+4.1 Funciones y responsabilidades del órgano de administración en el marco de la PBC/FT y del alto directivo responsable de la PBC/FT
---+11. El órgano de administración será responsable de aprobar la estrategia global de la entidad de …
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---+13. Además de las disposiciones establecidas en las directrices de las AES sobre gobierno interno …
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---+19. Cuando no exista un órgano de administración, la entidad de crédito o financiera designará a un …
---+20. El alto directivo a que se refiere el apartado 19 deberá tener suficientes conocimientos …
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---+23. El miembro del órgano de administración o el alto directivo, en su caso, responsable de la …
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4.1 Funciones y responsabilidades del órgano de administración en el marco de la PBC/FT y del alto directivo responsable de la PBC/FT
4.1 Funciones y responsabilidades del órgano de administración en el marco de la PBC/FT y del alto directivo responsable de la PBC/FT
1. Resumen
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Regulación |
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11. El órgano de administración será responsable de aprobar la estrategia global de la entidad de …
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El órgano de administración será responsable de aprobar la estrategia global de la entidad de crédito o financiera en materia de PBC/FT y de supervisar su aplicación. A tal fin, deberá poseer colectivamente los conocimientos, competencias y experiencia adecuados para poder comprender los riesgos de BC/FT relacionados con las actividades y el modelo de negocio de la entidad de crédito - o financiera, incluido el conocimiento del marco jurídico y regulatorio nacional relativo a la prevención del BC/FT.
4.1.1 El papel del órgano de administración en su función de supervisión en el marco de la PBC/FT
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12. El órgano de administración en su función de supervisión será responsable de vigilar y …
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El órgano de administración en su función de supervisión será responsable de vigilar y supervisar la aplicación del marco de gobierno y control interno para garantizar el cumplimiento de los requisitos aplicables en el contexto de la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo (BC/FT).
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13. Además de las disposiciones establecidas en las directrices de las AES sobre gobierno interno …
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Además de las disposiciones establecidas en las directrices de las AES sobre gobierno interno2 , según proceda, el órgano de administración de una entidad de crédito o financiera en su función de supervisión: - a) estará informado de los resultados de la evaluación global del riesgo de BC/FT de toda la actividad de la entidad;
- b) supervisará y controlará en qué medida las políticas y procedimientos en materia de PBC/FT son adecuados y eficaces a la luz de los riesgos de BC/FT a los que está expuesta la entidad de crédito o financiera, y tomará las medidas adecuadas para garantizar que se adopten medidas correctoras cuando sea necesario;
- c) al menos una vez al año, revisará el informe de actividades del responsable del cumplimiento de la PBC/FT y obtendrá actualizaciones intermedias con mayor frecuencia para las actividades que exponen a la entidad de crédito o financiera a mayores riesgos de BC/FT;
- d) al menos una vez al año, evaluará el funcionamiento efectivo de la función de cumplimiento de la PBC/FT, en particular teniendo en cuenta las conclusiones de cualquier auditoría interna o externa relacionada con la PBC/FT que se haya realizado, incluso en lo que respecta a la idoneidad de los recursos humanos y técnicos asignados al responsable del cumplimiento de la PBC/FT.
2 Directrices de la ABE sobre gobierno interno con arreglo a la Directiva 2013/36/UE (EBA/GL/2021/05); Directrices de la AEVM sobre determinados aspectos de los requisitos de la función de cumplimiento de la MiFID II (ESMA35-36-1946); Directrices de la AESPJ sobre el sistema de gobernanza (EIOPA-BoS-14/253 EN).
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14. El órgano de administración en su función de supervisión velará por que el miembro del órgano …
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El órgano de administración en su función de supervisión velará por que el miembro del órgano de administración a que se refiere la sección 4.1.3 o, en su caso, el alto directivo a que se refiere la sección 4.1.4, que sea responsable de la aplicación de las disposiciones legales, regulatorias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva (UE) 2015/849: - a) posea los conocimientos, las capacidades y la experiencia necesarias para identificar, evaluar y gestionar los riesgos de BC/FT a los que está expuesta la entidad de crédito o financiera, así como para la aplicación de políticas, controles y procedimientos en materia de PBC/FT;
- b) comprenda bien el modelo de negocio de la entidad de crédito o financiera y el sector en el que opera, así como el grado de exposición a los riesgos de BC/FT que este modelo de negocio entraña para la entidad de crédito o financiera;
- c) esté informado oportunamente de las decisiones que pueden afectar a los riesgos a los que está expuesta la entidad de crédito o financiera.
