+6.3 Planificación de la transición
---+94. Las entidades conocerán su sensibilidad a los riesgos ASG, en particular a los riesgos …
---+95. En aras de seguir y abordar los riesgos ambientales específicos que pueden derivarse del …
---+96. La referencia geográfica y el nivel de detalle, por ejemplo en términos de desgloses …
---+97. El rango y la complejidad de los escenarios utilizados por las entidades serán proporcionales a …
---+98. Las entidades se asegurarán de que los escenarios y sendas utilizados como parte de sus planes …
---+99. Las entidades establecerán una serie de horizontes temporales diferentes como parte de sus …
---+100. Las entidades establecerán hitos a intervalos regulares para seguir y abordar los riesgos ASG …
---+101. Las entidades velarán por que los objetivos y metas a corto, medio y largo plazo interactúen y …
---+102. El proceso de planificación de la transición de las entidades tendrá como objetivo gestionar …
---+103. Las entidades utilizarán una serie de métricas, incluidas métricas prospectivas, para …
---+104. A efectos del establecimiento de objetivos, las entidades utilizarán un conjunto de métricas e …
---+105. Cuando falten los datos necesarios para calcular las métricas y respaldar el establecimiento …
---+106. Las entidades pequeñas y no complejas y otras entidades que no sean grandes podrán basarse en …
---+107. Aunque las entidades deberán utilizar al menos una combinación de métricas relacionadas con …

6.3 Planificación de la transición

6.3.1. Escenarios y sendas

1. Resumen

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Título Regulación
94. Las entidades conocerán su sensibilidad a los riesgos ASG, en particular a los riesgos …

Las entidades conocerán su sensibilidad a los riesgos ASG, en particular a los riesgos ambientales físicos y de transición, en diferentes escenarios, incluidos los que implican niveles más altos de riesgo físico o una transición desordenada. Las entidades entenderán cómo los diferentes escenarios pueden afectar a su planificación de la transición.

95. En aras de seguir y abordar los riesgos ambientales específicos que pueden derivarse del …

En aras de seguir y abordar los riesgos ambientales específicos que pueden derivarse del proceso de ajuste hacia los objetivos regulatorios en materia de clima y medioambiente de las jurisdicciones en las que operan, las entidades seleccionarán cuidadosamente los escenarios siguiendo los pasos siguientes:

  • a) evaluar las posibles implicaciones de los objetivos de la UE, de los Estados miembros y, cuando proceda, de terceros países por lo que se refiere a las sendas de transición, al menos para los sectores seleccionados que se determinen sobre la base de la evaluación de materialidad. En este proceso, las entidades tendrán en cuenta las posibles sendas derivadas del Pacto Verde Europeo, la Legislación Europea sobre el Clima y los últimos informes y medidas del Consejo Científico Consultivo Europeo sobre Cambio Climático;
  • b) considerar escenarios actualizados y con base científica procedentes de organizaciones nacionales, de la UE o internacionales, tal como se indica en el apartado 38;
  • c) valorar los objetivos o compromisos voluntarios o regulatorios de la entidad con respecto a la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo.
96. La referencia geográfica y el nivel de detalle, por ejemplo en términos de desgloses …

La referencia geográfica y el nivel de detalle, por ejemplo en términos de desgloses regionales, de los escenarios y sendas utilizados por las entidades serán pertinentes para su modelo de negocio y sus exposiciones.

97. El rango y la complejidad de los escenarios utilizados por las entidades serán proporcionales a …

El rango y la complejidad de los escenarios utilizados por las entidades serán proporcionales a su tamaño y complejidad. Las entidades pequeñas y no complejas y otras entidades que no sean grandes pueden basarse en un conjunto simplificado de parámetros e hipótesis principales, incluidos los riesgos, los horizontes temporales considerados y el desglose regional de los impactos. Las entidades grandes compararán sus planes (incluidos los objetivos finales e intermedios) con un escenario compatible con la limitación del calentamiento global a 1,5 °C en consonancia con el Acuerdo de París y con el objetivo de lograr la neutralidad climática para 2050, tal como establece la Legislación Europea sobre el Clima.

98. Las entidades se asegurarán de que los escenarios y sendas utilizados como parte de sus planes …

Las entidades se asegurarán de que los escenarios y sendas utilizados como parte de sus planes sean coherentes en el conjunto de la organización y en los horizontes temporales considerados, por ejemplo, a la hora de elaborar estrategias de negocio y establecer objetivos a corto, medio y largo plazo. Las entidades documentarán el proceso de selección de escenarios y las razones de cualquier cambio o uso diferente. Las decisiones de utilizar diferentes escenarios para distintos fines, así como las decisiones de modificar los escenarios, habrán de justificarse con claridad. 6.3.2. Horizontes temporales e hitos

99. Las entidades establecerán una serie de horizontes temporales diferentes como parte de sus …

Las entidades establecerán una serie de horizontes temporales diferentes como parte de sus planes, que englobarán horizontes a corto y medio plazo, además de un horizonte de planificación a largo plazo de al menos 10 años. Los sistemas desarrollados para seguir y abordar los riesgos ASG a lo largo de los horizontes temporales tendrán en cuenta los principios descritos en el apartado 19.

100. Las entidades establecerán hitos a intervalos regulares para seguir y abordar los riesgos ASG …

Las entidades establecerán hitos a intervalos regulares para seguir y abordar los riesgos ASG derivados de los objetivos regulatorios a corto, medio y largo plazo de las jurisdicciones en las que operan. Esto engloba los objetivos de la UE de reducir las emisiones de GEI en un 55 % para 2030 en comparación con el nivel de 1990 y lograr cero emisiones netas para 2050, otros objetivos climáticos intermedios fijados por la UE o, en su caso, por la legislación nacional, así como objetivos relacionados con otros factores ambientales como la restauración de la naturaleza19 o la deforestación20 .


19 Reglamento (UE) 2024/1991 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2024, relativo a la restauración de la naturaleza y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2022/869 (DO L, 2024/1991, 29.7.2024).

20 Reglamento (UE) 2023/1115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2023, relativo a la comercialización en el mercado de la Unión y a la exportación desde la Unión de determinadas materias primas y productos asociados a la deforestación y la degradación forestal, y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 995/2010 (DO L 150 de 9.6.2023, p. 20).

101. Las entidades velarán por que los objetivos y metas a corto, medio y largo plazo interactúen y …

Las entidades velarán por que los objetivos y metas a corto, medio y largo plazo interactúen y estén bien articulados. Esto incluye garantizar que los objetivos a largo plazo, como los compromisos para lograr cero emisiones netas de GEI, se traduzcan en estrategias a medio plazo (por ejemplo, políticas sectoriales a medio plazo u objetivos de crecimiento para las líneas de negocio) y que las métricas u objetivos financieros a corto plazo (por ejemplo, indicadores de rentabilidad, coste del riesgo, indicadores clave de rendimiento, indicadores clave de riesgo, límites de riesgo y marcos de fijación de precios) sean coherentes y compatibles con los objetivos a medio y largo plazo.

6.3.3. La evaluación de materialidad como base

102. El proceso de planificación de la transición de las entidades tendrá como objetivo gestionar …

El proceso de planificación de la transición de las entidades tendrá como objetivo gestionar los riesgos ASG materiales, en particular los riesgos ambientales de transición y físicos identificados sobre la base de una evaluación sólida y actualizada periódicamente de la materialidad de los riesgos ASG, realizada de conformidad con la sección 4.1. Las entidades establecerán medidas específicas para seguir y abordar los riesgos ASG materiales derivados de las exposiciones, las carteras y las actividades económicas y capacidades productivas que se financian, que pueden ser especialmente vulnerables al proceso de ajuste de la economía hacia los objetivos jurídicos y regulatorios aplicables en relación con los factores ASG. 6.3.4. Métricas

103. Las entidades utilizarán una serie de métricas, incluidas métricas prospectivas, para …

Las entidades utilizarán una serie de métricas, incluidas métricas prospectivas, para respaldar el establecimiento de objetivos y definir y hacer un seguimiento de la aplicación de sus planes.

104. A efectos del establecimiento de objetivos, las entidades utilizarán un conjunto de métricas e …

A efectos del establecimiento de objetivos, las entidades utilizarán un conjunto de métricas e indicadores, incluidos los del apartado 81. Las entidades determinarán, teniendo en cuenta sus estrategias de negocio y su apetito de riesgo, qué otras métricas y objetivos prospectivos y basados en el riesgo incluirán en sus planes con vistas a seguir y abordar los riesgos ASG. Para ello analizarán, calcularán y usarán métricas para evaluar las implicaciones financieras de la planificación de la transición para el perfil de negocio y de riesgo de las entidades a corto, medio y largo plazo, midiendo también el efecto de la planificación de la transición en el rendimiento financiero, las fuentes de ingresos, la rentabilidad y el nivel de riesgo de las carteras.

105. Cuando falten los datos necesarios para calcular las métricas y respaldar el establecimiento …

Cuando falten los datos necesarios para calcular las métricas y respaldar el establecimiento de objetivos, las entidades seguirán los pasos descritos en los apartados 26, 27 y 29.

106. Las entidades pequeñas y no complejas y otras entidades que no sean grandes podrán basarse en …

Las entidades pequeñas y no complejas y otras entidades que no sean grandes podrán basarse en un abanico más pequeño de indicadores para el uso de métricas y el establecimiento de objetivos, y formular, en mayor medida, objetivos cualitativos.

107. Aunque las entidades deberán utilizar al menos una combinación de métricas relacionadas con …

Aunque las entidades deberán utilizar al menos una combinación de métricas relacionadas con los riesgos climáticos, adoptarán medidas para incluir progresivamente métricas que respalden la evaluación de riesgos y la dirección estratégica en relación con la exposición de las entidades a, y la gestión de, los riesgos ambientales no climáticos, por ejemplo, los riesgos derivados de la degradación de los ecosistemas y la pérdida de biodiversidad y su posible impacto indirecto en los riesgos relacionados con el clima, así como los riesgos sociales y de gobernanza.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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