+4. Las presentes directrices no son de aplicación en aquellos casos en los que una entidad reciba …
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4. Las presentes directrices no son de aplicación en aquellos casos en los que una entidad reciba …
Las presentes directrices no son de aplicación en aquellos casos en los que una entidad reciba una queja - o re clamación referente a:
- a. actividades distintas de las supervisadas por las «autoridades competentes» con arreglo al artículo 4, apartado 3, del Reglamento de la ESMA; el artículo 4, apartado 2, del Reglamento de la ABE; o el artículo 5 de la Directiva de créditos hipotecarios, o
- b. actividades de otra entidad respecto a la que la entidad de que se trate carezca de responsabilidad jurídica o reglamentaria (y en los casos en que tales actividades constituyan el fondo de la queja o reclamación).
No obstante, la entidad deberá responder, siempre que sea posible, explicando su posición respecto a la queja o reclamación y, en su caso, facilitando los datos de la entidad o institución financiera responsable de gestionar la queja o reclamación. Cumplimiento, obligación de notificación y fecha de aplicación
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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