+10.2 Evaluación global del PRES
---+371. Para determinar la evaluación global del PRES, las autoridades competentes considerarán los …
---+372. Basándose en estas consideraciones, las autoridades competentes determinarán la viabilidad de …
---+373. Basándose en esta determinación, las autoridades competentes: 116 a. adoptarán cualquier …
---+374. La evaluación global del PRES se reflejará en una puntuación de la viabilidad basada en las …
---+375. Cuando se determine que una empresa de servicios de inversión es «inviable o es probable que …

10.2 Evaluación global del PRES

10.2 Evaluación global del PRES

1. Resumen

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Título Regulación
371. Para determinar la evaluación global del PRES, las autoridades competentes considerarán los …

Para determinar la evaluación global del PRES, las autoridades competentes considerarán los resultados de las evaluaciones de los elementos del PRES, en concreto:

  • a. los riesgos a los que está o puede estar expuesta la empresa de servicios de inversión;
  • b. la posibilidad de que la gobernanza, las deficiencias de control y/o la estrategia o el modelo de negocio de la empresa de servicios de inversión puedan aumentar o reducir estos riesgos, o bien exponer a la empresa de servicios de inversión a nuevas fuentes de riesgo;
  • c. si los fondos propios y la liquidez de la empresa de servicios de inversión ofrecen una cobertura sólida de estos riesgos; y
  • d. el potencial de interacción positiva y negativa entre los elementos (las autoridades competentes pueden considerar una posición de capital sólida como un posible factor mitigador de determinadas preocupaciones identificadas en el área de liquidez y financiación, o, por el contrario, que una posición de capital débil puede aumentar las preocupaciones en dicha área).
372. Basándose en estas consideraciones, las autoridades competentes determinarán la viabilidad de …

Basándose en estas consideraciones, las autoridades competentes determinarán la viabilidad de la empresa de servicios de inversión, definida como su proximidad a un punto a partir del cual ya no será viable sobre la base de la adecuación de sus fondos propios y de la liquidez, de la gobernanza, los controles y/o la estrategia o el modelo de negocio para cubrir los riesgos a los que está o puede estar expuesta.

373. Basándose en esta determinación, las autoridades competentes: 116 a. adoptarán cualquier …

Basándose en esta determinación, las autoridades competentes:

116

  • a. adoptarán cualquier medida de supervisión necesaria para abordar las preocupaciones;
  • b. determinarán los futuros recursos y planificaciones de supervisión de la empresa de servicios de inversión, incluida la conveniencia de planificar actividades de supervisión específicas para la empresa de servicios de inversión;
  • c. si procede, determinarán la necesidad de medidas de actuación temprana como se especifica en el artículo 27 de la Directiva 2014/59/UE; y
  • d. determinarán si se puede considerar que la empresa de servicios de inversión "es inviable o es probable que lo vaya a ser".
374. La evaluación global del PRES se reflejará en una puntuación de la viabilidad basada en las …

La evaluación global del PRES se reflejará en una puntuación de la viabilidad basada en las consideraciones especificadas en el cuadro 12 y se documentará claramente en un resumen de la evaluación global del PRES. Dicho resumen anual incluirá también la puntuación global del PRES y las puntuaciones de los distintos elementos del PRES, así como cualquier resultado de supervisión obtenido en el transcurso de los doce meses anteriores.

Cuadro 12. Consideraciones supervisoras para asignar la puntuación global del PRES

375. Cuando se determine que una empresa de servicios de inversión es «inviable o es probable que …

Cuando se determine que una empresa de servicios de inversión es «inviable o es probable que lo vaya a ser», como refleja una puntuación global del PRES de «F», las autoridades competentes, si procede, se pondrán en contacto con las autoridades de resolución para consultar los resultados siguiendo el procedimiento especificado en el artículo 32 de la Directiva 2014/59/UE. En el caso de las empresas de servicios de inversión que no están sujetas a la Directiva 2014/59/UE, pero que se ha determinado que son

22 En particular, la autoridad competente considera que (1) la empresa de servicios de inversión incumple, o existen elementos objetivos que apoyan la determinación de que la empresa de servicios de inversión incumplirá, en un futuro próximo, los requisitos para continuar con su autorización de una manera que justificaría la retirada de la autorización por parte de la autoridad competente, por razones que incluyen, entre otras, el hecho de que la empresa de servicios de inversión haya incurrido o es probable que incurra en pérdidas que agotarán la totalidad o una parte significativa de sus propios fondos; (2) los activos de la empresa de servicios de inversión sean o existan elementos objetivos que apoyen la determinación de que los activos de la empresa de servicios de inversión serán, en un futuro próximo, inferiores a sus pasivos; o (3) la empresa de servicios de inversión sea, o existan elementos objetivos que apoyen la determinación de que la empresa de servicios de inversión será, en un futuro próximo, incapaz de pagar sus deudas u otros pasivos a su vencimiento. En el artículo 32, apartado 4, letra d), de la Directiva 2014/59/UE también se identifican los criterios relacionados con ayuda pública financiera extraordinaria para determinar si una empresa de servicios de inversión es inviable o es probable que lo vaya a ser, pero estos criterios no se consideran a efectos del PRES y de la determinación adoptada por las autoridades competentes. 119 inviables o es probable que lo vayan a ser, las autoridades competentes reforzarán su interacción con la empresa de servicios de inversión para asegurar su liquidación ordenada.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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