+9.1.4 Tasadores
---+190. Todas las valoraciones de bienes inmuebles, incluidas las actualizaciones de las valoraciones …
---+191. Con respecto a los tasadores externos, las entidades de crédito dispondrán de un panel de …
---+192. Las entidades de crédito se asegurarán de que los tasadores externos del panel tengan suscrito …
---+193. Las entidades de crédito velarán por que cada tasador cualificado del panel cumpla los …
---+194. El panel de tasadores debe tener conocimientos especializados sobre distintas áreas del sector …
---+195. A fin de atenuar suficientemente cualquier conflicto de intereses, las entidades de crédito …
---+196. Las entidades de crédito garantizarán una rotación adecuada de los tasadores, es decir, tras …
|
9.1.4 Tasadores
9.1.4 Tasadores
1. Resumen
| Título |
Regulación |
|
190. Todas las valoraciones de bienes inmuebles, incluidas las actualizaciones de las valoraciones …
|
Todas las valoraciones de bienes inmuebles, incluidas las actualizaciones de las valoraciones, serán realizadas por tasadores cualificados independientes, internos o externos, que posean las cualificaciones, capacidades y experiencia necesarias para realizar una valoración con arreglo a lo establecido en el artículo 208, apartado 3, letra b), y en el artículo 229 del Reglamento (UE) n.º 575/2013.
|
|
191. Con respecto a los tasadores externos, las entidades de crédito dispondrán de un panel de …
|
Con respecto a los tasadores externos, las entidades de crédito dispondrán de un panel de tasadores independientes cualificados con arreglo a los criterios indicados a continuación. La actuación de los tasadores se evaluará de forma continuada, decidiéndose si un determinado tasador permanece o no en el panel.
|
|
192. Las entidades de crédito se asegurarán de que los tasadores externos del panel tengan suscrito …
|
Las entidades de crédito se asegurarán de que los tasadores externos del panel tengan suscrito un seguro de responsabilidad profesional adecuado y válido.
|
|
193. Las entidades de crédito velarán por que cada tasador cualificado del panel cumpla los …
|
Las entidades de crédito velarán por que cada tasador cualificado del panel cumpla los siguientes requisitos: - a) tener competencia profesional y haber completado el nivel mínimo de formación que establezcan los requisitos nacionales para realizar las valoraciones en cuestión;
- b) poseer cualificaciones técnicas y experiencia adecuadas para realizar la tarea;
- c) conocer y poder acreditar la capacidad de cumplir las normas legales y regulatorias y las normas de tasación inmobiliaria aplicables al propio tasador y al encargo;
- d) poseer los conocimientos necesarios sobre el bien objeto de la valoración, el mercado inmobiliario correspondiente y la finalidad de la valoración.
|
|
194. El panel de tasadores debe tener conocimientos especializados sobre distintas áreas del sector …
|
El panel de tasadores debe tener conocimientos especializados sobre distintas áreas del sector inmobiliario que sean adecuados para la actividad crediticia de la entidad de crédito y la ubicación del bien.
|
|
195. A fin de atenuar suficientemente cualquier conflicto de intereses, las entidades de crédito …
|
A fin de atenuar suficientemente cualquier conflicto de intereses, las entidades de crédito garantizarán que todos los tasadores internos y externos que van a realizar la tasación real de una propiedad determinada y sus parientes de primer grado cumplan los siguientes requisitos: - a) no intervenir en la tramitación, la decisión y el proceso de concesión del préstamo;
- b) no dejarse guiar o influir por la solvencia del prestatario;
- c) no tener ni poder tener un conflicto de intereses actual o futuro en relación con el resultado de la valoración;
- d) no tener un interés específico en el bien;
- e) no estar vinculados con el comprador ni con el vendedor del bien;
- f) presentar un informe de tasación imparcial, claro, transparente y objetivo;
- g) que los honorarios que reciban no estén vinculados al resultado de la valoración.
|
|
196. Las entidades de crédito garantizarán una rotación adecuada de los tasadores, es decir, tras …
|
Las entidades de crédito garantizarán una rotación adecuada de los tasadores, es decir, tras dos valoraciones individuales consecutivas del bien inmueble por parte del mismo tasador se procederá a la rotación del tasador y a la designación de un tasador interno o externo distinto.
|
,
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
|