+4.5. Cálculo de la ponderación de riesgo agregada (ARW)
---+26. El SGD asignará la ARW a una entidad adherida «i» sobre la base de la puntuación de riesgo …
---+27. El SGD calculará la ARS sumando todas las puntuaciones de los indicadores individuales de …
---+28. El SGD calculará las IRS a partir de indicadores de riesgo adecuados.
---+(i) Categorías de riesgo e indicadores de riesgo
------+29. El SGD calculará la ARW para una entidad adherida concreta a partir de un conjunto de …
------+30. Dentro de cada categoría de riesgo, el SGD incluirá en el método de cálculo los indicadores …
------+31. Cuando la autoridad competente, en colaboración con la autoridad designada o el SGD, elimine un …
------+32. Los SGD aplicarán la ratio de cobertura de capital o la ratio de capital de nivel 1 ordinario …
---+Tabla 1: indicadores básicos de riesgo
---+Nombre del indicador Fórmula/descripción Signo
---+1. Capital
---+2. Liquidez y financiación
---+3. Calidad de los activos
------+33. Además de los indicadores básicos de riesgo, los SGD podrán definir e incluir indicadores de …
------+34. Si un Estado miembro ha impuesto, a través de la regulación, restricciones a las entidades de …
------+35. El SGD podrá reducir las aportaciones de una entidad adherida que forme parte de un sistema …
------+36. El SGD utilizará indicadores de riesgo que capten un espectro suficientemente amplio de fuentes …
------+37. El SGD alineará la selección de los indicadores de riesgo con las mejores prácticas de gestión …
------+38. El SGD utilizará los valores de los indicadores de riesgo de cada entidad adherida calculados …
------+39. No obstante, el SGD calculará el valor de los indicadores de riesgo a nivel consolidado cuando …
------+40. Cuando una entidad adherida haya quedado exenta del cumplimiento de los requisitos de capital o …
------+41. Para calcular los valores de los indicadores de riesgo para un período determinado, el SGD …
---+4. Modelo de negocio y modelo de gestión
------+42. El SGD asignará ponderaciones a todos los indicadores de riesgo en el método de cálculo de las …
------+43. Al asignar ponderaciones a determinados indicadores de riesgo, el SGD asignará al menos las …
------+44. La suma de las ponderaciones mínimas especificadas en estas Directrices para las categorías de …
------+45. El SGD asignará el 25 % flexible de las ponderaciones distribuyéndolas entre los indicadores de …
------+46. Cuando no se utilice un indicador básico, el SGD asignará al otro indicador básico de la misma …
------+47. Cuando solo haya un indicador básico en una categoría y no se utilice, el SGD lo sustituirá por …
------+48. Para cualquier indicador de riesgo, el SGD le asignará una ponderación y aplicará esa misma …
---+5. Pérdidas potenciales para el SGD
------+49. El SGD asignará a cada valor de un indicador de riesgo una puntuación de riesgo individual …
------+50. Los SGD aplicarán su juicio experto para calibrar los umbrales, pero en cualquier caso …
------+51. En el método de los «intervalos», el SGD definirá un número fijo de intervalos de riesgo para …
------+52. Para cada intervalo de un indicador de riesgo «j», el SGD determinará un límite superior e …
------+53. El SGD fijará el número y los límites de los intervalos para garantizar que haya una …
------+54. El SGD no establecerá un límite superior para el intervalo de riesgo más alto ni un límite …
------+55. Para cada intervalo de un indicador de riesgo, el SGD asignará una IRS correspondiente. El SGD …
------+56. En este método, para cada entidad «I» y para cada indicador de riesgo «j», el SGD calculará una …
------+57. Para cada indicador de riesgo, el SGD calibrará el límite superior « » y el límite inferior « » …
---+(ii) Ponderaciones de los indicadores y las categorías de riesgo
------+58. Cada IRS del indicador de riesgo «j» de una entidad «i» se multiplicará por la ponderación del …
---+(iii) Indicadores de riesgo individuales (IRS)
------+59. Para cada ARS, el SGD asignará una ARW correspondiente fijando los umbrales para la ARW y …
------+60. El SGD asignará la ARW a la ARS de forma que a las entidades adheridas se les pueda asignar la …
------+61. El SGD fijará el umbral superior «α» y el umbral inferior «β» de la ARW para que reflejen las …
------+62. El SGD fijará el umbral superior «α» de la ARW entre el 150 % y el 200 %.
------+63. El SGD fijará el umbral inferior «β» de la ARW entre el 50 % y el 75 %.
------+64. El SGD podrá fijar un rango más amplio siempre que se justifique que el rango limitado al …
------+65. Si el SGD aplica el método de los intervalos, definirá rangos para la ARS de manera que …
------+66. El SGD fijará el número de intervalos «P» en proporción al número y la variedad de las …
------+67. Si el SGD aplica el método de escala variable, asignará a cada ARS una ARW correspondiente …
---+(iv) Agregación de la IRS a la ARS
------+68. En este método, la ARW asociada a la ARS crece exponencialmente, con un límite superior « » y …
------+69. Cuando la distribución 𝛽𝛽 de las ARS de las entidades adheridas de un SGD cubra solo un rango …
------+70. El SGD 𝛿𝛿 fijará los umbrales « » y « » de manera que la ARS de ninguna entidad adherida supere …

4.5. Cálculo de la ponderación de riesgo agregada (ARW)

4.5. Cálculo de la ponderación de riesgo agregada (ARW)

1. Resumen

,
Título Regulación
26. El SGD asignará la ARW a una entidad adherida «i» sobre la base de la puntuación de riesgo …

El SGD asignará la ARW a una entidad adherida «i» sobre la base de la puntuación de riesgo agregada (ARS) de dicha entidad.

