+7. Criterios específicos para la titulización de balance
---+84. A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 1, párrafo primero, del Reglamento (UE) …
---+85. A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2402, si el importe …
---+86. A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 2, párrafo segundo, letra b), del Reglamento …
---+87. A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2402, el importe de …
---+88. A efectos del artículo 26 sexies , apartado 3, párrafo tercero, del Reglamento (UE) 2017/2402 …
---+89. A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 4, del Reglamento (UE) 2017/2402, el agente de …
---+90. A efectos del artículo 26 sexies , apartado 4, párrafo tercero, del Reglamento (UE) 2017/2402 …
---+91. A efectos del artículo 26 sexies , apartado 4, párrafo primero, letra e), del Reglamento (UE) …
---+92. A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 5, párrafo primero, letra d), del Reglamento …
---+93. A efectos del artículo 26 sexies , apartado 5, párrafo primero, letra d), del Reglamento (UE) …
---+94. A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 5, párrafo primero, letra b), en el caso de …
---+95. A efectos del artículo 26 sexies , apartado 7, del Reglamento (UE) 2017/2402, los importes …
---+96. A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 7, letra a), del Reglamento (UE) 2017/2402, el …
---+97. A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 7, letra d), del Reglamento (UE) 2017/2402 …
---+98. El artículo 26 sexies , apartado 7, letra c), del Reglamento (UE) 2017/2402 se aplicará cuando …
---+99. A efectos del artículo 26 sexies , apartado 7, letra a), por «período de pago» se entenderá el …
---+100. A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 10, párrafo primero, letra a), del Reglamento …
---+101. El artículo 26 sexies , apartado 10, párrafo primero, letra a), inciso i), del Reglamento (UE) …
---+102. A los efectos del artículo 26 sexies, apartado 10, párrafo primero, letra b), del Reglamento …
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7. Criterios específicos para la titulización de balance
Eventos de crédito cubiertos por el acuerdo de cobertura del riesgo de crédito [artículo 26 sexies , apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/2402] Eventos de crédito adicionales
1. Resumen
| Título |
Regulación |
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84. A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 1, párrafo primero, del Reglamento (UE) …
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A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 1, párrafo primero, del Reglamento (UE) 2017/2402, el requisito de que el acuerdo de cobertura del riesgo de crédito cubra al menos los eventos de crédito establecidos en dicho párrafo no impedirá que las partes acuerden eventos de crédito adicionales o definiciones más estrictas de los eventos a los que se hace referencia en la parte tercera, título II, capítulo 4, del Reglamento (UE) n.º 575/2013. Pagos de la cobertura del riesgo de crédito [artículo 26 sexies , apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2402] Proporcional al porcentaje del saldo vivo nominal de la exposición subyacente
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85. A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2402, si el importe …
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A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2402, si el importe de la exposición subyacente cubierta por el acuerdo de cobertura del riesgo de crédito es inferior al saldo vivo nominal de la exposición subyacente, los pagos intermedios y finales de la cobertura del riesgo de crédito se calcularán en la misma proporción (prorrata) que el porcentaje del saldo vivo nominal cubierto por dicho acuerdo. Determinación del pago intermedio de la cobertura del riesgo de crédito
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86. A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 2, párrafo segundo, letra b), del Reglamento …
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A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 2, párrafo segundo, letra b), del Reglamento (UE) 2017/2402, se entenderá que «cuando proceda» es aplicable únicamente si la originadora ha recibido autorización de la autoridad competente para aplicar el método IRB para determinar el importe de las pérdidas esperadas para la exposición subyacente pertinente respecto de la cual se está evaluando la condición de «el importe más elevado», y cuando el sistema de calificación utilizado para la exposición subyacente haya sido evaluado en consecuencia por la autoridad competente para su uso con arreglo al método IRB. Importe de las pérdidas esperadas
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87. A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2402, el importe de …
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A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2402, el importe de las pérdidas esperadas se calculará al nivel de las exposiciones subyacentes individuales para las que se haya producido un evento de crédito. Como excepción, el importe de las pérdidas esperadas podrá calcularse a nivel de subconjunto para las exposiciones minoristas conforme con el proyecto de normas técnicas de regulación sobre el cálculo del KIRB de acuerdo con el enfoque de derechos de cobro adquiridos, elaboradas de conformidad con el artículo 255, apartado 9, del Reglamento (UE) n.º 575/2013. Renegociación de la deuda y primas de cobertura del riesgo de crédito (artículo 26 sexies , apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/2402) Contingentes del importe nominal pendiente de las exposiciones no dudosas titulizadas en el momento del pago
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88. A efectos del artículo 26 sexies , apartado 3, párrafo tercero, del Reglamento (UE) 2017/2402 …
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A efectos del artículo 26 sexies , apartado 3, párrafo tercero, del Reglamento (UE) 2017/2402, cuando el acuerdo de cobertura del riesgo de crédito solo cubra parcialmente las exposiciones no dudosas titulizadas, las primas de cobertura del riesgo de crédito que deban pagarse en virtud del acuerdo de cobertura del riesgo de crédito irán supeditadas a la parte del importe nominal pendiente de las exposiciones no dudosas titulizadas que esté cubierta por dicho acuerdo. Agente de verificación tercero [artículo 26 sexies , apartado 4, del Reglamento (UE) 2017/2402] Parte que ejecuta la verificación
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89. A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 4, del Reglamento (UE) 2017/2402, el agente de …
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A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 4, del Reglamento (UE) 2017/2402, el agente de verificación tercero deberá cumplir las dos condiciones siguientes: - a. tiene la experiencia y capacidad para llevar a cabo la verificación;
- b. no es:
- i. una agencia de calificación crediticia;
- ii. un tercero que verifique el cumplimiento STS de conformidad con el artículo 28 del Reglamento (UE) 2017/2402; ni
- iii. una entidad afiliada a la originadora, la patrocinadora, el inversor o el SSPE.
