+4.3 Situaciones en las que se requiere una autorización
---+35. Las autoridades competentes velarán por que, en el caso de una fusión de dos o más entidades de …
---+36. La ejecución de operaciones de reestructuración de grupos o la transferencia de actividades de …
---+37. Cuando las autoridades competentes consideren que, en virtud de las actividades que se …
---+38. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, las autoridades competentes no …
---+39. Las autoridades competentes aclararán que la autorización para ejercer la actividad de una …
---+40. Teniendo en cuenta que la autorización es concedida por las autoridades competentes en virtud …
---+41. De acuerdo con el Derecho de sociedades nacional aplicable, una entidad de crédito existente …

4.3 Situaciones en las que se requiere una autorización

4.3 Situaciones en las que se requiere una autorización

1. Resumen

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Título Regulación
35. Las autoridades competentes velarán por que, en el caso de una fusión de dos o más entidades de …

Las autoridades competentes velarán por que, en el caso de una fusión de dos o más entidades de crédito que implique la constitución de una nueva entidad que asuma las actividades bancarias fusionadas, dicha entidad nueva esté supeditada a la concesión previa de una autorización por parte de la autoridad competente. Del mismo modo, en los Estados miembros en los que la autorización se concede por actividades, las autoridades competentes garantizarán que la ampliación de las actividades, como resultado de una fusión por absorción de otra entidad de crédito o de una compra de actividades a una entidad de crédito tercera, esté sujeta a una ampliación previa de la autorización si esas actividades nuevas no están ya cubiertas por la autorización concedida a la entidad de crédito.

36. La ejecución de operaciones de reestructuración de grupos o la transferencia de actividades de …

La ejecución de operaciones de reestructuración de grupos o la transferencia de actividades de entidad de crédito de una entidad a otra pueden requerir que se separen determinadas actividades de la operación y se confíen a una entidad temporal de nueva creación, antes de que esas actividades se fusionen con la entidad de crédito adquirente6 .


6 Por ejemplo, la venta de una entidad de crédito que forma parte de un grupo, mientras que ciertas actividades que requieren la autorización como entidad de crédito de la entidad enajenada deben permanecer dentro del grupo. Las actividades que deben permanecer pueden, por ejemplo, escindirse en una nueva entidad jurídica temporal y fusionarse posteriormente con otra entidad del grupo que esté autorizada como entidad de crédito.

37. Cuando las autoridades competentes consideren que, en virtud de las actividades que se …

Cuando las autoridades competentes consideren que, en virtud de las actividades que se transfieren temporalmente, dicha entidad cumple la definición de entidad de crédito, esta estará sujeta a autorización previa.

38. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, las autoridades competentes no …

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, las autoridades competentes no supeditarán la transferencia de las actividades de la entidad de crédito a una entidad temporal a la concesión de una autorización previa cuando se cumplan las siguientes condiciones:

  • (a) la creación de la entidad temporal satisface los requisitos formales de la estructura para la ejecución de la operación y la vida prevista de la entidad de crédito temporal corresponde a un «segundo legal», es decir, un breve período de tiempo indefinido durante el cual la entidad temporal mantiene las actividades de la entidad de crédito con el fin de completar formalmente una serie de operaciones legales que son necesarias para fusionar la entidad temporal con la adquirente, y
  • (b) las entidades que se fusionan han tomado medidas adecuadas y suficientes para hacer frente a los riesgos de ejecución de la operación, incluido el supuesto de que la transferencia no pueda completarse en el «segundo legal». Dichas medidas (por ejemplo, un traspaso de vuelta de las actividades) deberán tener como objetivo garantizar que la entidad temporal no pueda estar activa en el mercado realizando actividades que requieran autorización como entidad de crédito.
39. Las autoridades competentes aclararán que la autorización para ejercer la actividad de una …

Las autoridades competentes aclararán que la autorización para ejercer la actividad de una entidad de crédito concedida a una entidad específica solo debe ser utilizada por esa entidad y no se debe transferir a otra.

40. Teniendo en cuenta que la autorización es concedida por las autoridades competentes en virtud …

Teniendo en cuenta que la autorización es concedida por las autoridades competentes en virtud de la legislación nacional aplicable, cuando una entidad de crédito pretenda trasladar su sede a otro Estado miembro, las autoridades competentes supeditarán dicho traslado a la concesión previa de la autorización por parte de la autoridad competente del Estado miembro en el que vaya a estar situado el nuevo domicilio social de la entidad de crédito.

41. De acuerdo con el Derecho de sociedades nacional aplicable, una entidad de crédito existente …

De acuerdo con el Derecho de sociedades nacional aplicable, una entidad de crédito existente puede cambiar su forma jurídica. Cuando el cambio de forma jurídica no implique cambios importantes en materia de supervisión, las autoridades competentes no deben condicionar el cambio a la concesión de una autorización nueva o modificada.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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