+18. Evaluación de la idoneidad de los miembros del órgano de administración a título individual
---+145. Las entidades exigirán a los miembros del órgano de administración que demuestren su idoneidad …
---+146. Como parte de la evaluación de idoneidad de un miembro del órgano de administración a título …
---+147. Cuando haya alguna cuestión que genere dudas sobre la idoneidad de un miembro del órgano de …
---+148. Las entidades deberán dejar documentada la descripción del puesto para el que se realizó la …
|
18. Evaluación de la idoneidad de los miembros del órgano de administración a título individual
18. Evaluación de la idoneidad de los miembros del órgano de administración a título individual
1. Resumen
| Título |
Regulación |
|
145. Las entidades exigirán a los miembros del órgano de administración que demuestren su idoneidad …
|
Las entidades exigirán a los miembros del órgano de administración que demuestren su idoneidad proporcionando, al menos, la documentación requerida por las autoridades competentes para evaluar su idoneidad, de conformidad con el Título VIII y el anexo III de estas Directrices.
|
|
146. Como parte de la evaluación de idoneidad de un miembro del órgano de administración a título …
|
Como parte de la evaluación de idoneidad de un miembro del órgano de administración a título individual, las entidades deberán: - a. recopilar información sobre la idoneidad del miembro a través de diversos canales e instrumentos (por ejemplo, diplomas y certificados, cartas de recomendación, currículum vítae, entrevistas, cuestionarios);
- b. recopilar información sobre la honorabilidad, integridad y honestidad de la persona evaluada, incluida la evaluación de si existen motivos razonables para sospechar que se está cometiendo, se ha cometido o se ha intentado cometer blanqueo de capitales o financiación del terrorismo o que el riesgo de que se cometa podría aumentar;
- c. evaluar la independencia de ideas de la persona evaluada;
- d. requerir que la persona evaluada corrobore que la información facilitada es exacta y que proporcione justificantes, cuando sea necesario;
- e. requerir que la persona evaluada declare cualquier conflicto de interés real y potencial;
- f. validar, en la medida de lo posible, la exactitud de la información proporcionada por la persona evaluada;
- g. evaluar dentro del órgano de administración en su función de supervisión o, si se ha constituido, el comité de nombramientos, los resultados de la evaluación; y
- h. cuando sea necesario, adoptar medidas correctivas para garantizar la idoneidad individual de los miembros del órgano de administración, de acuerdo con el apartado 22.
|
|
147. Cuando haya alguna cuestión que genere dudas sobre la idoneidad de un miembro del órgano de …
|
Cuando haya alguna cuestión que genere dudas sobre la idoneidad de un miembro del órgano de administración, se efectuará una evaluación de cómo estas dudas afectan a la idoneidad de esa persona. En esta evaluación, las entidades deberían tener en cuenta la existencia de motivos razonables para sospechar que se está cometiendo, se ha cometido o se ha intentado cometer blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, o que podría aumentar el riesgo de que se cometa.
|
|
148. Las entidades deberán dejar documentada la descripción del puesto para el que se realizó la …
|
Las entidades deberán dejar documentada la descripción del puesto para el que se realizó la evaluación, detallando el papel de dicho puesto dentro de la entidad, y especificarán los resultados de la evaluación de idoneidad en relación con los siguientes criterios: - a. dedicación de tiempo suficiente;
- b. cumplimiento de los miembros del órgano de administración que ocupan un cargo en una entidad DRC significativa con la limitación de cargos establecida en el artículo 91, apartado 3, de la Directiva 2013/36/UE;
- c. conocimientos, competencias y experiencia suficientes;
- d. honorabilidad, honestidad e integridad;
- e. independencia de ideas.
|
,
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
|