+Ámbito de aplicación
---+6. Las presentes directrices se aplican en relación con la supervisión prudencial de las entidades …
---+7. A efectos del apartado 6, la expresión «miembros del personal» debería entenderse que incluye a …
---+8. A efectos del apartado 6, cuando las tareas de gestión cotidiana de la función supervisora de la …
---+9. Cuando el órgano colegiado de decisión de mayor rango de la autoridad competente no establezca …
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Ámbito de aplicación
Ámbito de aplicación
1. Resumen
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Regulación |
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6. Las presentes directrices se aplican en relación con la supervisión prudencial de las entidades …
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Las presentes directrices se aplican en relación con la supervisión prudencial de las entidades de crédito por parte de las autoridades competentes con arreglo a la Directiva 2013/36/UE, incluidas las medidas relativas a la independencia y a la gestión de los conflictos de intereses de los miembros del personal y de los miembros de los órganos de gobierno de las autoridades competentes.
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7. A efectos del apartado 6, la expresión «miembros del personal» debería entenderse que incluye a …
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A efectos del apartado 6, la expresión «miembros del personal» debería entenderse que incluye a todas las personas que mantengan una relación laboral con la autoridad competente y que participen directamente en la función supervisora o en la adopción de decisiones relacionadas con la misma, incluido el personal que desempeñe funciones horizontales o transversales, a efectos del cumplimiento de las funciones y obligaciones previstas en la Directiva 2013/36/UE y en el Reglamento (UE) n.º 575/20134 o, en el caso del Banco Central Europeo, en el Reglamento (UE) n.º 1024/2013. Las autoridades competentes también 2 Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE. Texto pertinente a efectos del EEE (DO L 176 de 27.6.2013, p. 338). 3 JC 2023 17 Joint ESAs Supervisory Independence criteria.pdf 4 Reglamento (UE) n.º 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 648/2012 (DO L 176 de 27.6.2013, p. 1). deberían aplicar las presentes directrices a las personas adscritas temporalmente a una autoridad competente en relación con las actividades o funciones antes mencionadas, mediante la adopción de las medidas adecuadas. Las autoridades competentes podrán ampliar la aplicación de estas directrices a las personas que no formen parte de su plantilla que desempeñen funciones de supervisión para la autoridad competente en régimen contractual y/o establecer acuerdos adecuados con los proveedores de servicios.
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8. A efectos del apartado 6, cuando las tareas de gestión cotidiana de la función supervisora de la …
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A efectos del apartado 6, cuando las tareas de gestión cotidiana de la función supervisora de la autoridad competente se confíen a un director ejecutivo o a un cargo similar por debajo del nivel del órgano colegiado de decisión de mayor rango al que se refiere el artículo 4 bis , apartado 1, de la Directiva 2013/36/UE, o a miembros de otro órgano colegiado, las presentes directrices deberían aplicarse a los miembros ejecutivos del órgano colegiado de decisión de mayor rango que puedan dar instrucciones a dicho director ejecutivo o a los miembros de ese otro órgano colegiado.
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9. Cuando el órgano colegiado de decisión de mayor rango de la autoridad competente no establezca …
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Cuando el órgano colegiado de decisión de mayor rango de la autoridad competente no establezca una distinción entre los miembros facultados para ejercer funciones ejecutivas en relación con la gestión cotidiana de la función supervisora y los que no lo están, o no prevea una asignación de tareas y facultades de decisión para dichos miembros, las presentes directrices deberían aplicarse a todos los miembros de dicho órgano de decisión de mayor rango, con exclusión de los gobernadores de los bancos centrales.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
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