+5.1 Principios de la gestión de los riesgos ASG
---+43. A efectos de la integración de los riesgos ASG en el marco de gestión de riesgos de la entidad …
---+44. Las entidades integrarán los riesgos ASG en sus sistemas y procesos regulares de gestión de …
---+45. Las entidades desarrollarán un enfoque sólido y adecuado para gestionar y mitigar los riesgos …
---+46. Las entidades determinarán qué combinación de herramientas de gestión y mitigación de riesgos …
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5.1 Principios de la gestión de los riesgos ASG
5.1 Principios de la gestión de los riesgos ASG
1. Resumen
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Regulación |
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43. A efectos de la integración de los riesgos ASG en el marco de gestión de riesgos de la entidad …
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A efectos de la integración de los riesgos ASG en el marco de gestión de riesgos de la entidad en su conjunto, de conformidad con el apartado 152 de las Directrices de la ABE sobre go-bierno interno, las entidades considerarán el papel de los riesgos ASG como posibles impul-sores de todas las categorías tradicionales de riesgos financieros, incluidos los riesgos de cré-dito, de mercado, operacional (incluidos el de litigio), reputacional, de liquidez, de modelo de negocio y de concentración.
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44. Las entidades integrarán los riesgos ASG en sus sistemas y procesos regulares de gestión de …
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Las entidades integrarán los riesgos ASG en sus sistemas y procesos regulares de gestión de riesgos garantizando la coherencia con sus estrategias globales de negocio y de riesgo, inclui-dos los planes elaborados de conformidad con el artículo 76, apartado 2, de la Directiva 2013/36/UE, tal como se especifica con más detalle en la sección 6. Las entidades se asegu-rarán de contar con un enfoque totalmente integrado en el que los riesgos ASG estén ade-cuadamente captados y se consideren parte de las estrategias y políticas de gestión de riesgos y de los límites de riesgo. Cuando las entidades dispongan de sistemas específicos para los riesgos ASG, se asegurarán de que ello se refleje y se integre en el marco regular de gestión de riesgos.
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45. Las entidades desarrollarán un enfoque sólido y adecuado para gestionar y mitigar los riesgos …
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Las entidades desarrollarán un enfoque sólido y adecuado para gestionar y mitigar los riesgos ASG a corto y medio plazo y en un horizonte a largo plazo de al menos 10 años, teniendo en cuenta los principios detallados en el apartado 19.
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46. Las entidades determinarán qué combinación de herramientas de gestión y mitigación de riesgos …
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Las entidades determinarán qué combinación de herramientas de gestión y mitigación de riesgos contribuirá mejor a estos fines, teniendo en cuenta una serie de herramientas, entre las que se incluyen: - a) la interacción con las contrapartes orientada a conocer mejor el perfil de riesgo de la contraparte y a garantizar la coherencia con el apetito de riesgo y los objetivos estra-tégicos de la entidad, en particular:
- i. determinando el perímetro de las contrapartes con las que se interactúa, te-niendo en cuenta los resultados de la evaluación de materialidad y del pro-ceso de medición del riesgo;
- ii. estableciendo un diálogo con dichas contrapartes para examinar su resisten-cia frente a los riesgos ASG, teniendo en cuenta la legislación sectorial que les afecta y cualquier plan de transición que hayan desarrollado;
- iii. cuando proceda y sea posible, proporcionando información y asesoramiento pertinentes a los clientes sobre la evaluación o mitigación de los riesgos ASG a los que están expuestos; y
- iv. considerando una serie de medidas específicas por contraparte, como el ajuste de la oferta de productos, un acuerdo sobre un plan y medidas correc-toras para apoyar los esfuerzos para la transición y una mayor resistencia de la contraparte, o, como último recurso, el cese de la relación cuando la con-tinuación se considere incompatible con la planificación y el apetito de riesgo de la entidad;
- b) el ajuste de los términos financieros (por ejemplo, incluyendo salvaguardias y medi-das correctoras acordadas contractualmente), las condiciones (por ejemplo, el plazo) y/o la fijación de precios sobre la base de criterios pertinentes en materia de riesgos ASG y de la estrategia de riesgo y la política de capital interno de la entidad;
- c) la consideración de los riesgos ASG a la hora de desarrollar políticas sectoriales y de establecer límites de riesgo globales, regionales y sectoriales, límites de exposición y estrategias de desapalancamiento;
- d) la diversificación de las carteras de préstamos e inversión sobre la base de criterios pertinentes en materia de riesgos ASG, por ejemplo, en términos de sectores econó-micos o zonas geográficas;
- e) otras herramientas de gestión de riesgos que se consideren adecuadas en consonan-cia con el apetito de riesgo de la entidad, como una posible reasignación de la finan-ciación entre sectores y dentro de los mismos hacia exposiciones más resistentes a los riesgos ASG.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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