+4.1 Disposiciones generales
---+10. Las entidades considerarán el IRRBB como un riesgo importante y lo evaluarán siempre de manera …
---+11. Las entidades identificarán sus exposiciones al IRRBB y se asegurarán de que se midan, se …
---+12. Las entidades evaluarán y monitorizarán el CSRBB de manera explícita y exhaustiva en sus …
---+13. Las entidades identificarán sus exposiciones al CSRBB y se asegurarán de que se midan, se …
---+14. A los fines de estas Directrices, los ingresos netos por intereses sobre los cuales se ha de …
---+15. La variación en los ingresos netos por intereses será la diferencia entre los ingresos netos …
---+16. Al aplicar las Directrices, las entidades deberán identificar sus exposiciones actuales y …
---+17. En función de la evaluación de su exposición actual y futura al IRRBB y al CSRBB, las entidades …
---+18. Además de la exposición actual y futura al IRRBB y al CSRBB, al aplicar las Directrices, las …

4.1 Disposiciones generales

4.1.1 IRRBB y CSRBB

  • (i) IRRBB

1. Resumen

,
Título Regulación
10. Las entidades considerarán el IRRBB como un riesgo importante y lo evaluarán siempre de manera …

Las entidades considerarán el IRRBB como un riesgo importante y lo evaluarán siempre de manera exclusiva, explícita y exhaustiva en sus procesos de gestión del riesgo y de evaluación de capital interno.

11. Las entidades identificarán sus exposiciones al IRRBB y se asegurarán de que se midan, se …

Las entidades identificarán sus exposiciones al IRRBB y se asegurarán de que se midan, se monitoricen y se controlen adecuadamente. Las entidades deberán gestionar los riesgos derivados de sus exposiciones al IRRBB y, en caso necesario, mitigarán los riesgos que afecten a las métricas tanto de valor económico como de ingresos netos por intereses más variaciones en el valor de mercado.

  • (ii) CSRBB
12. Las entidades evaluarán y monitorizarán el CSRBB de manera explícita y exhaustiva en sus …

Las entidades evaluarán y monitorizarán el CSRBB de manera explícita y exhaustiva en sus procesos de gestión del riesgo y de evaluación de capital interno.

13. Las entidades identificarán sus exposiciones al CSRBB y se asegurarán de que se midan, se …

Las entidades identificarán sus exposiciones al CSRBB y se asegurarán de que se midan, se monitoricen y se controlen adecuadamente, con arreglo a las métricas tanto de valor económico como de ingresos netos por intereses más variaciones en el valor de mercado.

  • (iii) Métricas de ingresos netos por intereses más variaciones en el valor de mercado
14. A los fines de estas Directrices, los ingresos netos por intereses sobre los cuales se ha de …

A los fines de estas Directrices, los ingresos netos por intereses sobre los cuales se ha de calcular el impacto de las variaciones de los tipos de interés o del diferencial de crédito deberán determinarse por los ingresos y gastos por intereses. A tal efecto, las entidades considerarán asimismo las variaciones en el valor de mercado de los instrumentos, en función del tratamiento contable (valor razonable/PCGA nacionales), que se registren en la cuenta de resultados o directamente en el patrimonio neto (por ejemplo, a través de otro resultado global). Las entidades deberán tener en cuenta el incremento o la disminución de los resultados y del capital en horizontes a corto y medio plazo resultantes de los movimientos de los tipos de interés o de los diferenciales de crédito.

15. La variación en los ingresos netos por intereses será la diferencia entre los ingresos netos …

La variación en los ingresos netos por intereses será la diferencia entre los ingresos netos por intereses esperados en un escenario de perturbación o de tensión desde una perspectiva de empresa en funcionamiento y los ingresos netos por intereses esperados en un escenario base.5 La variación en el valor de mercado de los instrumentos (valor razonable/PCGA nacionales) será la diferencia entre el valor de mercado esperado en un escenario de perturbación o de tensión desde una perspectiva de empresa en funcionamiento y el valor de mercado esperado en un escenario base al final del horizonte evaluado.

4.1.2 Otros aspectos, proporcionalidad

16. Al aplicar las Directrices, las entidades deberán identificar sus exposiciones actuales y …

Al aplicar las Directrices, las entidades deberán identificar sus exposiciones actuales y futuras al IRRBB y al CSRBB de manera proporcionada, en función del nivel, la complejidad y el grado de riesgo de sus posiciones del banking book , teniendo en cuenta su modelo de negocio, sus estrategias y el entorno de negocio en el que operan o en el que tienen la intención de operar.

17. En función de la evaluación de su exposición actual y futura al IRRBB y al CSRBB, las entidades …

En función de la evaluación de su exposición actual y futura al IRRBB y al CSRBB, las entidades deberán tener en cuenta los elementos y expectativas establecidos en esta sección 4.1 de las Directrices y en las secciones sobre identificación, cálculo y asignación del capital a efectos del IRRBB (sección 4.2.2), estrategia de gobernanza del IRRBB y el CSRBB (secciones 4.2.3 y 4.5.2), medición del IRRBB mediante un IMS (sección 4.3.) y monitorización del CSRBB (sección 4.6) y aplicarlos de forma proporcional a las exposiciones existentes y futuras al IRRBB y al CSRBB.

18. Además de la exposición actual y futura al IRRBB y al CSRBB, al aplicar las Directrices, las …

Además de la exposición actual y futura al IRRBB y al CSRBB, al aplicar las Directrices, las entidades también deberán tener en cuenta su nivel general de sofisticación y sus estrategias internas de gestión de riesgos para asegurarse de que los enfoques, procesos y sistemas que utilizan para la gestión del IRRBB y del CSRBB sean coherentes con su estrategia global de gestión del riesgo y con los enfoques, procesos y sistemas específicos aplicados para la gestión de otros riesgos.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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