+5.2.4 Recursos humanos
---+76. Las entidades de crédito contarán con un marco organizativo adecuado en relación con su modelo …
---+77. Antes de compartir la gestión y los recursos con otras partes de la cadena de valor (por …
---+78. De acuerdo con los resultados de su autoevaluación de las capacidades en materia de NPE, como …
---+79. Las entidades de crédito desarrollarán los conocimientos especializados precisos para el modelo …
---+80. Si no es posible o no resulta eficiente desarrollar conocimientos e infraestructuras internos …
---+81. La entidad de crédito, en línea con la estrategia global de NPE y el plan operativo …
---+82. El marco de evaluación del desempeño de los órganos de dirección y de los directivos …
---+83. Las entidades de crédito promoverán el uso de señales e indicadores de alerta temprana mediante …
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5.2.4 Recursos humanos
5.2.4 Recursos humanos
1. Resumen
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Regulación |
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76. Las entidades de crédito contarán con un marco organizativo adecuado en relación con su modelo …
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Las entidades de crédito contarán con un marco organizativo adecuado en relación con su modelo de negocio, que tenga en cuenta sus riesgos, incluidos los derivados de las NPE. Por lo tanto, las entidades de crédito dedicarán atención de gestión y recursos adecuados y proporcionados a la gestión de las NPE y a los controles internos de los procesos correspondientes.
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77. Antes de compartir la gestión y los recursos con otras partes de la cadena de valor (por …
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Antes de compartir la gestión y los recursos con otras partes de la cadena de valor (por ejemplo, concesión de préstamos) se revisará cuidadosamente que no haya conflictos de intereses y que haya una especialización suficiente, como se ha indicado anteriormente.
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78. De acuerdo con los resultados de su autoevaluación de las capacidades en materia de NPE, como …
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De acuerdo con los resultados de su autoevaluación de las capacidades en materia de NPE, como se menciona en la sección 4.2.1, las entidades de crédito revisarán periódicamente la adecuación de sus recursos internos y externos para la gestión de NPE y solucionarán cualquier carencia de recursos humanos de manera oportuna. Dado que las actividades de gestión pueden suponer importantes demandas de recursos, las entidades de crédito considerarán si es adecuado utilizar contratos de duración determinada, subcontratación interna o externa, o empresas conjuntas para las actividades de gestión de NPE. No obstante, la responsabilidad final de estas actividades recae en la entidad de crédito. Si se recurre a la subcontratación, las entidades de crédito se asegurarán de que sea conforme a la legislación o los requisitos reglamentarios aplicables.
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79. Las entidades de crédito desarrollarán los conocimientos especializados precisos para el modelo …
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Las entidades de crédito desarrollarán los conocimientos especializados precisos para el modelo operativo de NPE definido, incluidas las unidades de gestión de NPE y las funciones de control interno, en línea con las disposiciones de las Directrices conjuntas de la AEVM y la ABE sobre la evaluación de la idoneidad de los miembros del órgano de dirección y los titulares de las funciones clave20 . El personal asignado a las tareas esenciales de gestión de NPE tendrá conocimientos especializados y experiencia en NPE. Las entidades de crédito impartirán formación adecuada y específica en materia de NPE, incluyendo protección del consumidor, y diseñarán planes de desarrollo profesional para aumentar los conocimientos especializados internos utilizando el talento disponible.
20 Directrices conjuntas de la AEVM y la ABE sobre la evaluación de la idoneidad de los miembros del órgano de administración y los titulares de funciones clave, de conformidad con la Directiva 2013/36/UE y la Directiva 2014/65/UE (EBA/GL/2017/12).
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80. Si no es posible o no resulta eficiente desarrollar conocimientos e infraestructuras internos …
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Si no es posible o no resulta eficiente desarrollar conocimientos e infraestructuras internos, las unidades de gestión de NPE deberán tener fácil acceso a recursos externos independientes cualificados (como tasadores inmobiliarios, asesores jurídicos, planificadores de negocio, expertos sectoriales) o a empresas especializadas en la gestión de NPE.
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81. La entidad de crédito, en línea con la estrategia global de NPE y el plan operativo …
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La entidad de crédito, en línea con la estrategia global de NPE y el plan operativo, establecerá un sistema de evaluación adecuado a las necesidades de las unidades de gestión de NPE. El sistema de evaluación se diseñará con arreglo a las disposiciones de las Directrices de la ABE sobre políticas de remuneración adecuadas21 y el artículo 7 de la Directiva 2014/17/UE22 . Además, para las exposiciones minoristas, cumplirá las disposiciones de las Directrices de la ABE sobre políticas y prácticas de remuneración relacionadas con la venta de productos y la prestación de servicios de banca minorista23 . El sistema de evaluación estará vinculado principalmente a los elementos cuantitativos de los objetivos en materia de NPE de la entidad de crédito, pero también puede incluir elementos cualitativos (nivel de capacidades técnicas relativas al análisis de la información y los datos financieros recibidos, la estructuración de las propuestas, la calidad de las recomendaciones o el seguimiento de los expedientes reestructurados, así como capacidades efectivas de negociación). El rendimiento del personal de las unidades de gestión de NPE se supervisará regularmente y se medirá en función de estos objetivos, ya sea de forma individual o a nivel de equipo, según corresponda.
21 Directrices sobre políticas de remuneración adecuadas en virtud de los artículos 74, apartado 3, y 75, apartado 2, de la Directiva 2013/36/UE y la divulgación de información en virtud del artículo 450 del Reglamento (UE) n.º 575/2013 (EBA/GL/2015/22). 22 Directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, sobre contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial y por la que se modifican las Directivas 2008/48/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) n.º 1093/2010 (DO L 60 de 28.2.2014, p. 34). 23 Directrices sobre políticas y prácticas de remuneración relacionadas con la venta de productos y la prestación de servicios de banca minorista (EBA/GL/2016/06)
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82. El marco de evaluación del desempeño de los órganos de dirección y de los directivos …
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El marco de evaluación del desempeño de los órganos de dirección y de los directivos correspondientes incluirá indicadores específicos vinculados a los objetivos definidos en la estrategia de NPE y el plan operativo de la entidad de crédito. Las ponderaciones asignadas a estos indicadores en el marco de medición global del desempeño serán proporcionadas a la gravedad de los problemas de NPE a los que se enfrente la entidad de crédito.
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83. Las entidades de crédito promoverán el uso de señales e indicadores de alerta temprana mediante …
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Las entidades de crédito promoverán el uso de señales e indicadores de alerta temprana mediante la política de remuneración y el marco de incentivos, a fin de garantizar que los posibles atrasos en los pagos se gestionen de manera eficiente y de ese modo se reduzcan efectivamente las entradas de NPE.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
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