+44. Además de lo anterior, y en aquellos casos en que sea acorde al riesgo de BC/FT asociado a la …

44. Además de lo anterior, y en aquellos casos en que sea acorde al riesgo de BC/FT asociado a la …

Además de lo anterior, y en aquellos casos en que sea acorde al riesgo de BC/FT asociado a la relación de negocios, las entidades de crédito y financieras utilizarán uno o varios de los siguientes controles o una medida similar para incrementar la fiabilidad del proceso de verificación. Dichos controles o medidas pueden incluir, entre otros, los siguientes:

  • a) realización de un primer ingreso procedente de una cuenta de la que el cliente sea el único titular o un cotitular en una entidad de crédito o financiera regulada en el EEE o en un tercer país sujeto a requisitos en materia de PBC/FT no menos rigurosos que los exigidos por la Directiva (UE) 2015/849;
  • b) envío al cliente de un código de acceso generado aleatoriamente para confirmar su presencia durante el proceso de verificación a distancia. El código de acceso será de un solo uso y con caducidad;
  • c) captura de datos biométricos para compararlos con los datos recogidos a través de otras fuentes independientes y fiables;
  • d) contactos telefónicos con el cliente;
  • e) envío de correo directo (tanto electrónico como postal) al cliente.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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