+8. Tamaño de la posición a excluir
---+30. El tamaño de una posición a excluir con arreglo al artículo 352, apartado 2, del Reglamento …
---+31. La entidad calculará la máxima posición abierta neta con arreglo a las siguientes fórmulas: (a) …
---+32. Las entidades solo podrán aplicar simplificaciones al calcular la máxima posición abierta neta …
---+33. Cuando el tamaño de la posición que la entidad ha tomado para la cobertura de la ratio es …
---+34. Cuando el tamaño de la posición que la entidad ha tomado para la cobertura de la ratio es …
---+35. Las posiciones de cambio correspondientes a partidas no monetarias que se mantengan a coste …

8. Tamaño de la posición a excluir

8. Tamaño de la posición a excluir

1. Resumen

,
Título Regulación
30. El tamaño de una posición a excluir con arreglo al artículo 352, apartado 2, del Reglamento …

El tamaño de una posición a excluir con arreglo al artículo 352, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 575/2013 se determinará de conformidad con el siguiente proceso:

  • (a) calculando primero la máxima posición abierta neta en la moneda relevante, de conformidad con el párrafo 31;

10

  • (b) comparándola después con el tamaño de la posición estructural que la entidad haya tomado para cubrir la ratio y, en función de ese tamaño, aplicando el párrafo 33 o el párrafo 34.
31. La entidad calculará la máxima posición abierta neta con arreglo a las siguientes fórmulas: (a) …

La entidad calculará la máxima posición abierta neta con arreglo a las siguientes fórmulas:

(a) cuando la ordinario,deentidad 𝑅𝑅𝑅𝑅𝐴𝐴tenga por objeto la cobertura de la ratio de capital de nivel 1 conformidad con la siguiente fórmula: 𝑁𝑁𝑁𝑁𝐹𝐹𝑋𝑋 𝐹𝐹𝐹𝐹 (1,01 ∙ 𝐹𝐹𝑋𝑋 𝐹𝐹𝐹𝐹 ) −𝑅𝑅𝑅𝑅𝐴𝐴 𝑁𝑁𝑁𝑁𝐹𝐹𝑋𝑋 𝐹𝐹𝐹𝐹 ( 𝐹𝐹𝑋𝑋 𝐹𝐹𝐹𝐹 )

𝑀𝑀 á 𝑥𝑥𝑥𝑥𝑃𝑃 𝐹𝐹𝐹𝐹 = 𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶 1 ∙ 𝑅𝑅𝑅𝑅𝐴𝐴 0,01 𝑁𝑁𝑁𝑁𝐹𝐹𝑋𝑋 ∙ 𝐹𝐹𝐹𝐹 𝐹𝐹𝑋𝑋 ( 𝐹𝐹𝑋𝑋 𝐹𝐹𝐹𝐹 𝐹𝐹𝐹𝐹 )

donde:

= la moneda de la posición estructural;

𝐹𝐹𝐶𝐶=la máxima posición abierta neta, expresada en moneda extranjera ;

𝑀𝑀 á 𝑥𝑥𝑥𝑥𝑃𝑃 = 𝐹𝐹𝐹𝐹 el capital ordinario de nivel 1 de la entidad, expresado en la moneda 𝐹𝐹𝐶𝐶 de

reporting ; 𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶𝐶 1

= el 𝐹𝐹𝑋𝑋 extranjera 𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐶𝐶tipode cambio de contado entre la moneda de reporting y la moneda de la posición estructural; = importe total de la exposición ponderada por riesgo expresado en la

moneda 𝑅𝑅𝑅𝑅𝐴𝐴 𝑁𝑁𝑁𝑁𝐹𝐹𝑋𝑋 de 𝐹𝐹𝐹𝐹 (.) reporting , calculado de conformidad con el artículo 92, apartado 3, del Reglamento (UE) n.º 575/2013, excluidos los requerimientos de fondos propios por riesgo de tipo de cambio para todas las posiciones que estén expresadas en esa moneda extranjera ;

  • (b) cuando la entidad tenga 𝐹𝐹𝐶𝐶 por objeto la cobertura de la ratio de capital de nivel 1, de

conformidad con la siguiente fórmula:

𝑅𝑅𝑅𝑅𝐴𝐴 𝑁𝑁𝑁𝑁𝐹𝐹𝑋𝑋 𝐹𝐹𝐹𝐹 (1,01 ∙ 𝐹𝐹𝑋𝑋 𝐹𝐹𝐹𝐹 ) −𝑅𝑅𝑅𝑅𝐴𝐴 𝑁𝑁𝑁𝑁𝐹𝐹𝑋𝑋 𝐹𝐹𝐹𝐹 ( 𝐹𝐹𝑋𝑋 𝐹𝐹𝐹𝐹 )

