+18. Para la evaluación de la ausencia de motivos razonables para sospechar que se está cometiendo o …

18. Para la evaluación de la ausencia de motivos razonables para sospechar que se está cometiendo o …

Para la evaluación de la ausencia de motivos razonables para sospechar que se está cometiendo

  • o intentando cometer blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, las autoridades competentes deberán aplicar la metodología establecida en el Título II, Capítulo 3, Sección 14 de las Directrices conjuntas de las AES sobre HQ, sobre Sospecha de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo por parte del adquirente potencial - quinto criterio de evaluación. Además, las autoridades competentes aplicarán el párrafo 28 de las presentes directrices conjuntas siempre que los fondos para la adquisición de las participaciones cualificadas consistan en criptoactivos o siempre que se deriven del canje de criptoactivos por moneda fiduciaria.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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