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15. El órgano de administración en su función de supervisión tendrá acceso y tendrá en cuenta datos …
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El órgano de administración en su función de supervisión tendrá acceso y tendrá en cuenta datos e información con suficiente grado de detalle y calidad para poder desempeñar eficazmente sus funciones de PBC/FT. Como mínimo, el órgano de administración en su función de supervisión tendrá acceso directo y oportuno al informe de actividades del responsable del cumplimiento de la PBC/FT, al informe de la función de auditoría interna, a las conclusiones y observaciones de los auditores externos, cuando proceda, así como a las conclusiones de la autoridad competente, a las comunicaciones pertinentes con la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y a las medidas de supervisión o sanciones impuestas. 4.1.2 El papel del órgano de administración en su función de dirección en el marco de la PBC/FT
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16. En relación con las políticas, controles y procedimientos internos a que se refiere el artículo …
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En relación con las políticas, controles y procedimientos internos a que se refiere el artículo 8, apartados 3 y 4, de la Directiva (UE) 2015/849, el órgano de administración de una entidad de crédito o financiera en su función de dirección: - a) implementará la estructura organizativa y operativa adecuada y efectiva que sea necesaria para cumplir la estrategia de PBC/FT adoptada por el órgano de administración, prestando especial atención a la autoridad suficiente y a la idoneidad de los recursos humanos y técnicos asignados a la función de responsable del cumplimiento de la PBC/FT, incluida la necesidad de que exista una unidad específica de PBC/FT para ayudar al responsable del cumplimiento de la PBC/FT;
- b) garantizará la aplicación de políticas y procedimientos internos en materia de PBC/FT;
- c) revisará el informe de actividades del responsable del cumplimiento de la PBC/FT, al menos una vez al año;
- d) garantizará que se presente información adecuada, oportuna y suficientemente detallada en materia de PBC/FT a la autoridad competente;
- e) cuando se externalicen funciones operativas del responsable del cumplimiento de la PBC/FT, velará por el cumplimiento de las directrices de las AES sobre externalización3 y las directrices de las AES sobre gobierno interno4 , cuando proceda, y recibirá informes periódicos del proveedor de servicios para informar al órgano de administración.
4.1.3 Identificación del miembro del órgano de administración responsable de la PBC/FT
3 Directrices de la ABE sobre la externalización (EBA/GL/2019/02); Directrices de la AESPJ sobre la externalización a proveedores de servicios en la nube (EIOPA-BoS-20-002); Directrices de la AEVM sobre la externalización a proveedores de servicios en la nube (ESMA50-157-2403). 4 Directrices de la ABE sobre gobierno interno en virtud de la Directiva 2013/36/UE (EBA/GL/2021/05, de 2 de julio de 2021).
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17. El miembro del órgano de administración que se designe de conformidad con el artículo 46 …
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El miembro del órgano de administración que se designe de conformidad con el artículo 46, apartado 4, de la Directiva (UE) 2015/849 deberá tener, en particular, conocimientos, competencias y experiencia suficientes en relación con los riesgos de BC/FT, y con la aplicación de políticas, controles y procedimientos en materia de PBC/FT, además de un buen entendimiento del modelo de negocio de la entidad de crédito o financiera y del sector en el que esta opera.
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18. El miembro del órgano de administración a que se refiere el artículo 46, apartado 4, de la …
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El miembro del órgano de administración a que se refiere el artículo 46, apartado 4, de la Directiva (UE) 2015/849 dedicará tiempo suficiente y dispondrá de recursos suficientes para desempeñar sus funciones en el ámbito de la PBC/FT de manera eficaz. Informará exhaustivamente sobre sus tareas, tal como se menciona en la sección 4.1.5, e informará periódicamente, cuando sea necesario y sin demora indebida, al órgano de administración en su función de supervisión. 4.1.4 Identificación del alto directivo responsable de la PBC/FT cuando no exista un órgano de administración
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19. Cuando no exista un órgano de administración, la entidad de crédito o financiera designará a un …
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Cuando no exista un órgano de administración, la entidad de crédito o financiera designará a un alto directivo responsable en última instancia de la aplicación de las disposiciones legales, regulatorias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva (UE) 2015/849, con tiempo, recursos y autoridad suficientes para desempeñar eficazmente sus funciones.
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20. El alto directivo a que se refiere el apartado 19 deberá tener suficientes conocimientos …
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El alto directivo a que se refiere el apartado 19 deberá tener suficientes conocimientos, competencias y experiencia en relación con los riesgos de BC/FT, y con la aplicación de políticas, controles y procedimientos en materia de PBC/FT, además de un buen entendimiento del modelo de negocio de la entidad de crédito o financiera y del sector en el que esta opera. Además, deberá disponer de tiempo, recursos y autoridad suficientes para desempeñar eficazmente sus funciones. 4.1.5 Tareas y funciones del miembro del órgano de administración o del alto directivo responsable de la PBC/FT
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21. Sin perjuicio de la responsabilidad general y colectiva del órgano de administración, al …
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Sin perjuicio de la responsabilidad general y colectiva del órgano de administración, al nombrar al miembro del órgano de administración o al alto directivo a que se refieren los apartados 17 y 19, las entidades de crédito o financieras identificarán y tendrán en cuenta los posibles conflictos de intereses y adoptarán medidas para evitarlos o mitigarlos.
