+27. Las entidades podrán considerar, de manera imparcial en cuanto al género, aspectos adicionales …

27. Las entidades podrán considerar, de manera imparcial en cuanto al género, aspectos adicionales …

Las entidades podrán considerar, de manera imparcial en cuanto al género, aspectos adicionales al determinar la remuneración del personal. Estos aspectos pueden incluir:

  • a. requisitos educativos, profesionales y de formación, habilidades, esfuerzo y responsabilidad, trabajos realizados y naturaleza de las tareas realizadas11 ;
  • b. el lugar de trabajo y el coste de la vida;
  • c. el nivel jerárquico del personal y si el personal tiene responsabilidades de dirección;
  • d. el nivel de educación formal del personal;
  • e. la escasez de personal disponible en el mercado laboral para puestos especializados;
  • f. la naturaleza del contrato laboral, incluyendo si se trata de un contrato temporal o de duración indefinida;
  • g. el tiempo de experiencia profesional del personal;
  • h. las acreditaciones profesionales del personal;
  • i. prestaciones adecuadas, incluido el pago de asignaciones adicionales por familiares o hijos a cargo al personal con cónyuges o miembros de la familia dependientes.

11 Véase también la recomendación de la Comisión de 7 de marzo de 2014 sobre el refuerzo del principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres a través de la transparencia.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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