𝑀𝑀 á 𝑥𝑥𝑥𝑥𝑃𝑃 𝐹𝐹𝐹𝐹 = 𝐶𝐶 1 ∗ 𝑅𝑅𝑅𝑅𝐴𝐴 0,01 𝑁𝑁𝑁𝑁𝐹𝐹𝑋𝑋 ∙ 𝐹𝐹𝐹𝐹 𝐹𝐹𝑋𝑋 ( 𝐹𝐹𝑋𝑋 𝐹𝐹𝐹𝐹 𝐹𝐹𝐹𝐹 ) −𝐴𝐴𝐶𝐶 1 𝐹𝐹𝐹𝐹

donde:

= la moneda de la posición estructural;

𝐹𝐹𝐶𝐶=la máxima posición abierta neta, expresada en la moneda extranjera;

𝑀𝑀 á 𝑥𝑥𝑥𝑥𝑃𝑃 = el capital 𝐹𝐹𝐹𝐹 de nivel 1 de la entidad, expresado en la moneda de reporting ;

𝐶𝐶 1 11

= el 𝐹𝐹𝑋𝑋 extranjera 𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐶𝐶tipode cambio de contado entre la moneda de reporting y la moneda ; = importe total de la exposición ponderada por riesgo expresado en la

moneda 𝑅𝑅𝑅𝑅𝐴𝐴 𝑁𝑁𝑁𝑁𝐹𝐹𝑋𝑋 de 𝐹𝐹𝐹𝐹 (.) reporting , calculado de conformidad con el artículo 92, apartado 3, del Reglamento (UE) n.º 575/2013, excluidos los requerimientos de fondos propios por riesgo de tipo de cambio para todas las posiciones que estén expresadas en esa moneda extranjera ;

= el valor obtenido 𝐹𝐹𝐶𝐶 de acuerdo con la fórmula siguiente:

𝐴𝐴𝐶𝐶 1 𝐹𝐹𝐹𝐹

donde: 𝐴𝐴𝐶𝐶 1 𝐹𝐹𝐹𝐹 = 𝑉𝑉 𝐴𝐴𝐶𝐶1 ( 1,01 0,01 ∙𝐹𝐹𝑋𝑋 𝐹𝐹𝐶𝐶 ∙𝐹𝐹𝑋𝑋 ) −𝑉𝑉 𝐹𝐹𝐶𝐶 𝐴𝐴𝐶𝐶1 ( 𝐹𝐹𝑋𝑋 𝐹𝐹𝐶𝐶 )

= el valor de la cartera, expresado en la moneda de reporting , constituida

𝑉𝑉 por 𝐴𝐴𝑇𝑇1 todos los instrumentos de capital de nivel 1 adicional emitidos por la entidad;

  • (c) cuando la entidad tenga por objeto cubrir la ratio de capital total, de acuerdo con la siguiente fórmula:
𝑅𝑅𝑅𝑅𝐴𝐴 𝑁𝑁𝑁𝑁𝐹𝐹𝑋𝑋 𝐹𝐹𝐹𝐹 (1,01 ∙ 𝐹𝐹𝑋𝑋 𝐹𝐹𝐹𝐹 ) −𝑅𝑅𝑅𝑅𝐴𝐴 𝑁𝑁𝑁𝑁𝐹𝐹𝑋𝑋 𝐹𝐹𝐹𝐹 ( 𝐹𝐹𝑋𝑋 𝐹𝐹𝐹𝐹 )

𝑀𝑀 á 𝑥𝑥𝑥𝑥𝑃𝑃 𝐹𝐹𝐹𝐹 = 𝑥𝑥𝐹𝐹∗ 𝑅𝑅𝑅𝑅𝐴𝐴 0,01 𝑁𝑁𝑁𝑁𝐹𝐹𝑋𝑋 ∙ 𝐹𝐹𝐹𝐹 𝐹𝐹𝑋𝑋 ( 𝐹𝐹𝑋𝑋 𝐹𝐹𝐹𝐹 𝐹𝐹𝐹𝐹 ) −𝐴𝐴𝐶𝐶 1 𝐹𝐹𝐹𝐹 −𝐶𝐶 2 𝐹𝐹𝐹𝐹

donde:

= los fondos propios de la entidad, expresados en la moneda de reporting ;