Verificación de la muestra en el caso de titulizaciones con posiciones mezzanine
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90. A efectos del artículo 26 sexies , apartado 4, párrafo tercero, del Reglamento (UE) 2017/2402 …
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A efectos del artículo 26 sexies , apartado 4, párrafo tercero, del Reglamento (UE) 2017/2402, sin perjuicio del derecho de los inversores a solicitar la verificación de la admisibilidad de cualquier exposición subyacente concreta, en el caso de las titulizaciones con posiciones mezzanine , las partes de la titulización podrán acordar que el proceso de verificación de la muestra se inicie una vez que el punto de separación ( detachment point ) del primer tramo de pérdidas disminuya por debajo de un porcentaje específico de dicho punto de separación determinado en la fecha de cierre de la operación. Importe final de las pérdidas
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91. A efectos del artículo 26 sexies , apartado 4, párrafo primero, letra e), del Reglamento (UE) …
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A efectos del artículo 26 sexies , apartado 4, párrafo primero, letra e), del Reglamento (UE) 2017/2402, por «importe final de las pérdidas» se entenderá la «estimación de pérdida final de la originadora» a que se refiere el artículo 26 sexies , apartado 3, párrafo primero, de dicho Reglamento, cuando no se haya efectuado el pago final de la cobertura del riesgo de crédito para una exposición subyacente sujeta a un evento de crédito al final del período de prórroga especificado en el acuerdo de cobertura del riesgo de crédito. Eventos de cancelación anticipada por parte de la originadora [artículo 26 sexies , apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/2402] Cálculo de la vida media ponderada de la cartera de referencia inicial
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92. A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 5, párrafo primero, letra d), del Reglamento …
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A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 5, párrafo primero, letra d), del Reglamento (UE) 2017/2402, la vida media ponderada (WAL, por sus siglas en inglés) de la cartera de referencia inicial de las exposiciones subyacentes se calculará según el promedio ponderado en el tiempo únicamente de los reembolsos de los importes del principal y no se tendrá en cuenta ningún supuesto de pago anticipado ni ningún pago de comisiones o intereses que deban abonar los deudores de las exposiciones subyacentes. Período de reposición o período de renovación
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93. A efectos del artículo 26 sexies , apartado 5, párrafo primero, letra d), del Reglamento (UE) …
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A efectos del artículo 26 sexies , apartado 5, párrafo primero, letra d), del Reglamento (UE) 2017/2402, en el caso de la existencia de un período de reposición o de renovación, el WAL será la suma del período de reposición o de renovación y el WAL estimado calculado al final del período de reposición o de renovación. A efectos de esta estimación, para cada exposición titulizada con vencimiento anterior al final del período de reposición o de renovación, la originadora ajustará el vencimiento previsto para igualar la suma de su vencimiento actual y el vencimiento más largo que el permitido de una exposición, la cual pueda añadirse a la cartera titulizada durante el período de reposición o de renovación. Los ajustes se realizarán tantas veces como sea necesario con ese propósito si el plazo del vencimiento ajustado es inferior a la duración del período de reposición o de renovación. Inversor
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94. A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 5, párrafo primero, letra b), en el caso de …
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A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 5, párrafo primero, letra b), en el caso de bonos vinculados a crédito (CLN, por sus siglas en inglés) emitidos por un SSPE, la referencia al inversor se entenderá como una referencia al SSPE o a cualquier proveedor de cobertura que haya celebrado el acuerdo de cobertura del riesgo de crédito con la originadora. Exceso de margen sintético [artículo 26 sexies , apartado 7, del Reglamento (UE) 2017/2402] Cálculo de la pérdida esperada en un año
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95. A efectos del artículo 26 sexies , apartado 7, del Reglamento (UE) 2017/2402, los importes …
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A efectos del artículo 26 sexies , apartado 7, del Reglamento (UE) 2017/2402, los importes reglamentarios de pérdidas esperadas en un año en todas las exposiciones subyacentes de ese año se calcularán teniendo en cuenta un número de períodos de pago equivalentes a un año, y multiplicando el porcentaje que el importe de las pérdidas esperadas representaba con respecto a las exposiciones titulizadas a la fecha de cierre de la operación con el saldo vivo total de la cartera de exposiciones no dudosas titulizadas ( performing ) al inicio de ese período de un año.