27. El SGD calculará la ARS sumando todas las puntuaciones de los indicadores individuales de …

El SGD calculará la ARS sumando todas las puntuaciones de los indicadores individuales de riesgo (IRS) de la entidad adherida, multiplicadas por las ponderaciones correspondientes de cada indicador (IW) para cada IRS.

28. El SGD calculará las IRS a partir de indicadores de riesgo adecuados.

El SGD calculará las IRS a partir de indicadores de riesgo adecuados.

(i) Categorías de riesgo e indicadores de riesgo

Categorías de riesgo

Tabla 1: indicadores básicos de riesgo

Tabla 1: indicadores básicos de riesgo

Nombre del indicador Fórmula/descripción Signo

Nombre del indicador Fórmula/descripción Signo

1. Capital

1.1. Ratio de Ratio de apalancamiento según lo establecido en el (-) Un valor más apalancamiento artículo 429 del Reglamento (UE) n.º 575/2013 elevado indica un

1.2.a Ratio de capitalriesgo más bajo Ratio CET1 tal como se indica en el artículo 92, apartado 2, (-) Un valor más

de nivel 1 ordinario letra a), del Reglamento (UE) n.º 575/2013 elevado indica un (ratio CET1) riesgo más bajo

1.2.b Ratio de (-) Un valor más cobertura de capital o bien elevado indica un (CCR) Ratio CET1 real riesgo más bajo

Ratio CET1 requerido Fondos propios reales Fondos propios requeridos Donde: «fondos propios» se entiende tal como se definen en el artículo 4, apartado 118, del Reglamento (UE) n.º 575/2013. «CET1 requerido» y «fondos propios requeridos» se refieren a los requerimientos totales de CET1 y de fondos propios de una entidad de conformidad con el artículo 92 del Reglamento (UE) n.º 575/2013, el artículo 104, apartado 1, letra a), y el artículo 128, apartado 6, de la
2. Liquidez y financiación

2.1. Ratio de cobertura Ratio de cobertura de liquidez se entiende tal como se (-) Un valor más de liquidez (LCR) define en el artículo 412 del Reglamento (UE) n.º 575/2013 elevado indica un riesgo más bajo

2.2. Ratio de NSFR se entiende tal como se define en el artículo 428 bis - (-) Un valor más financiación estable 428 bis septvicies , del Reglamento (UE) n.º 575/2013 elevado indica un neta (NSFR) riesgo más bajo

3. Calidad de los activos

3.1 Ratio de préstamos Ratio de préstamos dudosos, tal como se especifica en el (+) Un valor más dudosos (ratio de NPL) artículo 11, apartado 2, letra g), inciso ii), del Reglamento elevado indica un de Ejecución (UE) 2021/451 de la Comisión6 riesgo más alto


6 Reglamento de Ejecución (UE) 2021/451 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2020, por el que se establecen normas técnicas de ejecución para la aplicación del Reglamento (UE) n.º 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en relación con la comunicación de información con fines de supervisión por parte de las entidades, y por el que se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 680/2014.

4. Modelo de negocio y modelo de gestión
4.1. Ratio Importe total de la exposición en riesgo (TREA)/activos totalesImporte total de la exposición en riesgo (TREA) Donde: Activos totales «Importe total de la exposición en riesgo» se entiende tal como se define en el artículo 92, apartado 3, del Reglamento (UE) n.º 575/2013. Los SGD podrán utilizar diferentes métodos de calibración para las entidades adheridas que utilicen el método basado en calificaciones internas (IRB) o métodos estándar para calcular los importes de las exposiciones ponderadas por riesgo(+) Un valor más elevado indica un riesgo más alto
4.2 Rentabilidad del activo (RoA)Beneficio neto Los SGD calcularán el RoA Activos como totales una media de al menos dos años para evitar la inclusión de acontecimientos excepcionales y evitar la prociclicidad de las aportaciones.(-)/(+) Por lo general, un valor más elevado indica un riesgo más bajo, pero los valores demasiado elevados también pueden indicar un riesgo alto
5. Pérdidas potenciales para el SGD

5.1. Depósitos (+) Un valor más cubiertos/activos sin elevado indica un cargas Depósitos cubiertos riesgo más alto

Activos sin cargas Donde: los «activos sin cargas» se entienden tal y como se definen en el artículo 411, apartado 5, del Reglamento (UE) n.º 575/2013.

Indicadores de riesgo adicionales

(ii) Ponderaciones de los indicadores y las categorías de riesgo

(ii) Ponderaciones de los indicadores y las categorías de riesgo

(iii) Indicadores de riesgo individuales (IRS)

(iii) Indicadores de riesgo individuales (IRS)

(iv) Agregación de la IRS a la ARS

(iv) Agregación de la IRS a la ARS

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/