismo, las autoridades competentes se cerciorarán de que las entidades apliquen estas directrices a nivel subconsolidado e individual, en consonancia con las políticas y prácticas del grupo a nivel consolidado, teniendo en cuenta las características de dichas entidades y sus carteras crediticias.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/