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96. A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 7, letra a), del Reglamento (UE) 2017/2402, el …
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A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 7, letra a), del Reglamento (UE) 2017/2402, el término «exceso de margen sintético fijo» se refiere al importe del exceso de margen sintético que la originadora se compromete a utilizar como mejora crediticia en cada período. Este importe se expresa como el producto de un porcentaje fijo del saldo vivo no dudoso de la cartera ( performing ) en cada período.
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97. A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 7, letra d), del Reglamento (UE) 2017/2402 …
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A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 7, letra d), del Reglamento (UE) 2017/2402, para las originadoras que no utilicen el método IRB mencionado en el artículo 143 del Reglamento (UE) n.º 575/2013, el cálculo de las «pérdidas esperadas en un año» se realizará de conformidad con la dotación de provisiones con arreglo al marco contable aplicable o, cuando dicho criterio dé lugar a una cobertura de pérdidas que no sea suficientemente representativa de las pérdidas futuras esperadas sobre las exposiciones titulizadas, la entidad originadora modelizará los importes de las pérdidas esperadas sobre la base de otros parámetros de riesgo internos, como los considerados en su proceso de evaluación de la adecuación del capital interno (ICAAP, por sus siglas en inglés), que se determinarán claramente en la documentación de la operación. Utilización del método IRB a efectos de la letra c)
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98. El artículo 26 sexies , apartado 7, letra c), del Reglamento (UE) 2017/2402 se aplicará cuando …
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El artículo 26 sexies , apartado 7, letra c), del Reglamento (UE) 2017/2402 se aplicará cuando la originadora determine los requerimientos de fondos propios utilizando el método IRB a que se refiere el artículo 143 del Reglamento (UE) n.º 575/2013 para todo el conjunto de exposiciones subyacentes. Período de pago
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99. A efectos del artículo 26 sexies , apartado 7, letra a), por «período de pago» se entenderá el …
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A efectos del artículo 26 sexies , apartado 7, letra a), por «período de pago» se entenderá el período en el que se designa el exceso de margen sintético de conformidad con la documentación de la operación. Requisitos para el recurso a garantías reales de alta calidad [artículo 26 sexies , apartado 10, del Reglamento (UE) 2017/2402] Garantías reales aceptables
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100. A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 10, párrafo primero, letra a), del Reglamento …
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A los efectos del artículo 26 sexies , apartado 10, párrafo primero, letra a), del Reglamento (UE) 2017/2402, por «garantía real en forma de títulos de deuda con una ponderación de riesgo del 0 %» se entenderá una garantía real en forma de títulos de deuda emitidos por aquellas entidades a las que se asigne una ponderación de riesgo del 0 % de conformidad con la parte tercera, título II, capítulo 2, del Reglamento (UE) n.º 575/2013. Requisitos de vencimiento con respecto a las garantías reales de alta calidad aceptables
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101. El artículo 26 sexies , apartado 10, párrafo primero, letra a), inciso i), del Reglamento (UE) …
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El artículo 26 sexies , apartado 10, párrafo primero, letra a), inciso i), del Reglamento (UE) 2017/2402 se entenderá referido a los títulos de deuda que, independientemente de su vencimiento original, tienen un vencimiento máximo restante de tres meses. Cuando el período hasta la siguiente fecha de pago en virtud del acuerdo de cobertura del riesgo de crédito sea inferior a tres meses, el vencimiento restante de los títulos de deuda no debe ser superior a ese período, a fin de evitar cualquier desfase de vencimiento entre la fecha de reembolso de los títulos de deuda y la siguiente fecha de pago en virtud del acuerdo de cobertura del riesgo de crédito. Inversiones en bonos vinculados a crédito (CLN)
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102. A los efectos del artículo 26 sexies, apartado 10, párrafo primero, letra b), del Reglamento …
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A los efectos del artículo 26 sexies, apartado 10, párrafo primero, letra b), del Reglamento (UE) 2017/2402, se considerará que se cumple el requisito relativo a la garantía real en forma de efectivo en el caso de las inversiones en bonos vinculados a crédito emitidos por la originadora de conformidad con el artículo 218 del Reglamento (UE) n.º 575/2013.
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,
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
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