+7.3 Calibration of EL BE and LGD in-default
---+178. A los efectos de estimar la EL BE y la LGD en default , las entidades calcularán las realised …
---+179. Cuando, después del momento del default , las entidades consideren como fallida parte de la …
---+180. A los efectos de estimar la EL BE y la LGD en default , las entidades calcularán la LGD media …
---+181. De conformidad con la sección 6.3.2.3, las entidades no estimarán ninguna recuperación futura …
---+7.3.2.1 Consideration of MoC in EL BE estimation
------+182. A los efectos del artículo 181, apartado 1, letra h), del Reglamento (UE) n.º 575/2013, la EL …
---+7.3.2.2 Current economic circumstances
------+183. A los efectos de considerar las circunstancias económicas actuales en sus estimaciones de la …
------+184. La estimación de la EL BE se basará en la LGD media a largo plazo, que se menciona en el …
------+185. Cuando no se cumpla ninguna de las condiciones enumeradas en el párrafo 184, las entidades …
---+7.3.2.3 Relation of EL BE to specific credit risk adjustments
------+186. Cuando el modelo utilizado para los ajustes por riesgo de crédito cumpla o pueda ajustarse …
------+187. Cuando los ajustes por riesgo de crédito específico se valoren de forma individual para una …
------+188. A los efectos de justificar los casos en los que los ajustes por riesgo de crédito específico …
------+189. A los efectos de considerar los posibles cambios adversos en las condiciones económicas …
------+190. A los efectos del artículo 181, apartado 1, letra h), del Reglamento (UE) n.º 575/2013, la LGD …
------+191. A los efectos de asegurar que la LGD en default sea superior a la EL BE , o que en casos …
------+192. En la medida en que las razones para realizar forzajes de los resultados de la estimación de …
------+193. Independientemente de cuál de los dos enfoques mencionados en los puntos a) y b) del artículo …

7.3 Calibration of EL BE and LGD in-default

7.3.1 Calculation of realised LGD and long-run average LGD for defaulted exposures

1. Resumen

,
Título Regulación
178. A los efectos de estimar la EL BE y la LGD en default , las entidades calcularán las realised …

A los efectos de estimar la EL BE y la LGD en default , las entidades calcularán las realised LGD para exposiciones en default , de conformidad con la sección 6.3.1 con la única diferencia de que se tendrá que hacer con respecto a cada una de las fechas de referencia especificadas de conformidad con los párrafos 171 a 174, en lugar de la fecha del default . En el cálculo de la realised LGD en una fecha de referencia dada, las entidades incluirán todas las comisiones e intereses capitalizados antes de la fecha de referencia y descontarán todos los flujos de efectivo y disposiciones posteriores a la fecha de referencia.

179. Cuando, después del momento del default , las entidades consideren como fallida parte de la …

Cuando, después del momento del default , las entidades consideren como fallida parte de la exposición, el cálculo de la pérdida económica y de la realised LGD se basará en el importe íntegro de la obligación crediticia pendiente, sin tener en cuenta la baja parcial de balance. Sin embargo, cuando las entidades regularmente consideren como fallidas partes de exposiciones basándose en una política coherente en términos de tiempo y proporción del fallido, podrán incluir esta información en la calibración de la EL BE y la LGD en default finales. Cuando las entidades consideren como fallidas partes de exposiciones con menor frecuencia, podrán reflejar la información sobre la baja parcial de balance de una exposición específica en la aplicación de estos parámetros a dicha exposición realizando forzajes del resultado del proceso de asignación de rating de conformidad con la sección 8.2 para garantizar coherencia entre la estimación de la LGD y la aplicación de las estimaciones de LGD.

180. A los efectos de estimar la EL BE y la LGD en default , las entidades calcularán la LGD media …

A los efectos de estimar la EL BE y la LGD en default , las entidades calcularán la LGD media a largo plazo de las realised LGD para exposiciones en default , mencionadas en el párrafo 178, siguiendo los requisitos establecidos en la sección 6.3.2 con la única excepción de que, para cada fecha de referencia, los procesos de recuperación incompletos se utilizarán exclusivamente si su correspondiente fecha de referencia para la aplicación de los parámetros de EL BE y LGD en default es posterior a la fecha de referencia considerada para la estimación.

181. De conformidad con la sección 6.3.2.3, las entidades no estimarán ninguna recuperación futura …

De conformidad con la sección 6.3.2.3, las entidades no estimarán ninguna recuperación futura para exposiciones que permanecen en default durante un periodo de tiempo superior a la duración máxima del proceso de recuperación especificada por la entidad. Sin embargo, la información relevante en relación con exposiciones específicas, en particular la información sobre las garantías existentes, podrá reflejarse en la aplicación de estos parámetros realizando forzajes del resultado del proceso de asignación de rating de conformidad con la sección 8.2.

7.3.2 Requisitos específicos para la estimación de la EL BE

7.3.2.1 Consideration of MoC in EL BE estimation

7.3.2.1 Consideration of MoC in EL BE estimation

7.3.2.2 Current economic circumstances

7.3.2.2 Current economic circumstances

7.3.2.3 Relation of EL BE to specific credit risk adjustments

7.3.2.3 Relation of EL BE to specific credit risk adjustments

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/