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22. El miembro del órgano de administración o el alto directivo, en su caso, responsable de la …
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El miembro del órgano de administración o el alto directivo, en su caso, responsable de la PBC/FT velará por que el órgano de administración en su totalidad, o la alta dirección cuando no exista un órgano de administración, sea consciente del impacto de los riesgos de BC/FT en el perfil global de riesgo de toda la actividad de la entidad. Las responsabilidades del miembro del órgano de administración o del alto directivo, en su caso, responsable de la PBC/FT, con vistas al desempeño de sus funciones a que se refiere el artículo 46, apartado 4, de la Directiva (UE) 2015/849 y, en particular, en relación con la aplicación de políticas, controles y procedimientos para mitigar y gestionar eficazmente los riesgos de BC/FT a que se refiere el artículo 8 de dicha Directiva, incluirán, como mínimo: - a) velar por que las políticas, procedimientos y medidas de control interno en materia de PBC/FT sean adecuados y proporcionados, teniendo en cuenta las características de la entidad de crédito o financiera y los riesgos de BC/FT a los que está expuesta;
- b) evaluar, junto con el órgano de administración, la conveniencia de nombrar a un responsable del cumplimiento de la PBC/FT a nivel de dirección, como se indica en la sección 4.2.2;
- c) apoyar al órgano de administración en la evaluación de la necesidad de una unidad específica de PBC/FT para ayudar al responsable del cumplimiento de la PBC/FT en el desempeño de sus funciones, teniendo en cuenta la escala y la complejidad de las operaciones de la entidad de crédito o financiera y la exposición a los riesgos de BC/FT. El personal de esta unidad deberá tener la experiencia, las capacidades y los conocimientos necesarios para ayudar al responsable del cumplimiento de la PBC/FT, que participará en el proceso de selección;
- d) garantizar que se informa periódicamente al órgano de administración sobre las actividades llevadas a cabo por el responsable del cumplimiento de la PBC/FT y que el órgano de administración dispone de información y datos sobre los riesgos de BC/FT y sobre el cumplimiento de la PBC/FT suficientemente completos y actualizados para poder desempeñar el papel y las funciones que se le han encomendado. Dicha información abarcará también los compromisos de la entidad de crédito o financiera con la autoridad nacional competente y las comunicaciones con la UIF, sin perjuicio de la confidencialidad de las comunicaciones por indicio y cualquier observación en materia de BC/FT de la autoridad competente respecto a la entidad de crédito o financiera, incluidas las medidas o sanciones impuestas;
- e) informar al órgano de administración de cualquier problema e incumplimiento grave o significativo en materia de PBC/FT y recomendar medidas para subsanarlos;
- f) garantizar que el responsable del cumplimiento de la PBC/FT i) tiene acceso directo a toda la información necesaria para el desempeño de sus funciones, ii) dispone de recursos humanos y técnicos y herramientas suficientes para poder desempeñar adecuadamente las tareas que se le asignen, y iii) está bien informado de los incidentes y deficiencias relacionados con la PBC/FT detectados por los sistemas de control interno y por las autoridades de supervisión nacionales y, en el caso de los grupos, por las autoridades de supervisión extranjeras.
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23. El miembro del órgano de administración o el alto directivo, en su caso, responsable de la …
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El miembro del órgano de administración o el alto directivo, en su caso, responsable de la PBC/FT será el principal punto de contacto del responsable del cumplimiento de la PBC/FT con la administración. Además, el miembro del órgano de administración o el alto directivo, en su caso, responsable de la PBC/FT velará por que se aborde debidamente cualquier preocupación en materia de PBC/FT que tenga el responsable del cumplimiento de la PBC/FT o, cuando ello no sea posible, por que el órgano de administración en su función de gestión o, en su caso, la alta dirección la tenga debidamente en cuenta. Si el órgano de administración en su función de gestión o, en su caso, la alta dirección decide no seguir la recomendación del responsable del cumplimiento de la PBC/FT, justificará y registrará debidamente su decisión a la luz de los riesgos y preocupaciones planteados por el responsable del cumplimiento de la PBC/FT. En caso de incidente significativo, el responsable del cumplimiento de la PBC/FT tendrá acceso directo al órgano de administración en su función de supervisión.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
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