𝑥𝑥𝐹𝐹=la máxima posición abierta neta, expresada en la moneda extranjera;

𝑀𝑀 á 𝑥𝑥𝑥𝑥𝑃𝑃 𝐹𝐹𝐹𝐹 = el importe total de la exposición ponderada por riesgo expresado en

la 𝑅𝑅𝑅𝑅𝐴𝐴 moneda 𝑁𝑁𝑁𝑁𝐹𝐹𝑋𝑋 𝐹𝐹𝐹𝐹 de (.) reporting , calculado de conformidad con el artículo 92, apartado 3, del Reglamento (UE) n.º 575/2013, excluidos los requerimientos de fondos propios por riesgo de tipo de cambio para todas las posiciones que estén en la moneda extranjera de la posición estructural;

𝐹𝐹𝐶𝐶 = eltipode cambio de contado entre la moneda de reporting y la moneda

𝐹𝐹𝑋𝑋 extranjera 𝐹𝐹𝐹𝐹 de la posición estructural;

= el 𝐹𝐹𝐶𝐶 valor obtenido de acuerdo con la fórmula siguiente:

𝐴𝐴𝐶𝐶 1 𝐹𝐹𝐹𝐹 12 donde: 𝐴𝐴𝐶𝐶 1 𝐹𝐹𝐹𝐹 = 𝑉𝑉 𝐴𝐴𝐶𝐶1 ( 1,01 ∙𝐹𝐹𝑋𝑋 0,01 𝐹𝐹𝐶𝐶 ∙𝐹𝐹𝑋𝑋 ) −𝑉𝑉 𝐹𝐹𝐶𝐶 𝐴𝐴𝐶𝐶1 ( 𝐹𝐹𝑋𝑋 𝐹𝐹𝐶𝐶 )

= el valor de la cartera, expresado en la moneda de reporting , constituida

𝑉𝑉 por 𝐴𝐴𝑇𝑇1 todos los instrumentos de capital de nivel 1 adicional emitidos por la entidad;

= el valor obtenido de acuerdo con la fórmula siguiente:

𝐶𝐶 2 𝐹𝐹𝐹𝐹

donde: 𝐶𝐶 2 𝐹𝐹𝐹𝐹 = 𝑉𝑉 𝐶𝐶2 ( 1,01 ∙𝐹𝐹𝑋𝑋 0,01 𝐹𝐹𝐶𝐶 ∙𝐹𝐹𝑋𝑋 ) −𝑉𝑉 𝐹𝐹𝐶𝐶 𝐶𝐶2 ( 𝐹𝐹𝑋𝑋 𝐹𝐹𝐶𝐶 )

= el valor de la cartera, expresado en la moneda de reporting, constituida

por 𝑉𝑉 𝑇𝑇2 todos los instrumentos de capital de nivel 2 emitidos por la entidad.

32. Las entidades solo podrán aplicar simplificaciones al calcular la máxima posición abierta neta …

Las entidades solo podrán aplicar simplificaciones al calcular la máxima posición abierta neta de conformidad con el párrafo 31 cuando se cumplan las dos condiciones siguientes:

  • (a) pueden mostrar el efecto de tales simplificaciones sobre el valor de la máxima posición abierta neta;
  • (b) el efecto de las simplificaciones contempladas en la letra a) no supone una sobreestimación de la máxima posición abierta neta.
33. Cuando el tamaño de la posición que la entidad ha tomado para la cobertura de la ratio es …

Cuando el tamaño de la posición que la entidad ha tomado para la cobertura de la ratio es inferior a la máxima posición abierta neta, deberá excluirse toda la posición estructural del cálculo de la posición abierta neta.

34. Cuando el tamaño de la posición que la entidad ha tomado para la cobertura de la ratio es …

Cuando el tamaño de la posición que la entidad ha tomado para la cobertura de la ratio es superior a la máxima posición abierta neta, solo se excluirá del cálculo de la posición abierta neta la parte de la posición estructural que equivale en tamaño a la máxima posición abierta neta.

35. Las posiciones de cambio correspondientes a partidas no monetarias que se mantengan a coste …

Las posiciones de cambio correspondientes a partidas no monetarias que se mantengan a coste histórico, las partidas que se hayan deducido de los fondos propios de la entidad y las partidas que puedan dar lugar a ganancias o pérdidas que no afecten al capital de nivel 1 ordinario no deberán tenerse en cuenta a efectos del párrafo 33 y del párrafo 34, y deberán excluirse del cálculo de la posición abierta neta, además de la posición que ha sido excluida de conformidad con dichos párrafos.

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1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/