+N OTIFICACIÓN Y MANTENIMIENTO DE REGISTROS
---+13. A efectos de las obligaciones de notificación previstas en el artículo 33 de la Directiva (UE) …
---+14. Las entidades de crédito y financieras documentarán la decisión de denegar o poner fin a una …

N OTIFICACIÓN Y MANTENIMIENTO DE REGISTROS

N OTIFICACIÓN Y MANTENIMIENTO DE REGISTROS

1. Resumen

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Título Regulación
13. A efectos de las obligaciones de notificación previstas en el artículo 33 de la Directiva (UE) …

A efectos de las obligaciones de notificación previstas en el artículo 33 de la Directiva (UE) 2015/849, las entidades de crédito y financieras establecerán en sus políticas y procedimientos los criterios que se utilizarán para determinar los motivos razonables por los que sospecharían que se están produciendo o se están intentando llevar a cabo actividades de BC/FT.

14. Las entidades de crédito y financieras documentarán la decisión de denegar o poner fin a una …

Las entidades de crédito y financieras documentarán la decisión de denegar o poner fin a una relación de negocios y los motivos para ello, y estarán preparadas para poner esta documenta-ción a disposición de su autoridad competente cuando esta lo solicite.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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