+CAPÍTULO II TRANSPARENCIA DE LAS POSICIONES CORTAS NETAS
---+Artículo 5 Notificación a las autoridades competentes de las posiciones cortas netas significativas en acciones
------+Artículo 5 1.
------+Artículo 5 2.
------+Artículo 5 3.
------+Artículo 5 4.
---+Artículo 6 Publicación de las posiciones cortas netas significativas en acciones
------+Artículo 6 1.
------+Artículo 6 2.
------+Artículo 6 3.
------+Artículo 6 4.
------+Artículo 6 5.
---+Artículo 7 Notificación a las autoridades competentes de las posiciones cortas netas significativas en deuda soberana
------+Artículo 7 1.
------+Artículo 7 2.
------+Artículo 7 3.
---+Artículo 8 Notificación a las autoridades competentes de una posición descubierta en una permuta de cobertura por impago soberano
---+Artículo 9 Método de notificación y publicación
------+Artículo 9 1.
------+Artículo 9 2.
------+Artículo 9 3.
------+Artículo 9 4.
------+Artículo 9 5.
------+Artículo 9 6.
---+Artículo 10 Aplicación de los requisitos de notificación y publicación
---+Artículo 11 Información que deberá proporcionarse a la AEVM
------+Artículo 11 1.
------+Artículo 11 2.
------+Artículo 11 3.
------+Artículo 11 4.
---+Artículo 11 bis Accesibilidad de la información en el punto de acceso único europeo
------+Artículo 11 bis 1.
------+Artículo 11 bis 2.
------+Artículo 11 bis 3.
------+Artículo 11 bis 4.
------+Artículo 11 bis 5.

CAPÍTULO II TRANSPARENCIA DE LAS POSICIONES CORTAS NETAS

CAPÍTULO II TRANSPARENCIA DE LAS POSICIONES CORTAS NETAS

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 5 Notificación a las autoridades competentes de las posiciones cortas netas significativas en acciones
Artículo 6 Publicación de las posiciones cortas netas significativas en acciones
Artículo 7 Notificación a las autoridades competentes de las posiciones cortas netas significativas en deuda soberana
Artículo 8 Notificación a las autoridades competentes de una posición descubierta en una permuta de cobertura por impago soberano

Artículo 8

Notificación a las autoridades competentes de una posición descubierta en una permuta de cobertura por impago soberano

En caso de que una autoridad competente suspenda las restricciones de conformidad con el artículo 14, apartado 2, toda persona física o jurídica que mantenga una posición descubierta en una permuta de cobertura por impago soberano informará a la autoridad competente pertinente siempre que la posición alcance los umbrales de notificación pertinentes para el emisor soberano, o descienda por debajo de dichos umbrales, según lo especificado en el artículo 7.

Artículo 9 Método de notificación y publicación
Artículo 10 Aplicación de los requisitos de notificación y publicación

Artículo 10

Aplicación de los requisitos de notificación y publicación

Los requisitos de notificación y publicación previstos en los artículos 5, 6, 7 y 8 se aplicarán a las personas físicas o jurídicas que tengan su domicilio o estén establecidas dentro de la Unión o en un tercer país.

Artículo 11 Información que deberá proporcionarse a la AEVM
Artículo 11 bis Accesibilidad de la información en el punto de acceso único europeo

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito