+CAPÍTULO II AUTORIZACIÓN DE LOS GFIA
---+Artículo 6 Condiciones para el acceso a la actividad de GFIA
------+Artículo 6 1.
------+Artículo 6 2.
------+Artículo 6 3.
------+Artículo 6 4.
------+Artículo 6 5.
------+Artículo 6 6.
------+Artículo 6 7.
------+Artículo 6 8.
---+Artículo 7 Solicitud de autorización
------+Artículo 7 1.
------+Artículo 7 2.
------+Artículo 7 3.
------+Artículo 7 4.
------+Artículo 7 5.
------+Artículo 7 8.
---+Artículo 8 Condiciones de concesión de la autorización
------+Artículo 8 1.
------+Artículo 8 2.
------+Artículo 8 3.
------+Artículo 8 4.
------+Artículo 8 5.
------+Artículo 8 6.
---+Artículo 9 Capital inicial y fondos propios
------+Artículo 9 1.
------+Artículo 9 2.
------+Artículo 9 3.
------+Artículo 9 4.
------+Artículo 9 5.
------+Artículo 9 6.
------+Artículo 9 7.
------+Artículo 9 8.
------+Artículo 9 9.
------+Artículo 9 10.
---+Artículo 10 Modificaciones del ámbito de la autorización
------+Artículo 10 1.
------+Artículo 10 2.
---+Artículo 11 Revocación de la autorización

CAPÍTULO II AUTORIZACIÓN DE LOS GFIA

CAPÍTULO II AUTORIZACIÓN DE LOS GFIA

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 6 Condiciones para el acceso a la actividad de GFIA
Artículo 7 Solicitud de autorización
Artículo 8 Condiciones de concesión de la autorización
Artículo 9 Capital inicial y fondos propios
Artículo 10 Modificaciones del ámbito de la autorización
Artículo 11 Revocación de la autorización

Artículo 11

Revocación de la autorización

Las autoridades competentes del Estado miembro de origen del GFIA podrán revocar la autorización concedida a un GFIA cuando este:

a) 

no haga uso de la autorización en un plazo de doce meses, renuncie a ella expresamente o haya dejado de ejercer la actividad regulada por la presente Directiva durante los seis meses anteriores, a menos que en el correspondiente Estado miembro existan disposiciones que establezcan la caducidad de la autorización en estos supuestos;

b) 

haya obtenido la autorización valiéndose de declaraciones falsas o de cualquier otro medio irregular;

c) 

deje de reunir las condiciones a las que la autorización esté vinculada;

d) 

deje de cumplir las disposiciones de la Directiva 2006/49/CE, en el supuesto de que la autorización se refiera también al servicio de gestión discrecional de carteras mencionado en el artículo 6, apartado 4, letra a), de la presente Directiva;

e) 

haya infringido de manera grave o sistemática las disposiciones adoptadas en cumplimiento de la presente Directiva, o

f) 

se encuentre en alguno de los supuestos en los que el Derecho nacional prevé la retirada de la autorización por aspectos no incluidos en el ámbito de aplicación de la presente Directiva.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito